III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2022-18784)
Resolución de 20 de octubre de 2022, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad de Madrid n.º 19, por la que se suspende la inmatriculación de dos fincas incluidas en un plan parcial y solicitada por la vía del artículo 205 de la Ley Hipotecaria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 274

Martes 15 de noviembre de 2022

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE JUSTICIA
18784

Resolución de 20 de octubre de 2022, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación
de la registradora de la propiedad de Madrid n.º 19, por la que se suspende la
inmatriculación de dos fincas incluidas en un plan parcial y solicitada por la
vía del artículo 205 de la Ley Hipotecaria.

En el recurso interpuesto por don F. J. V. C., en nombre y representación de la
sociedad «Gespatrimonial y Desarrollo, S.L.», contra la nota de calificación de la
registradora de la Propiedad de Madrid número 19, doña María Belén Andújar Arias, por
la que se suspende la inmatriculación de dos fincas incluidas en un determinado plan
parcial y solicitada por la vía del artículo 205 de la Ley Hipotecaria.
Hechos
I
Mediante instancia suscrita en Madrid el día 7 de junio de 2022 por don F. J. V. C., en
nombre y representación de la sociedad «Gespatrimonial y Desarrollo, S.L.», se
expresaba que dicha sociedad era dueña de las parcelas catastrales 144 y 114 del
polígono 13 y se solicitaba su inmatriculación, aportando las escrituras públicas de
compraventa y de la previa adquisición del transmitente.
En dicha instancia, se hacía constar que la representación gráfica de las fincas es la
que resultaba del Catastro; que ambas fincas se encontraban incluidas dentro el
UZP 3.01 (…) y que en dicho plan parcial se observaba que a la parcela 114 del
polígono 13 se le asignaba la finca registral número 43.971 del Registro de la Propiedad
de Madrid número 19. Y, «en caso de dudas de la identidad de las fincas con otras
inscritas, se solicita expresamente el procedimiento del art. 199 de la Ley Hipotecaria
para disipar dichas dudas».
II
Presentada dicha documentación en el Registro de la Propiedad de Madrid
número 19, fue objeto de la siguiente nota de calificación:
Hechos y fundamentos de Derecho:

Con fecha ocho de junio de dos mil veintidós, asiento 547 del diario 115, ha sido
presentada en esta Oficina instancia suscrita en Madrid, el 7 de junio de 2022 por la
sociedad Gespatrimonial y Desarrollo S.L., en la que expresa que dicha sociedad es
dueña de las parcelas catastrales 144 y 114 del Polígono 13, sitas en (…),
respectivamente, por título de compra a la sociedad Antiguas Posesiones S.L. en virtud
de escritura otorgada en Madrid, el 16 de marzo de 2006, ante el Notario de Bilbao don
Patricio Monzón Moreno, como sustituto de su compañero don José Carlos Sánchez
González, número 687 de su protocolo, primera copia de la cual se acompaña, en unión
de testimonio del título previo de adquisición por parte de la sociedad Antiguas
Posesiones S.L., escritura otorgada en Madrid, el 18 de mayo de 2004, ante el Notario
don José María Regidor Cano, número 2063 de protocolo, así como de certificaciones
catastrales descriptivas y gráficas de ambas parcelas. En dicha instancia se solicita la
inmatriculación de dichas fincas, haciendo constar que la representación gráfica de las
mismas es la que resulta del Catastro; que ambas fincas se encuentran incluidas dentro

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