III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Convenios. (BOE-A-2022-18976)
Resolución de 10 de noviembre de 2022, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Entidad Local Autónoma La Bobadilla, para el desarrollo del programa de formación abierta "Aula Mentor".
7 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 17 de noviembre de 2022
Sec. III. Pág. 156792
otras acciones promovidas por la Entidad Local Autónoma La Bobadilla con objeto de
hacer un uso eficiente de las mismas.
b) Designar, cuando proceda, a un responsable o administrador de Aula Mentor,
que deberá garantizar la funcionalidad del aula, la asistencia al alumnado en las
comunicaciones telemáticas requeridas para la realización de los cursos, así como la
orientación y la información necesarias en apoyo a los procesos de matriculación,
gestión del curso y organización de las pruebas de evaluación presencial. La persona
designada en ningún caso mantendrá vinculación laboral con el Ministerio de Educación
y Formación Profesional.
c) Designar, cuando proceda, a un responsable de la atención de las tareas de
información y orientación profesional de los ciudadanos que así lo requieran. La persona
designada en ningún caso mantendrá vinculación laboral con el Ministerio de Educación
y Formación Profesional.
d) Configurar la oferta informativa, de orientación profesional y formativa del aula
seleccionando los cursos que, recogidos en el catálogo oficial de Aula Mentor
(www.aulamentor.es), den respuesta a las necesidades formativas de la población donde
se ubica el aula y, en su caso, ayuden a configurar itinerarios formativos de mejora
vinculados al procedimiento de acreditación de competencias profesionales.
e) Dar cumplimiento a las tareas de gestión relacionadas con la compensación
económica de los tutores, en los términos previstos en el acuerdo de colaboración que el
Ministerio de Educación y Formación Profesional establece con cada uno de ellos.
Por parte del Ministerio de Educación y Formación Profesional a través de la
Subdirección General de Orientación y Aprendizaje a lo largo de la Vida:
a) Facilitar el acceso de los ciudadanos matriculados en el ámbito territorial de la
Entidad Local Autónoma La Bobadilla los cursos de Aula Mentor, proporcionando
cuentas de acceso y recursos en línea.
b) Facilitar, cuando proceda, la inscripción en el procedimiento de acreditación de
competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral y vías no formales de
formación a través de las Aulas Mentor.
c) Seleccionar y formar a los candidatos a coordinadores y tutores telemáticos a los
que hace referencia la normativa reguladora de Aula Mentor. Esta selección de los
candidatos se realizará conforme a los principios de mérito y capacidad.
d) Formar al administrador del aula en los aspectos específicos de gestión de Aula
Mentor, así como a los responsables de las tareas de información y orientación
profesional, en su caso.
e) Conforme a la tipología de cursos Mentor, certificar el aprendizaje de los
ciudadanos tras la superación de las pruebas de evaluación, que podrán realizarse en el
aula donde el alumno está matriculado.
Ambas Partes podrán dar difusión a este convenio a través de sus canales de
comunicación internos y externos.
Asimismo, las Partes se comprometen a promocionar las iniciativas llevadas a cabo
al amparo de este acuerdo, mostrando de forma visible la colaboración establecida. La
Subdirección General de Orientación y Aprendizaje a lo largo de la Vida incluirá en el
espacio web de Aula Mentor los datos de la Entidad Local Autónoma La Bobadilla
mientras que la Entidad Local Autónoma La Bobadilla identificará en las instalaciones y
en su página web la colaboración establecida con el Ministerio de Educación y
Formación Profesional.
Tercera. Aspectos económicos.
El presente convenio no conlleva traspaso alguno de aportación económica entre las
Partes siguiendo un modelo sostenible de recaudación de la matrícula, no suponiendo
cve: BOE-A-2022-18976
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 276
Jueves 17 de noviembre de 2022
Sec. III. Pág. 156792
otras acciones promovidas por la Entidad Local Autónoma La Bobadilla con objeto de
hacer un uso eficiente de las mismas.
b) Designar, cuando proceda, a un responsable o administrador de Aula Mentor,
que deberá garantizar la funcionalidad del aula, la asistencia al alumnado en las
comunicaciones telemáticas requeridas para la realización de los cursos, así como la
orientación y la información necesarias en apoyo a los procesos de matriculación,
gestión del curso y organización de las pruebas de evaluación presencial. La persona
designada en ningún caso mantendrá vinculación laboral con el Ministerio de Educación
y Formación Profesional.
c) Designar, cuando proceda, a un responsable de la atención de las tareas de
información y orientación profesional de los ciudadanos que así lo requieran. La persona
designada en ningún caso mantendrá vinculación laboral con el Ministerio de Educación
y Formación Profesional.
d) Configurar la oferta informativa, de orientación profesional y formativa del aula
seleccionando los cursos que, recogidos en el catálogo oficial de Aula Mentor
(www.aulamentor.es), den respuesta a las necesidades formativas de la población donde
se ubica el aula y, en su caso, ayuden a configurar itinerarios formativos de mejora
vinculados al procedimiento de acreditación de competencias profesionales.
e) Dar cumplimiento a las tareas de gestión relacionadas con la compensación
económica de los tutores, en los términos previstos en el acuerdo de colaboración que el
Ministerio de Educación y Formación Profesional establece con cada uno de ellos.
Por parte del Ministerio de Educación y Formación Profesional a través de la
Subdirección General de Orientación y Aprendizaje a lo largo de la Vida:
a) Facilitar el acceso de los ciudadanos matriculados en el ámbito territorial de la
Entidad Local Autónoma La Bobadilla los cursos de Aula Mentor, proporcionando
cuentas de acceso y recursos en línea.
b) Facilitar, cuando proceda, la inscripción en el procedimiento de acreditación de
competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral y vías no formales de
formación a través de las Aulas Mentor.
c) Seleccionar y formar a los candidatos a coordinadores y tutores telemáticos a los
que hace referencia la normativa reguladora de Aula Mentor. Esta selección de los
candidatos se realizará conforme a los principios de mérito y capacidad.
d) Formar al administrador del aula en los aspectos específicos de gestión de Aula
Mentor, así como a los responsables de las tareas de información y orientación
profesional, en su caso.
e) Conforme a la tipología de cursos Mentor, certificar el aprendizaje de los
ciudadanos tras la superación de las pruebas de evaluación, que podrán realizarse en el
aula donde el alumno está matriculado.
Ambas Partes podrán dar difusión a este convenio a través de sus canales de
comunicación internos y externos.
Asimismo, las Partes se comprometen a promocionar las iniciativas llevadas a cabo
al amparo de este acuerdo, mostrando de forma visible la colaboración establecida. La
Subdirección General de Orientación y Aprendizaje a lo largo de la Vida incluirá en el
espacio web de Aula Mentor los datos de la Entidad Local Autónoma La Bobadilla
mientras que la Entidad Local Autónoma La Bobadilla identificará en las instalaciones y
en su página web la colaboración establecida con el Ministerio de Educación y
Formación Profesional.
Tercera. Aspectos económicos.
El presente convenio no conlleva traspaso alguno de aportación económica entre las
Partes siguiendo un modelo sostenible de recaudación de la matrícula, no suponiendo
cve: BOE-A-2022-18976
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 276