T.C. Sección del Tribunal Constitucional. TRIBUNAL CONSTITUCIONAL. Sentencias. (BOE-A-2022-19077)
Sala Segunda. Sentencia 122/2022, de 10 de octubre de 2022. Recurso de amparo 5923-2020. Promovido por don Abdelmalik Abderrazak Abdeselam respecto de los autos dictados por la Audiencia Provincial de Málaga y un juzgado de primera instancia e instrucción de Estepona decretando prisión provisional. Vulneración del derecho a la tutela judicial sin indefensión en relación con el derecho a no ser sometido a torturas ni tratos inhumanos o degradantes: investigación insuficiente de una denuncia de torturas o tratos inhumanos o degradantes que se dicen padecidos bajo custodia policial (STC 34/2008).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 277

Viernes 18 de noviembre de 2022

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SECCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
19077

Sala Segunda. Sentencia 122/2022, de 10 de octubre de 2022. Recurso de
amparo 5923-2020. Promovido por don Abdelmalik Abderrazak Abdeselam
respecto de los autos dictados por la Audiencia Provincial de Málaga y un
juzgado de primera instancia e instrucción de Estepona decretando prisión
provisional. Vulneración del derecho a la tutela judicial sin indefensión en
relación con el derecho a no ser sometido a torturas ni tratos inhumanos o
degradantes: investigación insuficiente de una denuncia de torturas o tratos
inhumanos o degradantes que se dicen padecidos bajo custodia policial (STC
34/2008).

ECLI:ES:TC:2022:122
La Sala Segunda del Tribunal Constitucional, compuesta por el magistrado don Juan
Antonio Xiol Ríos, presidente; los magistrados don Antonio Narváez Rodríguez, don
Cándido Conde-Pumpido Tourón, don Ramón Sáez Valcárcel y don Enrique Arnaldo
Alcubilla, y la magistrada doña Concepción Espejel Jorquera, ha pronunciado
EN NOMBRE DEL REY
la siguiente
SENTENCIA
En el recurso de amparo núm. 5923-2020, interpuesto por don Abdelmalik
Abderrazak Abdeselam, contra el auto de 21 de septiembre de 2020 del Juzgado de
Primera Instancia e Instrucción núm. 2 de Estepona, en diligencias previas núm.
656-2020, así como frente al auto de 15 de octubre de 2020 de la Sección Novena de la
Audiencia Provincial de Málaga, que desestima el recurso de apelación núm. 623-2020.
Ha comparecido don Hicham Mohamed Laarbi. Ha comparecido y formulado alegaciones
el abogado del Estado. Ha intervenido el Ministerio Fiscal. Ha sido ponente el magistrado
don Enrique Arnaldo Alcubilla.
I.

Antecedentes

2. Los hechos en que se fundamenta la demanda de amparo son, en síntesis, los
que seguidamente se relacionan.
a) El recurrente fue detenido el 6 de septiembre de 2020, junto a otras tres
personas, por agentes de la Guardia Civil, en el curso de una operación contra el tráfico
de droga. Dos días después fue puesto a disposición del Juzgado de Primera Instancia e
Instrucción núm. 3 de Estepona, en funciones de guardia, quien incoó las diligencias
previas núm. 714-2020 y tomó declaración al recurrente, en la que este, tras ser
informado de sus derechos, manifestó entre otros extremos que presentaba lesiones por

cve: BOE-A-2022-19077
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1. Mediante escrito presentado en el registro general de este tribunal el 1 de
diciembre de 2020, la procuradora de los tribunales doña María Bellón Martín, en nombre
y representación de don Abdelmalik Abderrazak Abdeselam, con asistencia del abogado
don Ricardo Álvarez-Ossorio Fernández, formuló demanda de amparo contra las
resoluciones judiciales a las que se ha hecho mención en el encabezamiento de esta
sentencia.