III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2022-18678)
Resolución de 2 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Auto de la Audiencia Nacional, sobre sentencia referida a las tablas salariales del año 2022 del VII Convenio Colectivo Marco Estatal de Servicios de Atención a las Personas Dependientes y Desarrollo de la Promoción de la Autonomía Personal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 273

Lunes 14 de noviembre de 2022

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Antecedentes de hecho
Primero.
En los autos 117/2022 a los que se acumularon los seguidos con el n.º 147/22 en
materia de conflicto colectivo formulado a instancias de los sindicatos Federación de
Sanidad y Sectores Sociosanitarios de Comisiones Obreras (FSS-CCOO) y UGT
Servicios Públicos, frente a las asociaciones patronales Federación Empresarial de
Asistencia a la Dependencia (FED), Federación de Residencias y Servicios de Atención
a los Mayores-Sector Solidario (LARES), Asociación de Empresas de Servicios para la
Dependencia (AESTE), se dictó el 20 de junio de 2022 sentencia que en su fallo dispuso:
Estimamos la demanda formulada por el sindicato CCOO a la que se acumuló la
formulada por el sindicato UGT y condenamos a las patronales Federación Empresarial
de Asistencia a la Dependencia (FED), Federación de Residencias y Servicios de
Atención a los Mayores-Sector Solidario (LARES) y Asociación de Empresas de
Servicios para la Dependencia (AESTE) a:
– Reconocer el derecho de los trabajadores incluidos en el ámbito de aplicación del
VII Convenio Marco Estatal de Servicios de Atención a las Personas Dependientes y
Desarrollo de la Promoción de la Autonomía Personal, a la aplicación de la cláusula de
revisión salarial automática contenida en el artículo 8 del Convenio en cuestión y, en
consecuencia, al incremento de sus conceptos retributivos para el ejercicio 2022 en la
cuantía correspondiente al porcentaje del índice de precios al consumo (IPC) real del
año 2021, esto es en un 6,5 por 100.
– Suscribir e instar la publicación de las tablas salariales correspondientes al
ejercicio de 2022 con base en lo dispuesto en dicho precepto convencional.
Segundo.
Dicha sentencia no es firme en la actualidad por haber presentado frente a ella
recurso de casación la patronal FED.
Tercero.
El 7 de julio de 2022 el sindicato CCOO presenta escrito instando la ejecución
provisional de la sentencia dictada.
También solicita su ejecución provisional el sindicato UGT por escrito de 15 de julio
de 2022.
La concreta petición es que se ordene a los demandados a suscribir y tramitar la
publicación de las tablas salariales del VII Convenio Colectivo Marco Estatal de Servicios
de Atención a las Personas Dependientes y Desarrollo de la Promoción de la Autonomía
Personal, correspondientes al ejercicio de 2022, con un incremento salarial del 6,5
por 100 en todos sus conceptos retributivos.

El 8 de julio de 2022 se llevó a la comisión paritaria por parte de los sindicatos la
solicitud de publicación de las tablas salariales a raíz de la sentencia 95/2022 de 20 de
junio de la Audiencia Nacional. No se alcanzó acuerdo, D14.
Quinto.
Las partes fueron citadas a trámite incidental el 25 de septiembre de 2022,
suspendiéndose las actuaciones a fin de que los ejecutantes precisaran el contenido
concreto de las tablas salariales cuya publicación interesaban.
El 5 de octubre de 2022 los sindicatos UGT y CCOO presentan escrito precisando
las tablas salariales requeridas de publicación.

cve: BOE-A-2022-18678
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Cuarto.