I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Formación profesional. (BOE-A-2022-18813)
Real Decreto 921/2022, de 31 de octubre, por el que se establece el Curso de especialización de Formación Profesional de Grado Superior en Auditoría energética y se fijan los aspectos básicos del currículo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 16 de noviembre de 2022

Sec. I. Pág. 155994

Agraria y Energía y Agua, recogidas en el Catálogo Nacional de Cualificaciones
Profesionales) que comprende las siguientes unidades de competencia:
UC2469_3: coordinar los procesos de una auditoría energética en un edificio o grupo
de edificios, instalaciones u operaciones industriales o comerciales, transporte y servicios
privados o públicos.
UC2470_3: realizar la toma de datos y mediciones de consumos energéticos en un
edificio o grupo de edificios, instalaciones u operaciones industriales o comerciales,
transporte y servicios privados o públicos.
UC2471_3: realizar el análisis de la situación energética del objeto auditado.
UC2472_3: determinar las propuestas de actuación de mejora de la eficiencia
energética, su viabilidad e impacto en la reducción de consumos y emisiones de la
organización.
Artículo 7. Entorno profesional.
1. Las personas que hayan obtenido el certificado que acredita la superación de este
curso de especialización podrán ejercer su actividad en el área de producción dedicada a
la auditoría energética de edificios, instalaciones u operaciones industriales o comerciales,
transporte y servicios.
2. Las ocupaciones y puestos de trabajo más relevantes son los siguientes:
a) Gestores de auditorías energéticas.
b) Auditores energéticos.
c) Técnicos en auditorías energéticas en instalaciones mecánicas, climatización y
calefacción.
d) Técnicos en auditorías energéticas en instalaciones de electricidad y alumbrado.
e) Técnicos en auditorías energéticas en edificios.
f) Técnicos en auditorías energéticas en instalaciones térmicas.
Artículo 8. Prospectiva del curso de especialización en el sector o sectores.
Las administraciones educativas tendrán en cuenta, para la implantación de la oferta,
la valoración de las siguientes consideraciones en su territorio:
a) El sector energético constituye un sector clave de la economía, tanto por su gran
peso en la industria como por su alto valor estratégico, al constituir un elemento
imprescindible para cualquier industria o servicio. Este sector se encuentra en pleno
proceso de transformación para cumplir los compromisos adquiridos en el Acuerdo de
París de 2015 y avanzar hacia una economía climáticamente neutra acorde con la
Agenda 2030 sobre el Desarrollo Sostenible de Naciones Unidas. En este sentido, la
Comisión Europea ha aprobado el Marco de actuación en materia de clima para elevar
los objetivos de reducción de emisiones e incrementar la eficiencia energética y la cuota
de energías renovables. Igualmente, el gobierno de España ha aprobado el Plan
Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC) 2021-2030 y la Estrategia de Transición
Justa, que prevén la movilización de más de 200.000 millones de euros de inversión
privada y pública, así como la generación de entre 250.000 y 364.000 nuevos empleos
de calidad.
b) Este empuje global afecta directamente a las empresas, que están adaptando sus
sistemas hacia criterios medioambientales sostenibles, lo que implica un incremento
constante de las inversiones en eficiencia energética. El sector de las empresas de
servicios energéticos presenta así unas perspectivas muy positivas en campos muy
diversos, como el del alumbrado e iluminación, aplicaciones industriales, climatización,
motores o envolventes térmicos en edificación, entre otros.
c) Por todo ello es fundamental formar a profesionales especializados en auditoría
energética al resultar claves para alcanzar la eficiencia energética en edificios e

cve: BOE-A-2022-18813
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Núm. 275