III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Ayudas. (BOE-A-2022-18854)
Resolución de 10 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios, por la que se aplica el mecanismo de transferencia de fondos entre los distintos programas de apoyo previstos en el Real Decreto 948/2021, de 2 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas estatales destinadas a la ejecución de proyectos de inversión dentro del Plan de impulso de la sostenibilidad y competitividad de la agricultura y la ganadería (III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 275

Miércoles 16 de noviembre de 2022

Sec. III. Pág. 156371

Cuarto.
Publicada la primera convocatoria de ayudas por los órganos gestores de las
comunidades autónomas, la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios
dispone de la información correspondiente al grado de compromiso y ejecución prevista
del crédito transferido, así como de la información de las solicitudes registradas para la
realización de proyectos de inversión conforme a lo establecido en el artículo 34 y los
correspondientes informes de gestión establecidos en el artículo 35 del Real
Decreto 948/2021, de 2 de noviembre.
Quinto.
Con base en esos datos y una vez analizada la información reportada se desprende
que existe una demanda de solicitudes para la ejecución de proyectos de inversión que
difiere en función del programa de apoyo y de la comunidad autónoma que corresponda,
lo que se traduce en la existencia de un superávit de crédito en algunos casos, mientras
que en otros, existe un déficit presupuestario para atender la totalidad de solicitudes
recibidas con el crédito disponible.
Sexto.
El 13 de octubre de 2022 la Conferencia Sectorial de Agricultura y Desarrollo Rural
acordó la distribución territorial a las comunidades autónomas conforme al reparto del
crédito presupuestario previsto en los Presupuestos Generales del Estado para el
año 2022 correspondiente a la línea de «Impulso de la transición ecológica de la
agricultura y la ganadería». 2022 Reparto Inversión C3.I4» dentro del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) cuya asignación a cada comunidad
autónoma se corresponde con las necesidades presupuestarias comunicadas de
acuerdo a las solicitudes recibidas en la correspondiente convocatoria incluyendo el
número de proyectos y el importe de ayuda solicitada.
Séptimo.
Con la finalidad de evitar cualquier riesgo de incumplimiento del objetivo final de las
ayudas a la sostenibilidad y la competitividad de la agricultura y la ganadería, y su
contribución a la mejora del medio ambiente mediante la ejecución de al menos 5.000
proyectos de inversión en explotaciones agrícolas o ganaderas, a través de las
actuaciones previstas en el capítulo II, y a fin de facilitar que los órganos gestores de las
comunidades autónomas puedan atender la totalidad de solicitudes ya presentadas, es
preciso habilitar la transferencia del presupuesto que les haya correspondido a cada
programa de apoyo previsto en el anexo VI del Real Decreto 948/2021, de 2 de
noviembre, y en los sucesivos repartos acordados por la Conferencia Sectorial de
Agricultura y Desarrollo Rural, entre los diferentes programas para garantizar una
correcta ejecución y la eficiencia en la utilización del presupuesto disponible
garantizando el uso de los fondos en su totalidad.

I
Según dispone el artículo 34.1 del Real Decreto 948/2021, de 2 de noviembre, «el
órgano competente para realizar la coordinación y el seguimiento de los programas de
apoyo establecidos en el capítulo II es el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
a través de la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios».

cve: BOE-A-2022-18854
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