III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2022-18986)
Resolución de 10 de noviembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio de asistencia jurídica entre la Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado, Hulleras del Norte, SA, S.M.E., y las entidades integradas en el Grupo Hunosa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 276

Jueves 17 de noviembre de 2022

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domicilio social en Oviedo, Avenida de Galicia, 44, y con NIF G33021270, en su
condición de Presidenta; el señor don Jesús Fernández Fernández, en nombre y
representación de la Sociedad Asturiana de Diversificación Minera, SA, S.M.E., sociedad
domiciliada en Ciaño, Langreo, calle Jaime Alberti, núm. 2, y con NIF A33573163, en su
condición de Consejero Delegado y en nombre y representación de la entidad Fundación
Laboral de Minusválidos Santa Bárbara, con NIF G33021270, en su condición de
Patrono y el señor don Antonio Crespo Campillo, actuando en nombre y representación
de Hulleras del Norte, SA, S.M.E., con domicilio social en Oviedo, avda. de Galicia, 44, y
NIF A28185684 y de la entidad Hunosa Empresas, SA, S.M.E., con domicilio social en
Oviedo, avda. de Galicia, 44, y con NIF A74059015, en su condición de Director General
Corporativo y Consejero Delegado, respectivamente.
MANIFIESTAN
Primero.
Que la Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado es el
Centro Directivo que tiene legalmente atribuidas las competencias de asistencia jurídica
al Estado y sus Organismos autónomos y a los Órganos Constitucionales. Para el resto
de entidades y organismos que constituyen el sector público estatal, se prevé legalmente
que la Abogacía General del Estado pueda prestar asistencia jurídica mediante la
oportuna formalización de un convenio.
Segundo.
Que Hulleras del Norte, SA, S.M.E. (en adelante Hunosa), es una sociedad mercantil
estatal de las previstas en el art. 84.1.c) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, que tiene por objeto la extracción y explotación de carbón;
tiene personalidad jurídica propia y plena capacidad pública y privada, que ejerce sus
funciones con autonomía e independencia respecto de las Administraciones Públicas.
Tercero.
Que Hunosa, junto con las entidades integrantes del Grupo Hunosa anteriormente
señaladas, de acuerdo con lo establecido en la Ley 52/1997, de 27 de noviembre, de
Asistencia Jurídica al Estado e Instituciones Públicas y en el Real Decreto 997/2003,
de 25 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Servicio Jurídico del Estado,
tiene actualmente suscrito un Convenio de Asistencia Jurídica, de fecha 8 de septiembre
de 2020, con la Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado.
Cuarto.
Que al objeto de lograr una mayor efectividad y coordinación de la asistencia jurídica
a las entidades del Grupo Hunosa, ambas partes consideran conveniente la designación
por la Abogada General del Estado de uno o más Abogados del Estado en activo que
actúen como coordinadores directos de la asistencia jurídica.

Que el texto del «convenio tipo», de asistencia jurídica ha sido informado por la
Abogacía del Estado en el Ministerio de Justicia.

cve: BOE-A-2022-18986
Verificable en https://www.boe.es

Quinto.