III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Convenios. (BOE-A-2022-18575)
Resolución de 19 de septiembre de 2022, de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, por la que se publica el Convenio con la Diputación Provincial de Cuenca y el Ayuntamiento de Cuenca, para la ejecución de actuaciones de integración urbana de los suelos ferroviarios de la línea ferroviaria 03-310 Aranjuez-Valencia Fuente de San Luis, en el término municipal de Cuenca.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 272
Sábado 12 de noviembre de 2022
Sec. III. Pág. 154599
actuando en nombre y representación ADIF y en ejercicio de las facultades que tiene
conferidas por el artículo 23.2.a) del Estatuto de ADIF, aprobado mediante Real
Decreto 2395/2004, de 30 de diciembre. ADIF tiene su domicilio en la calle Sor Ángela
de la Cruz número 3 de Madrid y CIF Q2801660H.
Las partes se reconocen la capacidad legal necesaria para suscribir el presente
convenio y, a tal efecto,
EXPONEN
Primero.
Que la Entidad Pública Empresarial ADIF es un organismo público adscrito al
Ministerio Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y goza de personalidad jurídica
propia, así como plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines y
patrimonio propio, y se rige por lo establecido en la Ley 38/2015, de 29 de septiembre,
del Sector Ferroviario, en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público y sus normas de desarrollo, en su estatuto y en la legislación
presupuestaria y otras normas de aplicación.
En el ejercicio de sus funciones, ADIF actúa con autonomía de gestión, teniendo en
cuenta, en todo caso, la garantía del interés público, la satisfacción de las necesidades
sociales con la máxima calidad, la seguridad de los usuarios y la eficacia global del
sistema ferroviario.
Que ADIF está legitimado para proceder a la suscripción del presente convenio, al
amparo de lo establecido en el artículo 4.2 del Real Decreto 2395/2004, de 30 de
diciembre, ya citado, que faculta expresamente a esta entidad pública empresarial para
poder celebrar convenios con la Administración General del Estado, con otras
Administraciones Públicas, así como con cualquier otra entidad pública o privada.
Segundo.
Que la Diputación Provincial de Cuenca tiene competencias en materia de asistencia
y cooperación en los ámbitos jurídico, económico y técnico a los municipios,
especialmente los de menor capacidad económica y de gestión, así como funciones de
cooperación en el fomento del desarrollo económico y social y en la planificación en el
territorio provincial, como así se establece el artículo 36 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Tercero.
Que el Ayuntamiento de Cuenca, de acuerdo con la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local, titular de competencias en materia de
planeamiento, gestión, ejecución y disciplina urbanística, pudiendo promover actividades
y prestar servicios públicos que contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones
de la comunidad, y ello sin perjuicio de las competencias que pudieran delegarle el
Estado o la Comunidad Autónoma.
Que con fecha 9 de marzo de 2022, el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda
Urbana (MITMA), la Junta de Comunidades de Castilla‐La Mancha, la Diputación
Provincial de Cuenca, el Ayuntamiento de Cuenca y el Administrador de Infraestructuras
Ferroviarias (ADIF), han suscrito un Protocolo General de Actuación para el desarrollo de
un proyecto integral de movilidad, desarrollo territorial y transformación urbana en la
provincia de Cuenca.
El objeto del citado Protocolo es establecer el marco general de actuación para el
desarrollo de un proyecto integral de movilidad, desarrollo territorial y transformación
cve: BOE-A-2022-18575
Verificable en https://www.boe.es
Cuarto.
Núm. 272
Sábado 12 de noviembre de 2022
Sec. III. Pág. 154599
actuando en nombre y representación ADIF y en ejercicio de las facultades que tiene
conferidas por el artículo 23.2.a) del Estatuto de ADIF, aprobado mediante Real
Decreto 2395/2004, de 30 de diciembre. ADIF tiene su domicilio en la calle Sor Ángela
de la Cruz número 3 de Madrid y CIF Q2801660H.
Las partes se reconocen la capacidad legal necesaria para suscribir el presente
convenio y, a tal efecto,
EXPONEN
Primero.
Que la Entidad Pública Empresarial ADIF es un organismo público adscrito al
Ministerio Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y goza de personalidad jurídica
propia, así como plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines y
patrimonio propio, y se rige por lo establecido en la Ley 38/2015, de 29 de septiembre,
del Sector Ferroviario, en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público y sus normas de desarrollo, en su estatuto y en la legislación
presupuestaria y otras normas de aplicación.
En el ejercicio de sus funciones, ADIF actúa con autonomía de gestión, teniendo en
cuenta, en todo caso, la garantía del interés público, la satisfacción de las necesidades
sociales con la máxima calidad, la seguridad de los usuarios y la eficacia global del
sistema ferroviario.
Que ADIF está legitimado para proceder a la suscripción del presente convenio, al
amparo de lo establecido en el artículo 4.2 del Real Decreto 2395/2004, de 30 de
diciembre, ya citado, que faculta expresamente a esta entidad pública empresarial para
poder celebrar convenios con la Administración General del Estado, con otras
Administraciones Públicas, así como con cualquier otra entidad pública o privada.
Segundo.
Que la Diputación Provincial de Cuenca tiene competencias en materia de asistencia
y cooperación en los ámbitos jurídico, económico y técnico a los municipios,
especialmente los de menor capacidad económica y de gestión, así como funciones de
cooperación en el fomento del desarrollo económico y social y en la planificación en el
territorio provincial, como así se establece el artículo 36 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Tercero.
Que el Ayuntamiento de Cuenca, de acuerdo con la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local, titular de competencias en materia de
planeamiento, gestión, ejecución y disciplina urbanística, pudiendo promover actividades
y prestar servicios públicos que contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones
de la comunidad, y ello sin perjuicio de las competencias que pudieran delegarle el
Estado o la Comunidad Autónoma.
Que con fecha 9 de marzo de 2022, el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda
Urbana (MITMA), la Junta de Comunidades de Castilla‐La Mancha, la Diputación
Provincial de Cuenca, el Ayuntamiento de Cuenca y el Administrador de Infraestructuras
Ferroviarias (ADIF), han suscrito un Protocolo General de Actuación para el desarrollo de
un proyecto integral de movilidad, desarrollo territorial y transformación urbana en la
provincia de Cuenca.
El objeto del citado Protocolo es establecer el marco general de actuación para el
desarrollo de un proyecto integral de movilidad, desarrollo territorial y transformación
cve: BOE-A-2022-18575
Verificable en https://www.boe.es
Cuarto.