III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2022-18784)
Resolución de 20 de octubre de 2022, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad de Madrid n.º 19, por la que se suspende la inmatriculación de dos fincas incluidas en un plan parcial y solicitada por la vía del artículo 205 de la Ley Hipotecaria.
<< 12 << Página 12
Página 13 Pág. 13
-
13 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 274

Martes 15 de noviembre de 2022

Sec. III. Pág. 155784

Por último, no cabe tampoco olvidar que siendo el registrador la autoridad pública
legalmente habilitada para tramitar el procedimiento para detectar y en su caso subsanar
una situación ya consumada de doble inmatriculación entre dos fincas ya inmatriculadas,
(conforme al artículo 209 de la Ley Hipotecaria), no debe sorprender en modo alguno
que el registrador tenga también plena competencia para aplicar el procedimiento del
articulo 199 en combinación con el del artículo 205, como expresamente prevé y permite
el artículo 198, para detectar preventivamente y evitar la consumación de un supuesto de
doble inmatriculación.
En consecuencia, esta Dirección General ha acordado estimar parcialmente el
recurso y revocar parcialmente la nota de calificación de la registradora en los términos
expresados.
Contra esta resolución los legalmente legitimados pueden recurrir mediante demanda
ante el Juzgado de lo Civil de la capital de la Provincia del lugar donde radica el
inmueble en el plazo de dos meses desde su notificación, siendo de aplicación las
normas del juicio verbal, todo ello conforme a lo establecido en los artículos 325 y 328 de
la Ley Hipotecaria.

cve: BOE-A-2022-18784
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 20 de octubre de 2022.–La Directora General de Seguridad Jurídica y Fe
Pública, Sofía Puente Santiago.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X