II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL. Cuerpo de Letrados del Consejo General del Poder Judicial. (BOE-A-2022-19144)
Acuerdo de 6 de octubre de 2022, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se convoca concurso-oposición para ingreso en el Cuerpo de Letrados del Consejo General del Poder Judicial.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 279

Lunes 21 de noviembre de 2022

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Los anteriores requisitos deberán reunirse en el día en que expire el plazo de
presentación de instancias y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión, en
su caso.
Si en algún momento del proceso selectivo el tribunal tuviera conocimiento de que
algún/a aspirante no cumple uno o varios de los requisitos exigidos por la presente
convocatoria, o de la documentación aportada resultará que su solicitud adolece de
errores o falsedades que imposibiliten su acceso al cuerpo de letrados/as del Consejo
General del Poder Judicial podrá acordar, previa audiencia del/de la interesado/a, su
exclusión.
Segunda. Presentación de solicitudes y documentación.
1. Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán cumplimentar el
modelo oficial de solicitud de admisión a pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo
de Letrados del Consejo General del Poder Judicial, que se facilitará gratuitamente en
Internet, en el punto de acceso general (https://administracion.gob.es/PAG/ips), junto con
la liquidación de la tasa de derechos de examen.
2. La presentación de solicitudes se realizará en el plazo de veinte días hábiles
contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en
el «Boletín Oficial del Estado». La no presentación de ésta en tiempo y forma supondrá
la exclusión de la persona aspirante.
3. La presentación de la solicitud y el pago de la correspondiente tasa se realizará
por cualquiera de los medios siguientes:
a) Preferentemente, por vía electrónica: para ello deberán acceder a la solicitud a
través del punto de acceso general (http://administracion.gob.es/PAG/ips), elegir la
convocatoria de acceso al Cuerpo de Letrados del Consejo General del Poder Judicial,
pulsar la opción «inscribirse» y, a continuación, elegir la opción «realice su inscripción
online», siguiendo las instrucciones que se le indiquen. Para optar por esta vía es
necesario identificarse mediante la plataforma de identificación y firma electrónica cl@ve o
a través del DNI o certificado electrónico (más información para su obtención en
http://www.clave.gob.es/clave_Home/clave.html y en http://www.dnielectronico.es). La
presentación por esta vía permitirá:
La inscripción en línea del modelo oficial.
El pago electrónico de las tasas.
El registro electrónico de la solicitud.
Adjuntar la documentación necesaria para la fase de concurso, en concreto:

i. Documentación acreditativa de todos los méritos valorables: Certificaciones
académicas, libros y artículos publicados, certificaciones acreditativas de la actividad
profesional desempeñada, certificaciones acreditativas de las oposiciones superadas y/o
de los nombramientos y tomas de posesión de los empleos públicos obtenidos, y
certificados de la inscripción en el padrón municipal para acreditar la convivencia con las
personas que cuida, copia del libro de familia, en su caso, certificaciones del Registro
Civil, resoluciones judiciales de nombramiento de tutela o curatela, así como
certificaciones de los servicios sociales que confirmen el cuidado y atención de las
personas que dan lugar a su valoración como mérito según las bases de la convocatoria.
ii. En su caso, las certificaciones que acrediten el derecho a la exención del pago
de la tasa por derechos de examen.
Cuando la solicitud se presente en soporte electrónico, el pago de la tasa de
derechos de examen se realizará a través de la misma plataforma, «Inscripción en
pruebas selectivas del punto de acceso general» (http://administracion.gob.es/PAG/ips),
en los términos previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo, siguiendo las
instrucciones que el sistema va indicando de forma guiada al completar la solicitud. Una
vez completado el trámite, se podrá descargar el justificante de pago y de registro de la

cve: BOE-A-2022-19144
Verificable en https://www.boe.es