III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2022-18786)
Resolución de 20 de octubre de 2022, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación extendida por la registradora de la propiedad de Inca n.º 1, por la que se deniega la extensión de un asiento de presentación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 274

Martes 15 de noviembre de 2022

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE JUSTICIA
18786

Resolución de 20 de octubre de 2022, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación
extendida por la registradora de la propiedad de Inca n.º 1, por la que se
deniega la extensión de un asiento de presentación.

En el recurso interpuesto por don R. G. G., abogado, administrador único de la
entidad Egest Consultores, SL, contra la nota de calificación extendida por la
registradora de la Propiedad de Inca número 1, doña Margarita María Grau Sancho, por
la que se deniega la extensión de un asiento de presentación.
Hechos
I
El día 5 de julio de 2022 se efectuaron por la entidad Egest Consultores, SL, nueve
solicitudes de publicidad formal a través de la Sede Electrónica del Colegio de
Registradores, Estas solicitudes se efectuaron a través la sede electrónica alojada en
https://sede.registradores.org/site/home.
II
Presentada dicha solicitud en el Registro de la Propiedad de Inca número 1, éste
comunicó a través de la propia Sede Electrónica lo siguiente:
«Notificación no expedición asiento
Denegada la práctica del asiento de presentación del escrito recibido en fecha de
hoy, por vía telemática, al tratarse de un documento no inscribible:
Hora Presentación: 11:14
Fecha Documento: 05-07-2022.»
III
Contra la anterior nota de calificación, don R. G. G., abogado, administrador único de
la entidad Egest Consultores, SL, interpuso recurso el día 27 de julio de 2022 mediante
escrito en los siguientes términos:

Primero. Que Egest Consultores SL. Actuando dentro de su objeto social, solicita
de forma habitual y casi con periodicidad diaria peticiones de notas simples al Registro
de la Propiedad número 1 de Inca.
Normalmente y sin incidencias estas solicitudes se efectuaron siempre a través de
correo electrónico debidamente identificados mediante certificado expedido por la FNMT.
Segundo. Nunca se produjeron incidencias hasta que por parte del personal de la
oficina del Registro se nos comunicó (durante la última semana del mes de junio) que el
correo electrónico no estaba permitido como medio para solicitar publicidad formal de
acuerdo con el contenido de la Resolución de esta Dirección General de 23 de mayo
de 2022.

cve: BOE-A-2022-18786
Verificable en https://www.boe.es

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