II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2022-18656)
Resolución de 3 de noviembre de 2022, de la Universidad de Salamanca, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala Auxiliar Administrativa, en el marco de estabilización de empleo temporal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 14 de noviembre de 2022
4.

Sec. II.B. Pág. 155178

Admisión de aspirantes

4.1 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad
dictará Resolución en virtud de la cual se declararán aprobadas las listas provisionales
de aspirantes admitidos y excluidos al proceso selectivo. En esta Resolución, que será
publicada en el «Boletín Oficial de Castilla y León», figurarán los aspirantes excluidos
(apellidos, nombre y DNI anonimizado o número de identificación del documento
equivalente anonimizado) con indicación expresa de la causa de exclusión, así como los
centros donde estarán expuestas las listas completas de aspirantes admitidos y
excluidos. En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto de producirse, de
posibilitar su subsanación en tiempo y forma, los aspirantes deberán comprobar no sólo
que no figuran recogidos en la relación de excluidos sino, además, que sus nombres
figuran correctamente en la relación de admitidos.
4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados
a partir del siguiente al de la publicación de la resolución mencionada en la base 4.1 en
el «Boletín Oficial de Castilla y León», para poder subsanar el defecto que haya
motivado la exclusión o su omisión de las relaciones de admitidos y excluidos. Los
aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o aleguen la
omisión, justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán
definitivamente excluidos del proceso selectivo.
El abono de la tasa fuera del plazo de presentación de la solicitud no será, en ningún
caso, causa de subsanación.
La resolución que eleve a definitivas las listas de admitidos y excluidos pondrá fin a
la vía administrativa y, consiguientemente, los aspirantes definitivamente excluidos
podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo de Salamanca en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a
la publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León» de la citada Resolución.
Potestativamente, podrá interponerse recurso de reposición ante el Rectorado de la
Universidad de Salamanca, en el plazo de un mes desde el día siguiente a la publicación
de la presente resolución, en este caso, no podrá interponerse el recurso contenciosoadministrativo, antes mencionado, hasta que sea resuelto expresamente, o se haya
producido la desestimación presunta del de reposición.
5.

Procedimiento de Selección

5.1 El procedimiento de selección de los aspirantes será el de concurso. Los
criterios para la valoración de méritos figuran como Anexo I de la presente Resolución.
5.2 Para la valoración de los méritos alegados, el Tribunal tomará para su cómputo
como fecha límite la fecha de publicación de esta convocatoria en el BOE.
6.

Tribunales Calificadores

6.1 El tribunal calificador de las presentes pruebas selectivas estará formado por
los miembros que figuran en el Anexo III de estas bases que son nombrados en virtud de
lo dispuesto en el artículo 168 de los Estatutos de la Universidad de Salamanca y su
Reglamento de desarrollo, aprobado por el Consejo de Gobierno, de 25 de abril de 2013
(BOCYL de 31 de mayo de 2013), con sujeción a lo dispuesto en el Art. 60 del EBEP. La
pertenencia a los tribunales será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta,
en representación o por cuenta de nadie.
6.2 En caso de empate, el voto del Presidente tendrá carácter dirimente. El Sr.
Rector Magnífico, a propuesta del tribunal efectuada por su Presidente, podrá designar,
en su caso, asesores especialistas. Dichos asesores se limitarán a informar respecto de
las pruebas y méritos relativos a su especialidad. Igualmente, y cuando así lo aconsejen
las circunstancias del proceso selectivo, podrá ser nombrado personal colaborador para
el desarrollo de las pruebas que actuará bajo la dirección del tribunal calificador.

cve: BOE-A-2022-18656
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Núm. 273