II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2022-18657)
Resolución de 3 de noviembre de 2022, de la Universidad de Salamanca, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, por el sistema general de acceso libre, de plazas de personal laboral, en el marco de estabilización de empleo temporal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 14 de noviembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 155193

5.2 En todo caso, tanto la Resolución como las mencionadas listas certificadas
completas de aspirantes admitidos y excluidos, se publicarán en el tablón de anuncios de
la sede electrónica de la Universidad.
5.3 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados
a partir del siguiente al de la publicación de la resolución mencionada en la base 5.1 en
el Boletín Oficial de Castilla y León, para poder subsanar el defecto que haya motivado la
exclusión o su omisión de las relaciones de admitidos y excluidos. Los aspirantes que,
dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o la omisión, justificando su derecho
a ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos del
correspondiente procedimiento de provisión. En todo caso, al objeto de evitar errores y,
en el supuesto de producirse, de posibilitar su subsanación en tiempo y forma, los
aspirantes deberán comprobar fehacientemente no sólo que no figuran recogidos en la
relación de excluidos sino, además, que sus nombres figuran en la pertinente relación de
admitidos.
Contra la Resolución que eleve a definitivas las listas de admitidos y excluidos, de
conformidad con el art. 124 de la 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, los aspirantes excluidos u omitidos podrán presentar
recurso de reposición ante el Sr. Rector Magfco. en el plazo de un mes contado desde el
día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León y potestativamente,
podrán formular en el plazo de dos meses a contar desde su notificación y ante los
juzgados de lo Contencioso Administrativo de Salamanca, recurso contencioso
administrativo, en virtud de lo dispuesto en el art. 46 de la Ley Jurisdiccional 29/1998 de
lo Contencioso Administrativo. El abono de la tasa fuera del plazo de presentación de la
solicitud no será en ningún caso, causa de subsanación, en consonancia con las
bases 4.1 y 4.2 de la convocatoria.
6.

Procedimiento de selección

6.1 El procedimiento de selección de los aspirantes será el concurso. Los criterios
para la valoración de méritos figuran como Anexo II de la presente Resolución.
6.2 Para que el Tribunal en esta fase valore los méritos establecidos en el
mencionado Anexo II, será requisito necesario e imprescindible que los aspirantes
aleguen, mediante el Anexo V de esta convocatoria, la relación de cada uno de ellos, y
que aporten junto con éste la justificación documental de todos y cada uno de estos
méritos a excepción de aquellos documentos que avalen la relación de servicios
mantenida con la Universidad de Salamanca. El tribunal tomará para su cómputo como
fecha límite el día de la publicación de la presente convocatoria en el BOE.
El resto de los méritos alegados por aquellos aspirantes que no presenten los
documentos acreditativos correspondientes, no podrán ser objeto de valoración alguna.
6.3 La posesión de los méritos alegados se justificará con aquellos documentos
que estén establecidos oficialmente a tal fin (certificaciones, títulos, diplomas, etc.). En el
caso del desempeño de puestos de trabajo con tareas similares a las de los puestos
solicitados, cuando estos puestos de trabajo hayan sido desempeñados en otras
administraciones públicas, este tiempo se acreditará mediante Certificación de la Unidad
de Personal de la Administración correspondiente, en el que se acreditarán los extremos
referentes a fecha de inicio y fin de cada uno de los contratos, así como las categorías
áreas y especialidades, en su caso, desempeñadas.
Las titulaciones académicas deberán acreditarse, en todo caso, mediante fotocopia
compulsada del título/diploma.
7.

Tribunal Calificador

7.1 El Tribunal Calificador de este proceso de provisión, estará formado por los
miembros que figuran en el Anexo III de estas bases y los mismos son nombrados por el
Rector.

cve: BOE-A-2022-18657
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 273