III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2022-18964)
Resolución de 16 de septiembre de 2022, de la Autoridad Portuaria de Málaga, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Cádiz, para el desarrollo de itinerarios formativos en alternancia del alumnado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 276
Jueves 17 de noviembre de 2022
Sec. III. Pág. 156697
Ambas partes se reconocen mutuamente capacidad jurídica suficiente para suscribir
el presente convenio, de acuerdo con las atribuciones que tienen conferidas y, a tal
efecto,
EXPONEN
Primero.
Que la Universidad de Cádiz (en adelante, UCA) es una universidad pública del
Sistema Universitario Andaluz, de posgrado, comprometida con el progreso sostenible
de su entorno, con vocación internacional y de cooperación solidaria, que responde con
calidad, innovación, agilidad y flexibilidad a los retos emergentes de la sociedad en los
diferentes campos de las ciencias, la tecnología, la cultura y las artes.
Segundo.
Que la Autoridad Portuaria de Málaga es un organismo público portuario (art. 24.1
del TRLPEMM). Entre las funciones que le atribuye la ley está la de desarrollar estudios
e investigaciones relacionadas con la actividad portuaria y la protección del medio
ambiente (art. 26.1.n TRLPEMM) y en ejercicio de esas funciones está interesada en
contribuir a la formación de los estudiantes universitarios para facilitar su incorporación al
mercado laboral, considerándose a tal fin APM de las del artículo 2.2 del Real
Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas
externas de los estudiantes universitarios.
Tercero.
Que la UCA oferta formación en alternancia, en otras, Máster Universitario en
Logística y Gestión de Operaciones.
Cuarto.
Ambas partes manifiestan su voluntad de colaborar en el recorrido formativo del
alumnado mediante itinerarios formativos en alternancia que coadyuven, al término del
mismo, a lograr una persona titulada, operativa y capaza de responder a las necesidades
que las empresas del sector portuario y logístico que desarrollan su actividad en el
Puerto de Málaga puedan demandar.
Por tanto, la Universidad de Cádiz y la APM estiman de sumo interés el
establecimiento de líneas de cooperación que, a través de sus respectivos recursos,
pudieran mejorar, entre otras, la cualificación profesional del alumnado universitario
mediante el desarrollo de itinerarios formativos en alternancia.
Además, analizadas las necesidades que requieren estos itinerarios para el
alumnado, ambas partes coinciden en señalar que la APM reúne las condicione que
permiten la correcta implementación de dicha formación, de acuerdo con los criterios
establecidos por el Centro.
No obstante, y pare ello resulta necesario que las partes concreten las condiciones
en que se desarrollará la formación mediante itinerarios formativos en alternancia,
teniendo siempre como fin la formación integral del alumnado.
cve: BOE-A-2022-18964
Verificable en https://www.boe.es
Quinto.
Núm. 276
Jueves 17 de noviembre de 2022
Sec. III. Pág. 156697
Ambas partes se reconocen mutuamente capacidad jurídica suficiente para suscribir
el presente convenio, de acuerdo con las atribuciones que tienen conferidas y, a tal
efecto,
EXPONEN
Primero.
Que la Universidad de Cádiz (en adelante, UCA) es una universidad pública del
Sistema Universitario Andaluz, de posgrado, comprometida con el progreso sostenible
de su entorno, con vocación internacional y de cooperación solidaria, que responde con
calidad, innovación, agilidad y flexibilidad a los retos emergentes de la sociedad en los
diferentes campos de las ciencias, la tecnología, la cultura y las artes.
Segundo.
Que la Autoridad Portuaria de Málaga es un organismo público portuario (art. 24.1
del TRLPEMM). Entre las funciones que le atribuye la ley está la de desarrollar estudios
e investigaciones relacionadas con la actividad portuaria y la protección del medio
ambiente (art. 26.1.n TRLPEMM) y en ejercicio de esas funciones está interesada en
contribuir a la formación de los estudiantes universitarios para facilitar su incorporación al
mercado laboral, considerándose a tal fin APM de las del artículo 2.2 del Real
Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas
externas de los estudiantes universitarios.
Tercero.
Que la UCA oferta formación en alternancia, en otras, Máster Universitario en
Logística y Gestión de Operaciones.
Cuarto.
Ambas partes manifiestan su voluntad de colaborar en el recorrido formativo del
alumnado mediante itinerarios formativos en alternancia que coadyuven, al término del
mismo, a lograr una persona titulada, operativa y capaza de responder a las necesidades
que las empresas del sector portuario y logístico que desarrollan su actividad en el
Puerto de Málaga puedan demandar.
Por tanto, la Universidad de Cádiz y la APM estiman de sumo interés el
establecimiento de líneas de cooperación que, a través de sus respectivos recursos,
pudieran mejorar, entre otras, la cualificación profesional del alumnado universitario
mediante el desarrollo de itinerarios formativos en alternancia.
Además, analizadas las necesidades que requieren estos itinerarios para el
alumnado, ambas partes coinciden en señalar que la APM reúne las condicione que
permiten la correcta implementación de dicha formación, de acuerdo con los criterios
establecidos por el Centro.
No obstante, y pare ello resulta necesario que las partes concreten las condiciones
en que se desarrollará la formación mediante itinerarios formativos en alternancia,
teniendo siempre como fin la formación integral del alumnado.
cve: BOE-A-2022-18964
Verificable en https://www.boe.es
Quinto.