T.C. Sección del Tribunal Constitucional. TRIBUNAL CONSTITUCIONAL. Sentencias. (BOE-A-2022-19079)
Sala Primera. Sentencia 124/2022, de 10 de octubre de 2022. Recurso de amparo 7440-2021. Promovido por doña Sira Esclasans i Cardona en relación con los autos dictados por la Audiencia Provincial y un juzgado de instrucción de Barcelona que acordaron el sobreseimiento provisional y archivo de su querella por un posible delito de lesiones cometido por funcionario público. Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva: investigación insuficiente de las lesiones padecidas por quien cubría, en su calidad de periodista, los enfrentamientos entre manifestaciones y fuerzas del orden (STC 53/2022).
14 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 18 de noviembre de 2022

Sec. TC. Pág. 157661

la recurrente se encontraba debidamente identificada como periodista habiendo recibido
el impacto del referido proyectil en su pierna en el momento en que se encontraba
realizando una foto a los manifestantes. En dicha posición se situaba en ese momento
únicamente una furgoneta de la brigada móvil de los Mossos d’Esquadra (BRIMO)
identificada con núm. E-213, cuyo operativo estaría formado por cinco o seis agentes.
El día 10 de diciembre de 2019, la demandante de amparo interpuso querella en el
juzgado de guardia de Barcelona por la posible comisión de un delito de lesiones
(art. 147 CP) y un delito cometido por funcionario público contra los derechos
individuales (arts. 538 y 542 CP). Dicha querella iba dirigida contra los agentes de la
BRIMO que se encontraban en el interior de la furgoneta identificada con núm. E-213. En
concreto, denunciaba haber sido objeto de una agresión producida mediante el disparo
de un proyectil de foam cuya finalidad era evitar que siguiera ejerciendo su tarea
profesional y cubrir así los acontecimientos que en aquel momento estaban teniendo
lugar.
Como prueba documental se aportaban: (i) una serie de fotografías capturadas por la
propia demandante y por los periodistas don Xavier Ortega Vázquez y don Victor Serrí
momentos antes de la referida agresión; (ii) informes médicos realizados a la
demandante en el centro de atención primaria de la Dreta de l’Eixample y en el Hospital
de la Santa Creu i Sant Pau (Barcelona), ambos de fecha 17 de octubre de 2019. Estos
informes acreditan que presentaba un hematoma de diez por diez centímetros en el
tercio medio de la pierna con dolor importante que aumenta a la flexión; (iii) reportaje
fotográfico sobre las lesiones producidas como consecuencia de los hechos; (iv)
capturas de pantalla de la publicación de Twitter efectuada por la propia demandante el
día de los hechos y en la que manifestaba «[a]nte la Conselleria de interior @mossos ha
disparado balas de foam pese a tener la prensa justo enfrente y acreditada. Una bala ha
rebotado a menos de un palmo de mi pierna izquierda mientras estaba trabajando».
Solicitaba la querellante como diligencias a practicar que: (i) se identificase a los
agentes integrantes del operativo identificado con núm. E-213 y se tomase declaración
como imputado al autor material de los hechos y a su superior jerárquico; (ii) se recibiera
declaración testifical a la propia querellante y al también periodista don Xavier Ortega
Vázquez, testigo presencial de los hechos y que recogió el proyectil de foam después del
impacto; (iii) se oficiase al Departamento de Interior de la Generalitat de Cataluña para
que remitieran informe sobre las escopetas de proyectiles de foam que fueron utilizadas
con ocasión del dispositivo de 16 de octubre de 2019, con indicación del tipo de
municiones por escala y dureza que salieron y regresaron de la armería, así como
remisión del protocolo de uso de las citadas escopetas; (iv) se requiriera a los Mossos
d’Esquadra para que identificaran a los agentes que aparecen en el material fotográfico,
a los agentes que integraban el dispositivo núm. E-213, así como la graduación y función
de los mismos, aportaran las imágenes y grabaciones que pudieron ser efectuadas por
los agentes durante el decurso de los hechos, aportaran datos de la geolocalización de
la furgoneta núm. E-213, e informaran si se ha había practicado una investigación interna
por los hechos relatados en la querella; y (v) se practicara informe médico forense sobre
las lesiones padecidas por la demandante.
b) Incoadas diligencias previas núm. 503-2020 por el Juzgado de Instrucción núm.
25 de Barcelona, fueron practicadas diferentes actuaciones como requerir al médico
forense para que elaborara un informe de sanidad sobre las lesiones padecidas por la
demandante, citar a esta para que ratificara su querella y solicitar a los Mossos
d’Esquadra que elaboraran un informe dirigido al esclarecimiento de los hechos.
Recibido el citado informe, fue dictado por el juzgado de instrucción auto de 31 de marzo
de 2021 declarando el sobreseimiento provisional de las actuaciones. El razonamiento
jurídico único del citado auto tiene el siguiente tenor literal:
«En el curso de la investigación de los hechos, se solicitó informe de Mossos
d’Esquadra para el esclarecimiento de los hechos en el que se relata que en fecha 16 de
octubre de 2019, efectivos de la brigada móvil participaron en un dispositivo de

cve: BOE-A-2022-19079
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 277