II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Cuerpos de funcionarios docentes. (BOE-A-2022-19026)
Resolución de 16 de noviembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convocan procedimientos selectivos extraordinarios de estabilización para el ingreso mediante concurso a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, Profesores de Música y Artes Escénicas y Maestros, para plazas del ámbito de gestión territorial del Ministerio de Educación y Formación Profesional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 277

Viernes 18 de noviembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 157213

La puntuación que se tome en consideración en cada subapartado no podrá exceder
de la puntuación máxima establecida para cada uno de ellos en el baremo, ni de la que
corresponda como máximo al apartado o subapartado en que se hallen incluidos.
Cuando al aplicar estos criterios, alguno de los subapartados alcance la máxima
puntuación otorgada al apartado o subapartado al que pertenezca, no se tomarán en
consideración las puntuaciones del resto de subapartados.
3) De persistir el empate tras la aplicación de los criterios anteriores, se utilizará
como último criterio de desempate la experiencia acreditada por la persona aspirante en
centros públicos en la especialidad por la que participa, expresada en años, meses y
días.
9.3

Listas provisionales de seleccionados.

Aplicados los criterios de desempate, si proceden, se publicarán en la web del
Ministerio
https://www.educacionyfp.gob.es/contenidos/profesorado/no-universitarios/
oposiciones-y-ofertas-trabajo/convocatoria-estabilizacion/estabilizacion-ambito-mefp.html
y en el portal web de las Direcciones Provinciales del departamento en Ceuta y Melilla, la
lista provisional de aspirantes que hayan superado el procedimiento selectivo por cada
cuerpo y especialidad, y resulten seleccionados por haber obtenido un número de orden
igual o inferior al número de plazas convocadas en el cuerpo y especialidad
correspondiente.
En ningún caso se podrá declarar que han superado el procedimiento selectivo un
número superior de aspirantes al de plazas convocadas en el cuerpo y especialidad
correspondiente. Cualquier propuesta de seleccionados que contravenga el hecho
anteriormente establecido será nula de pleno derecho.
Imposibilidad de ingresar por más de una especialidad en el mismo cuerpo.

9.4.1 De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 10 del Real decreto 276/2007,
de 23 de febrero, una vez publicado el listado provisional de aspirantes propuestos para
superar el procedimiento selectivo, si algún aspirante obtuviese plaza provisional en dos
o más especialidades, o, en su caso, idioma, en el mismo cuerpo en una o varias de las
Administraciones educativas citadas en el anexo I de esta resolución, deberá optar, en
plazo de cinco días hábiles, computados a partir de la publicación provisional del listado
de aspirantes seleccionados, por una de esas plazas, presentando escrito de renuncia a
través de la sede electrónica ante la Administración educativa a cuya plaza renuncie.
En el supuesto de que la renuncia lo sea a una plaza obtenida en el ámbito de las
Ciudades autónomas de Ceuta o Melilla, dicha opción deberá efectuarse a través de la
presentación de forma telemática del modelo de escrito que figura como anexo VII-a), a
través del registro electrónico de la Administración General del Estado, http://
administracion.gob.es, y dirigirse a la Dirección Provincial en la que se haya sido
seleccionado provisionalmente en la plaza a la que renuncia.
Si la persona candidata no presentase escrito de renuncia, se entenderá que opta
por la plaza de la especialidad en la que haya obtenido mayor puntuación o, en su
defecto, por aquella especialidad en la que acredite mayor experiencia en centros
educativos públicos como personal funcionario interino, expresada en años, meses y
días.
9.4.2 Asimismo, si algún aspirante que figurase en dicho listado provisional como
adjudicatario de una plaza, resultase también seleccionado en resolución dictada en los
mismos plazos en el concurso excepcional de méritos convocado por una Administración
educativa distinta a las relacionadas en el anexo I, obteniendo en ella plaza en la misma
especialidad o en una especialidad distinta del mismo cuerpo, deberá, en el mismo plazo
indicado en el párrafo anterior, formular opción por una de las plazas obtenidas,
presentando escrito en aquella Administración educativa de las señaladas en el anexo I
en la que ha obtenido plaza, manifestando si renuncia o acepta la plaza obtenida. En el
supuesto de que la renuncia o aceptación lo sea a una plaza obtenida en el ámbito de

cve: BOE-A-2022-19026
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