III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2022-18989)
Resolución de 10 de noviembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Ministerio de Educación y Formación Profesional y la Universidad Nacional de Educación a Distancia, como entidad colaboradora para la gestión de ayudas para cursos de formación en línea dirigidos a profesorado extranjero de español que ejerce en el exterior.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 17 de noviembre de 2022

Sec. III. Pág. 156886

Para participar en los cursos en línea el profesorado deberá disponer de un equipo
informático y conexión a Internet con un ancho de banda que le permita desarrollar las
actividades sincrónicas y asincrónicas previstas para cada curso. Para el primer tipo de
actividades mencionadas, será indispensable disponer también de una cámara web. El
acceso al aula virtual del curso en línea en el que el docente haya sido admitido se
realizará mediante un nombre de usuario y contraseña que la UNED enviará a la cuenta
de correo electrónico facilitada por los participantes en su solicitud.
La unidad responsable por parte de la UNED de la organización, dirección
académica y cumplimiento de objetivos de los cursos será el Vicerrectorado de
Formación Permanente para el Desempeño Profesional y Desarrollo Social, a través de
la Dirección de los cursos y el Departamento de Lengua Española y Lingüística General,
que tendrá como interlocutor válido por parte del MEFP a la Unidad de Acción Educativa
Exterior, dependiente de la Dirección General de Planificación y Gestión Educativa de la
Secretaría de Estado de Educación.
Tras la finalización de los cursos a los que hace referencia el presente convenio, la
UNED expedirá en un plazo máximo de un mes al profesorado que haya participado
satisfactoriamente en, al menos, un 80 % de las actividades programadas, un diploma en
el que se hará constar el título del curso, las fechas en que se ha realizado, el número
total de horas lectivas y, en el reverso del mismo, un resumen de los contenidos del
curso. En dicho diploma, así como en los programas de los cursos y en todo tipo de
información alusiva a estos, figurará la imagen corporativa del MEFP y la UNED.
Sexta. Adjudicación de las ayudas.
Será responsabilidad exclusiva del MEFP la adjudicación de las ayudas a los
beneficiarios, así como todo el control previo de la documentación que deban aportar los
solicitantes de las ayudas para acreditar el cumplimiento de los requisitos exigidos en la
convocatoria.
Una vez que se haga pública la resolución de concesión de las ayudas, el MEFP
facilitará a la UNED, con una antelación mínima de quince días al inicio de cada
actividad, la relación de titulares beneficiarios de las ayudas recogida en la mencionada
resolución, así como aquellos datos personales y de contacto que resulten necesarios
para la organización de los cursos.
El profesorado perceptor de las ayudas deberá facilitar a la UNED la documentación
complementaria que se le solicite para el mejor desarrollo de los cursos.
Séptima. Entrega de la ayuda a los beneficiarios.
Es obligación de la UNED entregar a los beneficiarios la ayuda en especie
concedida, consistente en el desarrollo de los cursos. Para ello la UNED, además de
gestionar y dirigir a través del Departamento de Lengua Española y Lingüística General
la actividad docente y pedagógica, se compromete a:
a) Poner a disposición del programa conjuntamente desarrollado, la infraestructura
y los medios técnicos, materiales y humanos necesarios para el buen funcionamiento de
los cursos.
b) Realizar las labores administrativas necesarias para la matriculación de los
alumnos designados por el MEFP, la confección de las actas y la expedición de los
diplomas y certificados.
c) Poner a disposición del curso la plataforma virtual desde la cual accederán al
entorno virtual del curso gestionado, así como poner a disposición del curso los servicios
de Centro de Atención al Usuario (CAU), en relación a los servicios UNED y
su plataforma.
d) Expedir, en el plazo de un mes, los correspondientes diplomas a aquellos
participantes calificados como Apto que hayan superado, al menos, un 80 % de las
actividades programadas. En el diploma se hará constar el título del curso, las fechas en

cve: BOE-A-2022-18989
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Núm. 276