II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DEL INTERIOR. Cuerpo de Enfermeros de Instituciones Penitenciarias. (BOE-A-2022-18830)
Resolución de 5 de noviembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso general para la provisión de puestos de trabajo en los Servicios Periféricos de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 16 de noviembre de 2022

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fecha de toma de posesión en el último destino definitivo obtenido, salvo en los
supuestos contemplados en el artículo 20.1.f de la Ley 30/1984, de 2 de agosto.
5. Los funcionarios y las funcionarias que hayan accedido a otro cuerpo o escala
por promoción interna o por integración y permanezcan en el puesto de trabajo que
desempeñaban, se les computará el tiempo de servicios prestados en dicho puesto en el
cuerpo o escala de procedencia, a efectos exclusivos de la permanencia de dos años en
destino definitivo para poder concursar.
6. Los funcionarios y las funcionarias en servicio activo que se encuentren
ocupando puestos en adscripción provisional, ya sea por reingreso, cese, remoción o
supresión del puesto que venían ocupando, estarán obligados a participar en este
concurso en el caso de que se convoque dicho puesto, solicitando, al menos el mismo,
de acuerdo con lo establecido en los artículos 62.2 y 72.2 del Real Decreto 364/1995,
de 10 de marzo.
Los funcionarios y las funcionarias sin destino definitivo que habiendo solicitado el
puesto que ocupan provisionalmente no obtengan una de las plazas convocadas, podrán
ser adscritos con carácter provisional a otros puestos vacantes en la misma localidad. En
el caso de que no solicite el puesto que ocupa en adscripción provisional, la Secretaría
General de Instituciones Penitenciarias no estará obligada a asignarle un puesto de
trabajo en la misma localidad si ese puesto fuera adjudicado en este concurso.
7. El personal funcionario en situación administrativa de expectativa de destino y
excedencia forzosa está obligado a concursar, de acuerdo con lo establecido en el
artículo 29, apartados 5 y 6, de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, añadidos por la
Ley 22/1993, de 29 de diciembre.
8. Las personas aspirantes que procedan de la situación administrativa de
suspensión firme de funciones, acompañarán a su solicitud la documentación
acreditativa de haber finalizado el periodo de suspensión.
Tercera. Modelos y plazos de presentación de solicitudes.
1. Las solicitudes se presentarán en el plazo de quince días hábiles contados a
partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín
Oficial del Estado», de forma telemática a través de la intranet corporativa de la
Secretaría General de Instituciones Penitenciarias en el enlace Intranet (SUBD. GRAL
Recursos Humanos / Concursos), siendo imprescindible la validación de la solicitud por
parte de la oficina de Gabinete de Dirección en los Centros Penitenciarios o del Servicio
de Selección y Concursos en los Servicios Centrales de la Secretaría General de
Instituciones Penitenciarias.
Si durante el plazo de presentación de solicitudes se presentara más de una
instancia sólo se atenderá a la presentada en último lugar, quedando anuladas las
anteriores.
Excepcionalmente, si la persona concursante no pudiera acceder a la citada
modalidad telemática, las solicitudes se ajustarán al modelo publicado como anexo II de
esta Resolución, pudiéndose presentar en el mismo plazo señalado, en la Oficina del
Registro y Atención al Ciudadano de la Secretaría General de Instituciones
Penitenciarias, c/ Alcalá, 38-40, 28014 Madrid, o en los registros a que se refiere el
artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, debiendo en este caso, aportar documentación
que acredite la imposibilidad técnica de realizar la presentación de forma telemática a
través de la intranet corporativa de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias.
Si no se aporta dicha justificación, la solicitud presentada en papel no será admitida.
Los anexos a presentar son los siguientes:
Anexo II: solicitud de participación.
Anexo III: certificado de méritos (el personal funcionario destinado en el ámbito de la
Secretaría General de Instituciones Penitenciarias no está obligado a su presentación).

cve: BOE-A-2022-18830
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 275