III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE IGUALDAD. Grupos de trabajo. (BOE-A-2022-18996)
Orden IGD/1101/2022, de 12 de noviembre, por la que se crea el grupo de trabajo Comité Antifraude del Ministerio de Igualdad y del Instituto de las Mujeres, O.A., y se deja sin efectos la Orden IGD/772/2022, de 28 de julio, por la que se crea el grupo de trabajo Comité Antifraude del Ministerio de Igualdad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 276
Jueves 17 de noviembre de 2022
Sec. III. Pág. 156924
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE IGUALDAD
Orden IGD/1101/2022, de 12 de noviembre, por la que se crea el grupo de
trabajo Comité Antifraude del Ministerio de Igualdad y del Instituto de las
Mujeres, O.A., y se deja sin efectos la Orden IGD/772/2022, de 28 de julio,
por la que se crea el grupo de trabajo Comité Antifraude del Ministerio de
Igualdad.
El 21 de julio de 2020, como consecuencia de la crisis económica derivada de la
pandemia de la Covid-19, el Consejo Europeo acordó el instrumento excepcional de
recuperación temporal «Next Generation EU». El Mecanismo para la Recuperación y la
Resiliencia (MRR) constituye el núcleo del Fondo de Recuperación Next Generation.
En el marco del MRR, las instituciones europeas, a través del Consejo de Asuntos
Económicos y Financieros de la Unión Europea (ECOFIN), aprobaron el 13 de julio
de 2021 el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Reino de España
(PRTR). El Plan establece una agenda de más de 200 proyectos de inversión y reformas
estructurales para lograr cuatro objetivos transversales: avanzar hacia una España más
verde, más digital, más cohesionada desde el punto de vista social y territorial, y más
igualitaria.
El artículo 22 del Reglamento (UE) 2021/241, del Parlamento Europeo y el Consejo,
de 12 de febrero de 2021, aplicable a los Estados Miembros como beneficiarios de los
fondos del MRR, establece que «Al ejecutar el Mecanismo, los Estados miembros, en su
condición de beneficiarios o prestatarios de fondos en el marco del Mecanismo,
adoptarán todas las medidas adecuadas para proteger los intereses financieros de la
Unión y para velar por que la utilización de los fondos en relación con las medidas
financiadas por el Mecanismo se ajuste al Derecho aplicable de la Unión y nacional, en
particular en lo que se refiere a la prevención, detección y corrección del fraude, la
corrupción y los conflictos de intereses. A tal efecto, los Estados miembros establecerán
un sistema de control interno eficaz y eficiente y recuperarán los importes abonados
erróneamente o utilizados de modo incorrecto (…)».
Para la correcta ejecución de los fondos procedentes del MRR, se aprobó el Real
Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para
la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia, que establece en su artículo 3 el principio
de prevención eficaz de los conflictos de interés, el fraude y las irregularidades en la
gestión de los proyectos que forman parte del PRTR.
En concordancia con dicho principio, la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre,
por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación
y Resiliencia, exige en su artículo 6 que toda entidad, decisora o ejecutora, que participe
en la ejecución de las medidas del PRTR debe disponer de un «Plan de medidas
antifraude» que le permita garantizar y declarar que, en su respectivo ámbito de
actuación, los fondos correspondientes se han utilizado de conformidad con las normas
aplicables, en particular, en lo que se refiere a la prevención, detección y corrección del
fraude, la corrupción y los conflictos de intereses.
El día 25 de febrero de 2022 se aprobó el Plan de Medidas Antifraude en el ámbito
del Ministerio de Igualdad y el Instituto de las Mujeres, O.A. El Plan prevé la creación de
un grupo de trabajo en el ámbito del Departamento y del organismo autónomo,
denominado Comité Antifraude, cuyo objeto será velar por la aplicación de las medidas
antifraude con las que el Ministerio se ha comprometido en el citado Plan.
