III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2022-18964)
Resolución de 16 de septiembre de 2022, de la Autoridad Portuaria de Málaga, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Cádiz, para el desarrollo de itinerarios formativos en alternancia del alumnado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 276

Jueves 17 de noviembre de 2022

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c) Mantener contacto con el tutor o la tutora de la Universidad durante el desarrollo
del proyecto formativo y comunicarle cualquier incidencia que pueda surgir en el mismo,
así como hacer entrega de los documentos e informes de seguimiento intermedios que le
sean requeridos y la memoria final.
d) Comunicar al/ a la Director/a o al/la Codirector/a del Trabajo Fin de Máster de la
APM cualquier incidencia que afecte al correcto desarrollo del mismo.
e) Incorporarse a la APM en la fecha acordada, cumplir el horario previsto en el
proyecto formativo y respetar las normas de funcionamiento, seguridad y prevención de
riesgos laborales de la misma y cualquier otra que le sea comunicada por la misma.
f) Desarrollar el proyecto formativo y cumplir con diligencia las actividades
acordadas con la APM conforme a las líneas establecidas en el mismo.
g) Elaborar la memoria final del proyecto formativo y en su caso, del/de los
informe/s intermedio/s, que deberá entregar al tutor o a la tutora académico/académica.
h) Guardar confidencialidad en relación con la información interna de la APM y
guardar secreto profesional sobre sus actividades, durante su estancia y finalizada ésta.
i) Mostrar, en todo momento, una actitud respetuosa hacia la política de la APM,
salvaguardando el buen nombre de la UCA.
j) A aceptar expresamente la cesión de sus datos a la APM con la finalidad
exclusiva de las necesidades derivadas de la ejecución de este Convenio respetando
siempre las normas recogidas en la cláusula decimotercera y, en especial, los principios
de tratamiento establecidos en el artículo 5 del Reglamento (UE) 2016/679 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016.
k) Cualquier otro deber previsto en las normativas vigentes.
En caso de incumplimiento de los deberes previstos en el apartado anterior, el
programa podrá rescindirse anticipadamente. A tal efecto, la UCA o la APM deberán
ponerlo en conocimiento de la Comisión Mixta establecida en el presente convenio, que
deberá resolver sobre la procedencia de la rescisión anticipada del proyecto formativo de
que se trate en el plazo máximo de diez días.
El alumnado podrá ausentarse de la APM para la realización de exámenes
justificándolo con una antelación de tres días ante el tutor o la tutora de la APM. Las
restantes ausencias motivadas por razones académicas o de otra índole deberán ser
puestas en conocimiento de los tutores o las tutoras de la Universidad y de la APM
cuanto antes sea posible, debiendo ser autorizadas, en su caso, por el tutor o la tutora
académico/a de la universidad. De dicha autorización se dará traslado al tutor profesional
para su conocimiento. Tales ausencias no podrán repercutir de ningún modo en la
calificación del alumno.
Décima.

De las obligaciones de la APM y de la UCA.

a) Facilitar al estudiante el uso de los medios materiales existentes en sus
instalaciones, siempre que sean necesarios para el desarrollo de los estudios e
investigaciones a realizar durante las prácticas.
b) Garantizar que dispone de las instalaciones y recursos necesarios para
desarrollar las competencias en el nivel previsto en el programa de formación mediante
itinerarios formativos en alternancia, respetando siempre este límite como número
máximo de estudiantes que puede atender.
c) Facilitar a los tutores académicos, el acceso a los locales donde el estudiante
esté realizando las prácticas.
d) Mantener informados a los tutores académicos del desarrollo del programa y del
grado de cumplimiento del mismo a través de los tutores profesionales.
e) Dar cuenta a la Universidad de Cádiz a través de los cauces establecidos de
cualquier incidencia que se produzca en el desarrollo de las prácticas.

cve: BOE-A-2022-18964
Verificable en https://www.boe.es

En el marco de la formación mediante itinerarios formativos en alternancia que se
articula en este Convenio, la APM se compromete a: