II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DEL INTERIOR. Cuerpo Nacional de Policía. (BOE-A-2022-19025)
Resolución de 15 de noviembre de 2022, de la Dirección General de la Policía, por la que se convoca oposición libre para cubrir plazas de alumnos/as de la Escuela Nacional de Policía, de la División de Formación y Perfeccionamiento, aspirantes a ingreso en la Escala Básica, categoría de Policía, de la Policía Nacional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 277

Viernes 18 de noviembre de 2022

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expedido por el Ministerio de Justicia. Si la persona aspirante no autorizase
expresamente la consulta de los antecedentes obrantes en el Registro Central de
Penados y no aportase el referido certificado de antecedentes penales, expedido por el
Ministerio de Justicia, el Director General de la Policía, a propuesta de la persona titular
de la División de Formación y Perfeccionamiento, y previa audiencia de la persona
interesada, acordará su baja en el proceso selectivo.
La participación en el proceso selectivo de ingreso incluirá la autorización expresa
para someterse a la realización de las pruebas médicas o análisis mencionados. La
negativa a su realización comportará, previa audiencia de la persona interesada, la
exclusión y pérdida de toda expectativa de ingreso derivada del proceso selectivo en el
que se encontrase incursa.
El alumnado aspirante a ingresar en la Policía Nacional que, en la Escuela Nacional
de Policía o en el módulo de formación práctica en puesto de trabajo, evidencie cualquier
causa de las que figuran en el correspondiente cuadro de exclusiones médicas de la
convocatoria, será sometido a examen médico por un tribunal integrado por tres
personas facultativas médicas, nombradas por la persona titular de la Dirección General
de la Policía. A la vista del dictamen médico que se emita, la persona titular de la
Dirección General de la Policía podrá acordar la separación definitiva de la persona
afectada, en función de la gravedad del defecto físico o enfermedad y perderá todos los
derechos a su nombramiento como personal funcionario de carrera derivados de su
participación en el proceso selectivo.
3.
3.1

Plazo para solicitud de admisión. Liquidación de las tasas de examen

Plazo para solicitud de admisión.

Quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la
presente resolución en el «Boletín Oficial del Estado».
3.2

Liquidación de las tasas de examen.

Los procedimientos de inscripción en el proceso y liquidación de las tasas, se
recogen en el anexo III de la presente convocatoria.
4.

Admisión de aspirantes: Lista de personas admitidas. Subsanación de defectos.
Reclamaciones. Lista definitiva

4.1

Admisión de aspirantes: lista de personas admitidas.

– https://www.policía.es
– https://www.administracion.gob.es
– https://www.interior.gob.es
La lista de personas admitidas contendrá: los datos personales; las sedes de examen
designadas por cada aspirante para la realización de la primera y segunda prueba; el
idioma elegido atendiendo a la base 6.3.
4.2

Subsanación de defectos. Reclamaciones.

Las personas aspirantes excluidas dispondrán de un plazo de diez días hábiles,
contados a partir del siguiente al de la publicación de dicha resolución en el «Boletín

cve: BOE-A-2022-19025
Verificable en https://www.boe.es

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Dirección General de la Policía
publicará, en el «Boletín Oficial del Estado», la resolución por la que se aprueba la lista
de personas admitidas y excluidas del proceso, si bien únicamente incluirá relación de
las personas aspirantes excluidas expresando la causa o causas de exclusión.
La relación de persona aspirantes admitidas y las excluidas se harán públicas en las
siguientes páginas web: