II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2022-18655)
Resolución de 2 de noviembre de 2022, de la Universidad de Valladolid, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, por el sistema general de acceso libre, de plazas de personal laboral fijo, Grupo III.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 273

Lunes 14 de noviembre de 2022

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9.3 Igualmente, una vez finalizada la Fase de Concurso, cada Tribunal hará pública
en los lugares indicados en la base 4.4, la relación con la valoración provisional de
méritos obtenida en esta fase por los aspirantes que superaron la Fase de oposición, con
indicación expresa de la calificación total y la obtenida en cada uno de los méritos objeto
de valoración. Los aspirantes dispondrán de un plazo de cinco días hábiles a partir del
siguiente al de la publicación de dicha relación, para efectuar las alegaciones
pertinentes, sin perjuicio de los recursos administrativos que procedan contra la
valoración definitiva. Finalizado dicho plazo el Órgano de Selección publicará la relación
con la valoración definitiva de la Fase de concurso.
9.4 Cada Tribunal hará pública en los lugares señalados en la base 4.4 la lista con
los aspirantes que han superado el proceso selectivo para el acceso a la categoría y, en
su caso, especialidad de las plazas convocadas. En esta lista los aspirantes aparecerán
ordenados por la puntuación total obtenida en el proceso selectivo (Fase de oposición
más Fase de concurso) y, asimismo, figurarán las puntuaciones totales obtenidas en
cada Fase. En esta lista no podrá figurar un número mayor de personas que el de plazas
ofertadas para cada categoría y especialidad, siendo de aplicación lo previsto en la
base 7.11.
La motivación de la mencionada lista con los aspirantes que han superado el proceso
selectivo, en cuanto acto administrativo emanado de la discrecionalidad técnica del
Tribunal, y que pone fin al proceso selectivo, estará referida al cumplimiento de las
normas reglamentarias y de las bases de la convocatoria.
9.5 En caso de igualdad en la puntuación total, una vez sumadas la Fase de
concurso y oposición, se dará prioridad al aspirante que mayor puntuación hubiera
obtenido en el último ejercicio de la fase de oposición y así, en el caso de que persista el
empate, sucesivamente por número de orden descendente de ejercicio. Si tras aplicar
este criterio no se hubiera dirimido el empate, se dará prioridad a aquel aspirante con
mayor puntuación en el mérito de la Fase de Concurso que aparece enunciado en primer
lugar (anexo I), y así sucesivamente de persistir la igualdad. Agotadas todas estas
reglas, el empate se resolverá, finalmente, mediante la realización de una nueva prueba
objetiva de características análogas a las del primer ejercicio y sobre las mismas
materias, en la que habrán de participar los aspirantes entre los que existan empates.
9.6 Finalmente, el Presidente de cada Tribunal elevará al Sr. Rector Magnífico la
correspondiente propuesta de contratación como personal laboral fijo a favor de los
aspirantes que hayan superado el proceso selectivo. El Rectorado hará pública en
el BOCyL estas relaciones de aspirantes aprobados con el orden obtenido en el proceso
selectivo por cada una de las categorías y, en su caso, especialidades de las plazas
convocadas.
9.7 En todas estas listas de aspirantes aprobados a las que se hace mención en la
presente base, figurarán los aspirantes identificados según lo previsto en la LOPDP.
Presentación de documentos y formalización de los contratos laborales

10.1 Los aspirantes que superen el proceso selectivo, para su contratación como
Personal Laboral Fijo, presentarán en las oficinas de asistencia en materia de registro de
la UVa o en los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la LPACAP, dentro de los
veinte días hábiles desde el siguiente al que se haga pública en el BOCyL, la resolución
a que hace referencia la base 9.6 de la presente convocatoria, copia auténtica de los
siguientes documentos, salvo que estos ya se encuentren en poder de la UVa:
a) Copia autentica del DNI del aspirante o documento que acredite la nacionalidad.
Están exentos los españoles y los nacionales de los Estados miembros de la Unión
Europea que autoricen en su solicitud la comprobación de los datos de identificación
personal en el sistema de verificación de datos de identidad. Para los nacionales de
otros Estados que, de conformidad con la base 2.1.1, puedan acceder a las plazas
convocadas, deberán aportar original y copia de la documentación que presentaron con
su instancia de participación según se señalaba en la base 3.11.

cve: BOE-A-2022-18655
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Base 10.