III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Convenios. (BOE-A-2022-18852)
Resolución de 7 de noviembre de 2022, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad Alfonso X el Sabio, para la realización del Prácticum en los centros educativos dependientes del Ministerio en Ceuta, por los alumnos que cursen los títulos de Grado de Maestro en Educación Infantil, Grado de Maestro en Educación Primaria, del Máster Universitario en Profesorado de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanza de Idiomas, y los matriculados en los estudios para la obtención del Certificado Oficial en Formación Pedagógica y Didáctica para Profesores Técnicos de Formación Profesional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 275

Miércoles 16 de noviembre de 2022

Sec. III. Pág. 156351

En el ámbito de las Administraciones públicas, entidades de Derecho Público y
demás organismos públicos, la realización en los mismos de las prácticas académicas
externas no podrá tener la consideración de mérito para el acceso a la función pública ni
será computada a efectos de antigüedad o reconocimiento de servicios previos.
En relación con las obligaciones contempladas en la disposición adicional quinta
del Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre para la revalorización de las pensiones
públicas y otras medias urgente en materia social, laboral y de empleo, dado que todavía
no se ha producido el desarrollo reglamentario para su efectiva aplicación, ambas partes
se comprometen a firmar una adenda en la que se contemple que la Universidad
asumirá las obligaciones en materia de Seguridad Social necesarias para dar
cumplimiento a la normativa de desarrollo del citado real decreto-ley.
En todo caso, dicha disposición adicional no será de aplicación para los alumnos que
cursen la formación equivalente a la formación pedagógica y didáctica exigida para
quienes no pueden realizar estudios de máster, por no estar estos alumnos
contemplados dentro de los estudios de grado, máster ni de formación profesional de
grado medio o superior.
F. Régimen económico.
La realización de las mencionadas prácticas no supondrá en ningún caso la
percepción de emolumentos por parte de los estudiantes en prácticas, que serán los
responsables de sufragar los gastos de viaje, así como el alojamiento y la manutención
durante el período de las prácticas puesto que no existe bolsa o ayuda al estudio
del Ministerio de Educación y Formación Profesional.
G. Seguro de responsabilidad civil y de accidentes.
El alumno que realice estas prácticas, sea o no mayor de 28 años, deberá poseer un
seguro de accidente y de responsabilidad civil, que correrá a cargo de la Universidad,
durante el periodo de duración de las prácticas, además de comprometerse a suscribir
aquellas pólizas de seguro que fuesen necesarias.
Cualquier eventualidad de enfermedad o accidente que el/la alumno/a pudiere sufrir
durante el tiempo de la práctica, será cubierta por el correspondiente seguro del/la
propio/a alumno/a, seguro escolar, póliza complementaria que haya suscrito la
Universidad o seguro privado, quedando el Ministerio de Educación y Formación
Profesional, libre de cualquier tipo de responsabilidad.
H.

Certificado de delitos de naturaleza sexual.

El estudiante que desee participar en estas prácticas deberá contar con la
certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales, en aplicación de
la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de
modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en su redacción
dada por la Ley Orgánica 8/2015, de 22 de julio, y por la Ley 26/2015, de 28 de julio.
Tercera. Obligaciones de las partes.
Obligaciones de la Universidad.

1. Cumplimentar el anexo al que se refiere la cláusula segunda de este convenio
para cada estudiante en prácticas (según modelo adjunto) donde se consigne la
siguiente información: datos del estudiante, titulación, fecha de incorporación y
finalización de la práctica, entidad donde se realizará la práctica, el calendario y el
horario, así como el nombre del tutor académico y del tutor en el centro de prácticas.
Además, el anexo del estudiante deberá incorporar el proyecto formativo en el que se
harán constar los objetivos educativos y las competencias que debe adquirir el
estudiante, así como las actividades formativas que desarrollará.

cve: BOE-A-2022-18852
Verificable en https://www.boe.es

A.