III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2022-18800)
Resolución de 10 de noviembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo entre el Ministerio de Defensa y el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, sobre el mantenimiento y explotación del Buque Escuela y de Cooperación Pesquera «Intermares».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 274

Martes 15 de noviembre de 2022

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por la Comisión para la Reforma de las Administraciones Públicas (CORA) ante el
Consejo de Ministros el 21 de junio de 2013. Ello implica la afectación concurrente del
citado buque, para lo cual se debe establecer este acuerdo, que regula el régimen de
uso del buque y que contempla la administración y conservación del mismo, conforme a
lo dispuesto en el artículo 129 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de
las Administraciones Públicas.
Séptimo.
Que a los efectos del presente acuerdo, se entenderán por días de explotación los
días de navegación o fuera de la base de estacionamiento como consecuencia de la
actividad de buque.
Conforme a lo expuesto, ambas partes, al amparo de las atribuciones que les
confieren sus respectivas normas de funcionamiento, proceden a suscribir el presente
acuerdo con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto.

El presente acuerdo tiene por objeto establecer, en desarrollo de la Orden del
Ministro de Hacienda y Función Pública por la que se acuerda la afectación concurrente
al Ministerio de Defensa y al Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio
Ambiente del Buque Escuela de Cooperación Pesquera «Intermares», de 18 de mayo
de 2018, las competencias del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) y
del Ministerio de Defensa (MINISDEF) en la conservación, defensa y administración,
estableciendo la distribución de los gastos de conservación y mantenimiento y la
custodia y defensa del buque, así como fijar de forma pactada las actividades anuales
que vaya a desarrollar el buque en función de las necesidades y compromisos de ambos
ministerios elaborando al efecto un Plan Anual de Actividades.
A tal efecto, el Buque Escuela de Cooperación Pesquera (BECP) «Intermares» fue
puesto a disposición de la Armada el 23 de julio de 2018, en condiciones de hacerse a la
mar con seguridad, con sus equipos, pertrechos e instalaciones en buen estado y en
condiciones de cumplir con los objetivos de formación, sin perjuicio de aquellas obras de
carácter menor que la Armada considerase necesarias para adecuarlo a su utilización
militar.
Segunda.
1.

Aportaciones de las partes.

Obligaciones específicas del MINISDEF, a través de la Armada.

a) Dotar al buque del personal necesario y sufragar los gastos de alimentación,
vestuario, haberes y otros que correspondan al personal de la dotación.
b) Sufragar los costes de la explotación del buque relativos a la actividad militar,
conforme a los conceptos establecidos en el «anexo».
c) Sufragar los costes de sostenimiento y las actividades asociadas a este, al 50%
independientemente de los días de explotación que correspondan a la Armada. A tal
efecto, el sostenimiento comprenderá aquellas actividades relacionadas con Apoyo
Logístico-Aprovisionamiento, Apoyo Logístico-Mantenimiento, Gastos de Modernización,
actualización, obsolescencia y otros.
No obstante lo anterior, si alguna de las partes utiliza el buque más de un 60% de los
días de explotación, durante tres ejercicios consecutivos, el cuarto ejercicio se revisará el
porcentaje del 50% para ajustarlo al promedio de esos tres ejercicios.

cve: BOE-A-2022-18800
Verificable en https://www.boe.es

Con la suscripción del presente acuerdo, la Armada se compromete a: