III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Convenios. (BOE-A-2022-18852)
Resolución de 7 de noviembre de 2022, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad Alfonso X el Sabio, para la realización del Prácticum en los centros educativos dependientes del Ministerio en Ceuta, por los alumnos que cursen los títulos de Grado de Maestro en Educación Infantil, Grado de Maestro en Educación Primaria, del Máster Universitario en Profesorado de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanza de Idiomas, y los matriculados en los estudios para la obtención del Certificado Oficial en Formación Pedagógica y Didáctica para Profesores Técnicos de Formación Profesional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 275

Miércoles 16 de noviembre de 2022

Sec. III. Pág. 156349

de Grado en Educación Infantil y Grado en Educación Primaria, para las ciudades
de Ceuta y Melilla.
B.

Oferta del Ministerio de Educación y Formación Profesional.

El Ministerio de Educación y Formación Profesional a través de la Dirección
Provincial de Ceuta, procederá a la selección y reconocimiento de los centros docentes
de Ceuta y Melilla sostenidos con fondos públicos acreditados como centros de
prácticas, así como de los tutores de docencia directa, de acuerdo con la normativa
anteriormente indicada y podrá ofrecer plazas de prácticas con la periodicidad que se
requiera en dichos centros.
C.

Naturaleza y condiciones de las prácticas.

La naturaleza y condiciones particulares de cada práctica concreta serán
establecidas entre la Universidad y la Dirección Provincial del MEFP en Ceuta a la que
esté adscrito el centro o programa al que el alumno vaya a ir destinado para cada una de
ellas.
Las prácticas ofertadas asegurarán el correcto desarrollo y seguimiento de las
actividades académicas del estudiante, con una duración que establezca el plan de
estudios correspondiente, no superior al cincuenta por ciento de los créditos del curso
académico correspondiente, conforme regulación del Real Decreto 1125/2003, de 5 de
septiembre, por el que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de
calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y validez en todo el
territorio nacional.
La colaboración de este convenio se concretará en un proyecto formativo por
estudiante, que constará en documento anexo, y será firmado por el tutor académico
designado por la Universidad, el estudiante y el tutor designado por el Ministerio
de Educación y Formación Profesional. En este anexo se recogerán las condiciones
particulares de las prácticas (fechas de comienzo y finalización, horario, lugar de
desarrollo y contenido específico de las prácticas), los datos identificativos del estudiante y
el proyecto formativo (objetivo y contenido de las prácticas). Se adjunta modelo en anexo.
Desarrollo de las prácticas.

1. La actividad del estudiante será tutorizada y evaluada simultáneamente por un
tutor del centro o programa donde el alumno realice las prácticas y por un profesor de
la Universidad (en adelante, tutor académico), con el fin de permitir a dicha Universidad
la calificación del período de prácticas y la constatación de la misma en su expediente
académico.
2. El horario, el calendario, la actividad docente y demás condiciones que se
consideren necesarias para la realización de las prácticas serán fijados por la Dirección
Provincial de Ceuta en colaboración con la Universidad. La duración de las prácticas se
corresponderá con el número de horas contempladas en los programas que
la Universidad haya fijado para la realización de dichos estudios teniendo en cuenta la
normativa aplicable a la materia.
3. El estudiante tendrá derecho a los permisos necesarios para asistir a los
exámenes, pruebas de evaluación y otras actividades obligatorias de sus estudios,
comunicándolo previamente y con antelación suficiente al centro donde realice las
prácticas.
4. El estudiante tendrá derecho a disponer de los recursos necesarios para el
acceso de los estudiantes con discapacidad.
5. El Ministerio de Educación y Formación Profesional, a través de la Dirección
Provincial de Ceuta se reserva en todo momento el derecho a excluir de este programa
de cooperación a todo estudiante que no cumpla con los compromisos reflejados en la
cláusula tercera.

cve: BOE-A-2022-18852
Verificable en https://www.boe.es

D.