III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Contabilidad pública. (BOE-A-2022-18793)
Resolución de 10 de noviembre de 2022, conjunta de la Intervención General de la Administración del Estado y de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se acuerda la anulación y baja en contabilidad de todas aquellas liquidaciones correspondientes a recursos de derecho público de la hacienda pública estatal recaudados por la Agencia Estatal de Administración Tributaria de las que resulte una deuda pendiente de recaudar por importe inferior a tres euros.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 274

Martes 15 de noviembre de 2022

Sec. III. Pág. 155850

Administración del Estado mediante los ficheros de información que se remiten
quincenalmente con el detalle de movimientos de deudas. La Intervención General de la
Administración del Estado, anulará en el Sistema de Información Contable las
liquidaciones correspondientes a dichas certificaciones.
Tercero. Anulación y baja de deudas de liquidaciones practicadas por Organismos
Autónomos cuya gestión recaudatoria en período ejecutivo corresponda a la Agencia
Tributaria.
Se anularán y darán de baja todas aquellas liquidaciones practicadas por
Organismos Autónomos de la Administración General del Estado cuya gestión
recaudatoria en período ejecutivo corresponda a la Agencia Tributaria de las que resulte
una deuda pendiente de recaudar en período ejecutivo inferior a tres euros a 1 de junio
de 2022. En estos supuestos, el Departamento de Informática de la Agencia Tributaria
ejecutará el proceso informático que permita la baja en cuentas de las referidas
liquidaciones. La relación de deudas anuladas por este motivo será comunicada al
organismo autónomo correspondiente mediante los ficheros de información que se
remiten mensualmente con el detalle de movimientos de deudas. El organismo
autónomo correspondiente anulará las liquidaciones correspondientes a dichas
certificaciones.
Disposición final.

Entrada en vigor.

La presente resolución será de aplicación a los quince días siguientes al de su
publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

cve: BOE-A-2022-18793
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 10 de noviembre de 2022.–La Directora General de la Agencia Tributaria,
Soledad Fernández Doctor.–El Interventor General de la Administración del Estado,
Pablo Arellano Pardo.

https://www.boe.es

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X