III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2022-18792)
Resolución de 21 de octubre de 2022, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación extendida por la registradora de la propiedad de El Puerto de Santa María n.º 2, por la que se rechaza la inscripción de un mandamiento judicial derivado de un procedimiento ordinario.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 274

Martes 15 de noviembre de 2022

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE JUSTICIA
18792

Resolución de 21 de octubre de 2022, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación
extendida por la registradora de la propiedad de El Puerto de Santa María n.º
2, por la que se rechaza la inscripción de un mandamiento judicial derivado
de un procedimiento ordinario.

En el recurso interpuesto por don J. R. G., en nombre y representación de la
sociedad Grupo P.R.A., SA, contra la nota de calificación extendida por la registradora de
la Propiedad de El Puerto de Santa María número 2, doña Mariana Toscano Lería, por la
que rechaza la inscripción de un mandamiento judicial derivado de un procedimiento
ordinario.
Hechos
I

II
Presentada la referida documentación en el Registro de la Propiedad de El Puerto de
Santa María número 2, fue objeto de la siguiente nota de calificación:
«Título:
N.º entrada: 1997/2022 Asiento Diario: 1888/59.
Clase: Judicial. Objeto: resolución judical [sic] de permuta.

cve: BOE-A-2022-18792
Verificable en https://www.boe.es

Por el letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia
número 15 de Sevilla, don J. J. T. G., se expidió mandamiento el día 20 de junio de 2016,
junto a mandamiento de adición de fecha 5 de septiembre de 2019, a fin de que se
llevasen a cabo las inscripciones que se dirán. Del mandamiento, resultaba que en dicho
Juzgado de Primera Instancia se había tramitado el procedimiento número 1488/2011 a
instancia de Grupo P.R.A., SA, contra Galia Grupo Inmobiliario, SA, en cuyos autos se
había dictado la Sentencia del Tribunal Supremo número 570/2015, de 22 de octubre,
confirmatoria de la sentencia de 2 de mayo de 2013 de la Audiencia Provincial de Sevilla,
Sección Octava, que a su vez revocó la sentencia de 14 de diciembre de 2012 del
Juzgado de Primera Instancia.
De la sentencia de la Audiencia Provincial confirmada por el Tribunal Supremo
resultaba que la Audiencia declaraba resuelto el contrato de permuta y condena a la
sociedad Galia Grupo Inmobiliario, SA, a la restitución de la finca registral número 2.283
del Registro de la Propiedad de El Puerto de Santa María número 2 y la cantidad
de 7.500.000 euros. Se ordenaba la cancelación de las inscripciones de dominio de las
fincas registrales número 7.798 y 24.458 del Registro de la Propiedad de Alcalá de
Guadaíra número 2 practicadas a favor de la actora. Se ordenaba la cancelación de la
inscripción de dominio practicada en el Registro de la Propiedad de El Puerto de Santa
María número 2 a favor de la demandada, así como la cancelación de las inscripciones y
anotaciones posteriores que trajeran causa de ella.
Del Registro de la Propiedad de El Puerto de Santa María número 2 resultaba que la
finca 2.283, inscrita a nombre de Galia Grupo Inmobiliario, SA, como consecuencia de la
permuta, lo estaba a la fecha de la calificación a nombre de Vía Gestión de Activos, SA,
por sucesión derivada de un procedimiento de fusión.