En cumplimiento de lo anterior, se dictó la Orden IGD/772/2022, de 28 de julio, por la
que se crea el grupo de trabajo Comité Antifraude del Ministerio de Igualdad, que prevé
cve: BOE-A-2022-18996
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18996
Núm. 276
Jueves 17 de noviembre de 2022
Sec. III. Pág. 156924
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE IGUALDAD
Orden IGD/1101/2022, de 12 de noviembre, por la que se crea el grupo de
trabajo Comité Antifraude del Ministerio de Igualdad y del Instituto de las
Mujeres, O.A., y se deja sin efectos la Orden IGD/772/2022, de 28 de julio,
por la que se crea el grupo de trabajo Comité Antifraude del Ministerio de
Igualdad.
El 21 de julio de 2020, como consecuencia de la crisis económica derivada de la
pandemia de la Covid-19, el Consejo Europeo acordó el instrumento excepcional de
recuperación temporal «Next Generation EU». El Mecanismo para la Recuperación y la
Resiliencia (MRR) constituye el núcleo del Fondo de Recuperación Next Generation.
En el marco del MRR, las instituciones europeas, a través del Consejo de Asuntos
Económicos y Financieros de la Unión Europea (ECOFIN), aprobaron el 13 de julio
de 2021 el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Reino de España
(PRTR). El Plan establece una agenda de más de 200 proyectos de inversión y reformas
estructurales para lograr cuatro objetivos transversales: avanzar hacia una España más
verde, más digital, más cohesionada desde el punto de vista social y territorial, y más
igualitaria.
El artículo 22 del Reglamento (UE) 2021/241, del Parlamento Europeo y el Consejo,
de 12 de febrero de 2021, aplicable a los Estados Miembros como beneficiarios de los
fondos del MRR, establece que «Al ejecutar el Mecanismo, los Estados miembros, en su
condición de beneficiarios o prestatarios de fondos en el marco del Mecanismo,
adoptarán todas las medidas adecuadas para proteger los intereses financieros de la
Unión y para velar por que la utilización de los fondos en relación con las medidas
financiadas por el Mecanismo se ajuste al Derecho aplicable de la Unión y nacional, en
particular en lo que se refiere a la prevención, detección y corrección del fraude, la
corrupción y los conflictos de intereses. A tal efecto, los Estados miembros establecerán
un sistema de control interno eficaz y eficiente y recuperarán los importes abonados
erróneamente o utilizados de modo incorrecto (…)».
Para la correcta ejecución de los fondos procedentes del MRR, se aprobó el Real
Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para
la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia, que establece en su artículo 3 el principio
de prevención eficaz de los conflictos de interés, el fraude y las irregularidades en la
gestión de los proyectos que forman parte del PRTR.
En concordancia con dicho principio, la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre,
por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación
y Resiliencia, exige en su artículo 6 que toda entidad, decisora o ejecutora, que participe
en la ejecución de las medidas del PRTR debe disponer de un «Plan de medidas
antifraude» que le permita garantizar y declarar que, en su respectivo ámbito de
actuación, los fondos correspondientes se han utilizado de conformidad con las normas
aplicables, en particular, en lo que se refiere a la prevención, detección y corrección del
fraude, la corrupción y los conflictos de intereses.
El día 25 de febrero de 2022 se aprobó el Plan de Medidas Antifraude en el ámbito
del Ministerio de Igualdad y el Instituto de las Mujeres, O.A. El Plan prevé la creación de
un grupo de trabajo en el ámbito del Departamento y del organismo autónomo,
denominado Comité Antifraude, cuyo objeto será velar por la aplicación de las medidas
antifraude con las que el Ministerio se ha comprometido en el citado Plan.
En cumplimiento de lo anterior, se dictó la Orden IGD/772/2022, de 28 de julio, por la
que se crea el grupo de trabajo Comité Antifraude del Ministerio de Igualdad, que prevé
cve: BOE-A-2022-18996
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