II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DEL INTERIOR. Cuerpo Nacional de Policía. (BOE-A-2022-19025)
Resolución de 15 de noviembre de 2022, de la Dirección General de la Policía, por la que se convoca oposición libre para cubrir plazas de alumnos/as de la Escuela Nacional de Policía, de la División de Formación y Perfeccionamiento, aspirantes a ingreso en la Escala Básica, categoría de Policía, de la Policía Nacional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 277

Viernes 18 de noviembre de 2022

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plazo de presentación de solicitudes de participación en el proceso, anexando la
documentación a través del Portal del Aspirante.
ANEXO IV
Cuadro de exclusiones médicas para ingreso en la Policía Nacional (Real
Decreto 326/2021, de 11 de mayo)
Cuadro médico de exclusiones
A.

Motivos generales de exclusión

1. Procesos que imposibiliten la realización de las pruebas físicas en los plazos
prefijados, teniendo en cuenta las normas y disposiciones relativas a la protección de la
maternidad, que se establezcan de conformidad con lo dispuesto la Ley
Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres y el
Acuerdo de Consejo de Ministros de 9 de diciembre de 2020, por el que se aprueba el III
Plan para la igualdad de género en la Administración General del Estado y en los
Organismos Públicos vinculados o dependientes de ella.
2. Procesos que hagan prever la incapacidad para realizar los períodos de
formación adecuadamente.
3. Procesos en los que se prevea que en el futuro serán un motivo de incapacidad
psicofísica permanente.
4. En la revisión de las calificaciones por resultar «no apto» o «no apta » en
aplicación de alguno de los apartados de exclusión, la evaluación correspondiente
abarcará aquellos del cuadro médico de exclusiones que el órgano médico pericial
considere relevante, no estando limitado por las evaluaciones previas o ajenas al mismo,
siendo determinantes los resultados de exploración y pruebas complementarias
realizadas en el día y hora señalados para dicha prueba.
5. Las patologías que por resultar incompatible con las funciones de la Policía
Nacional, y que conforme a la definición del presente cuadro médico de exclusiones
sean susceptibles de valoración, serán evaluadas de forma individualizada con informe
técnico emitido por la persona asesora médica designada.
B.

Parámetros biológicos.

1. Altura: se establecerá en función de la estatura recogida en el reglamento de
procesos selectivos y formación vigente en el momento de la convocatoria y se medirá
en bipedestación en tallímetro clínico y en dos ocasiones, dando por válido la mejor de
ambas. No se admitirá ningún tipo de cirugía o técnica semejante (prótesis temporales o
permanentes) que supongan una alteración de la altura anatómica.
2. El índice de masa corporal (IMC): no sobrepasará 28 ni será inferior a 18. Se
podrán aceptar IMC superiores a 28 si objetiva y claramente se deben, no a un aumento
de la grasa corporal, sino a un desarrollo muscular marcado, y no presenta patología ni
factores de riesgo sobreañadidos. El cálculo del índice de masa corporal se efectuará
aplicando la siguiente fórmula: IMC = P/T², donde P es el peso de la persona aspirante
desnuda en kilogramos y T la talla en metros.
3. Alteraciones de la tensión arterial: la tensión arterial será eliminatoria a partir
de 140 mm Hg de sistólica y/o 90 de diastólica. La toma se realizará, si fuera necesario,
y para descartar en lo posible el componente emocional o de «bata blanca», una
segunda vez, y tras reposo horizontal de diez minutos.

cve: BOE-A-2022-19025
Verificable en https://www.boe.es

B.1

Parámetros biológicos, enfermedades y causas generales