III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Convenios. (BOE-A-2022-18976)
Resolución de 10 de noviembre de 2022, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Entidad Local Autónoma La Bobadilla, para el desarrollo del programa de formación abierta "Aula Mentor".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 17 de noviembre de 2022

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gasto alguno ni para el presupuesto de la Entidad Local Autónoma La Bobadilla ni para
el del Ministerio de Educación y Formación Profesional.
En virtud de este convenio, los firmantes adquieren los siguientes compromisos
económicos:
Por parte de la Entidad Local Autónoma La Bobadilla:
– Formalizar cuando proceda, el ingreso en tesorería de la Entidad Local Autónoma
La Bobadilla de los pagos por matrícula correspondientes al alumnado del Aula Mentor.
La cantidad mínima establecida con la Entidad Local Autónoma La Bobadilla ascenderá
a 48 euros y un máximo de 200.000 euros, ingresados en el presupuesto de la Entidad
Local Autónoma La Bobadilla en las aplicaciones presupuestarias 42093.
– Asumir, cuando proceda, la compensación económica de los tutores recogida en el
acuerdo de colaboración que estos mantienen con el Ministerio de Educación y
Formación Profesional, en concepto de impartición de cursos, realizando la retención en
concepto de IRPF que la normativa tenga establecida. Dicho pago procederá de la
recaudación recibida en concepto de matrícula y se ejecutará en 5 periodos anuales en
base a los informes de gasto emitidos por el Ministerio de Educación y Formación
Profesional. Este cargo será como mínimo de 48 euros y un máximo de 150.000
euros/año, que será imputado al presupuesto de gastos de la Entidad Local Autónoma
La Bobadilla en la aplicación presupuestaria 4910.22207. Si durante un periodo no se
formalizara ningún ingreso en concepto de matriculación, el cargo mínimo será 0 euros.
– Asumir los gastos de mantenimiento del Aula Mentor, que serán como mínimo
de 100 euros y un máximo de 500 euros al año y se imputarán al presupuesto de gastos
de la Entidad Local Autónoma La Bobadilla, derivado de los ingresos de la matrícula.
– Hacerse cargo, cuando proceda y no se cuente con recursos propios para asumir
las tareas de la administración del Aula, del contrato del responsable o administrador del
Aula Mentor de la Entidad Local Autónoma La Bobadilla que implicará una cantidad
mínima de 1.650 euros al año (incluyendo impuestos y seguridad social) y una cantidad
máxima de 24.500 euros/año que se imputará al presupuesto de gasto de personal de la
Entidad Local Autónoma La Bobadilla.
– Hacerse cargo, cuando proceda y no se cuente con recursos propios para las
tareas de información y orientación a la ciudadanía, del contrato del responsable de la
atención en tareas de información y orientación profesional del Aula Mentor de la Entidad
Local Autónoma La Bobadilla que implicará una cantidad mínima de 1.650 euros al año
(incluyendo impuestos y seguridad social) y una cantidad máxima de 24.500 euros/año
que se imputará al presupuesto de gasto de personal de la Entidad Local Autónoma La
Bobadilla.
– Remitir a la Subdirección General de Orientación y Aprendizaje a lo largo de la
Vida la información de Entidad Local Autónoma La Bobadilla necesaria para elaborar la
memoria anual del programa Aula Mentor, una de cuyas dimensiones es la económica.
Por parte del Ministerio de Educación y Formación Profesional a través de la
Subdirección General de Orientación y Aprendizaje a lo largo de la Vida:
– Remitir, cuando proceda, 5 informes económicos anuales a la Entidad Local
Autónoma La Bobadilla indicando el número de alumnado tutorizado en ese periodo,
para que dicha entidad proceda al pago de los costes tutoriales correspondientes.
– En el caso de Aulas Mentor con atención directa a la ciudadanía en tareas de
información y orientación profesional, remitir un informe anual de personas atendidas, de
personas inscritas en los procedimientos de acreditación de competencias profesionales,
así como el tipo de información y orientación requerida, de acuerdo al modelo de informe
normalizado.

cve: BOE-A-2022-18976
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Núm. 276