I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Subvenciones. (BOE-A-2022-18815)
Real Decreto 957/2022, de 15 de noviembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a salas de exhibición cinematográfica para el desarrollo de su actividad divulgadora de la diversidad cultural.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 275

Miércoles 16 de noviembre de 2022

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c) Hacer constar la financiación pública en la página web de la sala de exhibición
cinematográfica, así como en los materiales que se editen, relativos a las campañas,
actuaciones o espacios subvencionados mediante la inserción de la frase «Con la
financiación del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales/Ministerio de
Cultura y Deporte/Gobierno de España», o bien con la inserción de la frase «Con la
financiación del» seguida del logotipo del ICAA.
d) Presentar la justificación de la subvención, en los términos previstos en el
artículo 14, antes del 31 de marzo de 2023.
Artículo 14.

Justificación.

1. La justificación de las subvenciones se realizará mediante la presentación de la
cuenta justificativa con aportación de informe de auditoría según el artículo 74 del
Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, a través de la sede electrónica
asociada del Ministerio de Cultura y Deporte.
2. El informe deberá ser realizado por auditores inscritos en el registro oficial de
auditores de cuentas conforme a las normas de procedimiento previstas en la legislación
vigente en materia de auditorías, una vez estudiados los registros contables de todas las
salas de cine de la beneficiaria debidamente diligenciados y teniendo en cuenta toda la
documentación contenida en el artículo 7.
3. En el informe constará el nombre del auditor, datos de contacto, firma y fecha.
Deberá contener la descripción del alcance del trabajo realizado, referencia a los
procedimientos efectuados o descripción de los mismos en un anexo. En el caso de que
el alcance del trabajo se realice por muestreo, el porcentaje analizado no podrá ser
inferior al 85 %, sin perjuicio de lo cual se analizará el 100 % de los gastos de personal.
Asimismo, recogerá la conclusión del auditor indicando que los costes subvencionables
de la sala de cine ajustan a lo establecido en este real decreto, y en concreto, que la
suma de subvenciones públicas recibidas no supera el 80 % de dichos gastos
subvencionables.
4. En la realización del informe deberán aplicarse los criterios establecidos en el
artículo 5, con indicación específica de las siguientes cuestiones:
a) El análisis de los conceptos deberá comprender la totalidad de los gastos que
deban ser cubiertos de conformidad con la legislación vigente, comprobando, en
especial:

b) Situación relativa al pago de todas las partidas que componen el coste de la
actividad subvencionada, con indicación expresa de que los costes que se consideran
subvencionables han sido efectivamente pagados por la beneficiaria a los acreedores.
c) Situación relativa a la presentación de la declaración de las facturas ante la
Hacienda Pública, en los casos en que así lo exija su normativa específica.
d) Coincidencias o contradicciones entre las bases declaradas en materia de
tributos y Seguridad Social y las registradas contablemente.
e) Liquidación y pago de tributos devengados durante el tiempo de exhibición de las
películas, detallando el importe bruto de las cantidades derivadas de los contratos sobre
las que no se hubieran practicado retenciones, así como el motivo de tales
circunstancias.
f) Situación relativa a las pólizas de préstamo formalizadas con entidades
financieras o de crédito para la realización de la actividad, con indicación de si los
intereses corresponden al tipo pactado y al periodo de vigencia de la póliza. Asimismo,

cve: BOE-A-2022-18815
Verificable en https://www.boe.es

1.º Contratos mercantiles formalizados por la beneficiaria, así como las facturas
relativas a tales contratos.
2.º Contratos relativos a la adquisición de los derechos que sean necesarios para la
exhibición de las películas, así como las facturas relativas a dichos contratos.