II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2022-18655)
Resolución de 2 de noviembre de 2022, de la Universidad de Valladolid, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, por el sistema general de acceso libre, de plazas de personal laboral fijo, Grupo III.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 273

Lunes 14 de noviembre de 2022
a)

Sec. II.B. Pág. 155154

Experiencia profesional:

Para los servicios prestados en la Universidad de Valladolid en puestos de trabajo
iguales o similares a los correspondientes a las plazas convocadas, será suficiente
alegar esta circunstancia en el anexo IV, no siendo necesario presentar justificación
documental. Igualmente, bastará con alegar en el anexo IV el mérito de antigüedad en
cualquiera de las categorías pertenecientes al Convenio Colectivo, como experiencia
profesional en la Universidad de Valladolid.
En el caso del desempeño de puestos de trabajo similares a los correspondientes de
las plazas convocadas, cuando estos puestos de trabajo hayan sido desempeñados en
otras administraciones públicas de las comprendidas dentro del artículo 2.1 del TREBEP,
este tiempo se acreditará mediante Certificación de la Unidad de Personal
correspondiente, en el que se acreditarán los extremos referentes a tipo de contrato,
fecha de inicio y fin de cada uno de ellos, así como el grupo laboral y las categorías
profesionales de los puestos desempeñados.
b)

Formación:

Las actividades de formación y perfeccionamiento deberán acreditarse, en todo caso,
mediante copia auténtica del diploma, certificación de asistencia y, en su caso,
certificación de aprovechamiento, donde figure el número de horas realizadas. Solo se
valorarán los cursos de formación a los que se acompañe un programa detallado del
mismo.
c)

Titulaciones:

Las titulaciones académicas, tanto la exigida para el acceso como la alegada para
méritos, deberán acreditarse mediante copia auténtica del correspondiente título. Para
acreditar la posesión de un título universitario oficial se tendrán en consideración lo
establecido en el artículo 14.2 del Real Decreto 1002/2010, de 5 de agosto, sobre
expedición de títulos universitarios oficiales.
5.2.4 Aquellos aspirantes que en el plazo antes citado de diez días hábiles no
presenten los documentos acreditativos no podrán ser objeto de valoración alguna en la
Fase de Concurso.
5.2.5 Para la valoración de los méritos alegados, el Tribunal tomará para su
cómputo como fecha límite la de finalización del plazo de presentación de las solicitudes
de participación en el presente proceso de selección.
5.3

Criterios generales de discriminación positiva:

Base 6.

Hojas de respuestas y corrección

En los impresos para la realización de pruebas escritas del proceso selectivo que no
hayan de ser leídos ante Tribunales, sino corregidos directamente por éstos, no podrá
constar ningún dato de identificación personal del aspirante en la parte de la hoja
normalizada de examen que haya de ser corregida por los mismos. En el caso de
advertirse algún dato identificativo durante el proceso de corrección de los ejercicios,
quedará invalidado el ejercicio realizado por el aspirante.

cve: BOE-A-2022-18655
Verificable en https://www.boe.es

Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de
embarazo de riesgo o parto debidamente acreditados, su situación quedará
condicionada a la finalización del mismo y a la superación de las fases que hubieran
quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el
derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos
razonables, lo que deberá ser valorado por el órgano de selección, y en todo caso la
realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes
que han superado el proceso selectivo.