III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2022-18989)
Resolución de 10 de noviembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Ministerio de Educación y Formación Profesional y la Universidad Nacional de Educación a Distancia, como entidad colaboradora para la gestión de ayudas para cursos de formación en línea dirigidos a profesorado extranjero de español que ejerce en el exterior.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 276

Jueves 17 de noviembre de 2022

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que se ha realizado, el número total de horas lectivas y, en el reverso del mismo, un
resumen de los contenidos del curso. En dicho diploma, así como en los programas de
los cursos y en todo tipo de información alusiva a estos, figurará la imagen corporativa
del MEFP y la UNED.
e) Justificar, como entidad colaboradora de la subvención, la realización de las
actividades según se establece en la cláusula octava.
Octava.

Justificación de la entrega a los beneficiarios de la ayuda concedida.

De conformidad con el apartado 1.c) del artículo 15 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre General de Subvenciones, será obligación de la UNED justificar ante el MEFP
la entrega a los beneficiarios de la subvención pública en especie concedida. Dicha
justificación deberá remitirse al MEFP en el plazo máximo de tres meses desde la fecha
de finalización del programa de cursos.
La cuenta justificativa contendrá, con carácter general, la siguiente documentación:
1. Una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones
impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades
académicas realizadas y de los resultados obtenidos.
2. Certificado acreditativo de la participación en los cursos del profesorado que
haya resultado beneficiario.
3. Una memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas,
que contendrá:
a) Una relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad, con
identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y, en su caso,
fecha de pago. En caso de que la subvención se otorgue con arreglo a un presupuesto,
se indicarán las desviaciones acaecidas.
b) Las facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico
mercantil o con eficacia administrativa incorporados en la relación a que se hace
referencia en el párrafo anterior y, en su caso, la documentación acreditativa del pago.
La justificación, en todo caso, deberá ajustarse a lo dispuesto en el artículo 30 de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y a lo dispuesto en el
artículo 72 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el
Reglamento de la Ley General de Subvenciones.
Comprobación y control.

De conformidad con el artículo 15 de la Ley General de Subvenciones, al ser la
UNED un organismo autónomo de la Administración General del Estado, las actuaciones
de comprobación y control respecto de la gestión de la entrega de las ayudas en especie
se llevarán a cabo por los órganos que realizan el control de las actuaciones de dicha
universidad, sin perjuicio de las competencias, en su caso, de los órganos de control
comunitarios y de las del Tribunal de Cuentas. Para ello la UNED aportará cuanta
información le pueda ser requerida con tal fin, debiendo llevar los libros y registros
contables específicos para facilitar la adecuada justificación de la subvención y la
comprobación del cumplimiento de las condiciones establecidas, de conformidad con el
artículo 16.3.j) de la Ley General de Subvenciones.
Décima. Protección de datos.
I. Objeto del tratamiento.
Mediante las presentes cláusulas se habilita a la UNED (en adelante el Encargado),
para tratar por cuenta del MEFP (en adelante el Responsable) los datos de carácter
personal necesarios para prestar el siguiente servicio: proceso de matriculación e

cve: BOE-A-2022-18989
Verificable en https://www.boe.es

Novena.