III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CONSUMO. Comunidad Autónoma de Cataluña. Convenio. (BOE-A-2022-19122)
Resolución de 11 de noviembre de 2022, de la Secretaría General de Consumo y Juego, por la que se publica el Convenio con el Instituto de Investigación y Tecnología Agroalimentarias, por el que se instrumenta una encomienda de gestión para la colaboración en el marco del asesoramiento científico sobre bienestar animal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 278

Sábado 19 de noviembre de 2022

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entre ellas, así como al Dr. Antonio Velarde como autor de los informes, excepto petición
en contra del IRTA a fin de que les sean respetados sus intereses.
En prueba de su conformidad, firman el presente convenio de encomienda de
gestión, por triplicado, en la fecha y lugar señalados en el encabezamiento.–La Directora
Ejecutiva de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición, Isabel Peña-Rey
Lorenzo.–El Director del Instituto de Investigación y Tecnología Agroalimentarias, Josep
Usall Rodié.
ANEXO
Desglose de las actividades y coste anual previsto para cada una de ellas

Actividades

Descripción trabajo

Estimación

Coste
total (1)

Euros

Apoyo y asesoramiento científico.

Dar respuesta y asesoramiento científico a las consultas enviadas por AESAN
en lo relativo al Reglamento (CE) núm. 1099/2009.

25 h

2.225

Revisión de documentación.

Revisión científica de guías de buenas prácticas y otros documentos relativos al
Reglamento (CE) núm. 1099/2009.

15 h

1.335

Apoyo científico en reuniones con las
Comunidades Autónomas y otros
organismos.

Participación y apoyo en reuniones con CCAA u otros organismos a
requerimiento de la AESAN.

3h

266

10 h

889

15 h

1.335

68 h

6.050

Reuniones de la red científica de puntos Participación como punto de contacto en las reuniones de la red científica de
de contactos nacionales relativo al
puntos de contactos nacionales relativo al Reglamento (CE) núm. 1099/2009
Reglamento (CE) núm. 1099/2009.
organizadas por EFSA.
Punto de contacto.

Interlocución con la red de puntos de contactos nacionales para la formulación
de las preguntas que se envían y la respuesta de las cuestiones que se
reciben.

Total.

cve: BOE-A-2022-19122
Verificable en https://www.boe.es

(1)
Los costes parciales de las actividades podrán incrementarse en función de las necesidades, y con la
debida justificación.

https://www.boe.es

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X