I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Formación profesional. (BOE-A-2022-18813)
Real Decreto 921/2022, de 31 de octubre, por el que se establece el Curso de especialización de Formación Profesional de Grado Superior en Auditoría energética y se fijan los aspectos básicos del currículo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 275

Miércoles 16 de noviembre de 2022

Sec. I. Pág. 156009

Módulo profesional: Evaluación de la mejora energética de edificios e instalaciones.
Equivalencia en créditos ECTS: 8
Código: 5108.
Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación.
1. Evalúa las medidas de ahorro energético analizando su repercusión potencial en la
mejora de la eficiencia, diversificación energética, reducción de emisiones y viabilidad
técnica.
Criterios de evaluación:
a) Se han definido las posibles medidas de mejora de la eficiencia energética del
objeto asesorado cuantificando su impacto.
b) Se han tenido en cuenta las especificaciones reglamentarias.
c) Se ha calculado el impacto de las medidas de mejora energética planteadas.
d) Se ha definido el potencial energético procedente de fuentes renovables y su
compatibilidad con las necesidades del objeto asesorado.
e) Se han determinado los posibles beneficios y las barreras de las distintas
medidas planteadas.
f)

Se han identificado las rutinas de funcionamiento y la actividad del objeto
asesorado para que las medidas previstas no entren en conflicto con ellas.

g) Se ha calculado el precio de la energía de cada una de las fuentes incluidas
en las medidas de mejora a partir de los datos actuales y de la estimación de
las tendencias futuras.
h) Se ha establecido el factor de emisiones de las fuentes de energía incluidas
en el plan de mejora.

2. Determina la viabilidad económica de las propuestas de mejora aplicando técnicas de
análisis económico para establecer sus repercusiones en los costes energéticos y de
mantenimiento.
Criterios de evaluación:
a)

Se han calculado los ahorros energéticos de las distintas medidas de mejora
previstas a partir del rendimiento energético existente.

b) Se han elaborado presupuestos con los precios de mercado de cada una de
las medidas planteadas.

d) Se ha valorado el impacto económico de las posibles barreras y beneficios
adicionales de cada una de las medidas previstas.
e) Se ha evaluado la viabilidad de las propuestas de mejora procedentes de las
fuentes de energías renovables.
f)

Se ha realizado un informe final con la valoración económica de la inversión,
los ahorros previstos, la posible remuneración por vertido a la red y el periodo
de retorno de la inversión (VAN/TIR).

cve: BOE-A-2022-18813
Verificable en https://www.boe.es

c) Se han establecido los costes de implantación de las medidas planteadas.