III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2022-18588)
Resolución de 10 de noviembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad y el Comisionado para el Mercado de Tabacos, en materia de vigilancia, inspección y control del mercado de tabacos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 12 de noviembre de 2022
Sec. III. Pág. 154787
3. La resolución anticipada del convenio por incumplimiento de la obligaciones y
compromisos asumidos no dará lugar a indemnización, excepto la que se derive del
impago de las prestaciones realizadas, en los términos que establecidos en la normativa
que resulte de aplicación.
4. El presente convenio podrá ser denunciado por cualquiera de las partes
mediante comunicación escrita y fehaciente a la otra con un plazo no superior a seis
meses de antelación a la fecha en que se desee dar por terminado.
5. De conformidad con el artículo 52.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, cuando
por cualquiera de las causas previstas en el convenio se produjese su extinción, y
existiesen actuaciones en curso de ejecución, las partes, a propuesta de la Comisión de
Seguimiento, podrán acordar su continuación y finalización en un plazo improrrogable a
contar desde la fecha de la resolución del convenio.
Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman el presente convenio en dos
ejemplares originales, igualmente válidos, en el lugar y la fecha arriba indicados.–El
Secretario de Estado de Seguridad, Rafael Pérez Ruiz.–El Presidente del Organismo
Autónomo Comisionado para el Mercado de Tabacos, Luis Gavira Caballero.
ANEXO
Aportación económica anual del Comisionado para el Mercado de Tabacos
1. Para la prestación de los servicios del personal en la reserva de este convenio, el
Comisionado para el Mercado de Tabacos realizará, con cargo a su presupuesto de
gastos 15.104.492N.226.99, la aportación económica máxima anual la siguiente:
Anualidad
Importe máximo anual
–
Euros
2022-2023
(1/10/2022-31/09/2023)
500.000
2023-2024
(1/10/2023-31/09/2024)
500.000
2024-2025
(1/10/2024-31/09/2025)
500.000
2025-2026
(1/10/2025-31/09/2026)
500.000
2. La cantidad prevista en el apartado 1 se reducirá proporcionalmente en función
de los perfiles cubiertos y del tiempo de prestación efectiva de servicio en el
Comisionado para el Mercado de Tabacos por cada uno de los puestos, de conformidad
con la certificación que por el Área de Inspección del Comisionado para el Mercado de
Tabacos se haga de los servicios efectivamente prestados.
cve: BOE-A-2022-18588
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 272
Sábado 12 de noviembre de 2022
Sec. III. Pág. 154787
3. La resolución anticipada del convenio por incumplimiento de la obligaciones y
compromisos asumidos no dará lugar a indemnización, excepto la que se derive del
impago de las prestaciones realizadas, en los términos que establecidos en la normativa
que resulte de aplicación.
4. El presente convenio podrá ser denunciado por cualquiera de las partes
mediante comunicación escrita y fehaciente a la otra con un plazo no superior a seis
meses de antelación a la fecha en que se desee dar por terminado.
5. De conformidad con el artículo 52.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, cuando
por cualquiera de las causas previstas en el convenio se produjese su extinción, y
existiesen actuaciones en curso de ejecución, las partes, a propuesta de la Comisión de
Seguimiento, podrán acordar su continuación y finalización en un plazo improrrogable a
contar desde la fecha de la resolución del convenio.
Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman el presente convenio en dos
ejemplares originales, igualmente válidos, en el lugar y la fecha arriba indicados.–El
Secretario de Estado de Seguridad, Rafael Pérez Ruiz.–El Presidente del Organismo
Autónomo Comisionado para el Mercado de Tabacos, Luis Gavira Caballero.
ANEXO
Aportación económica anual del Comisionado para el Mercado de Tabacos
1. Para la prestación de los servicios del personal en la reserva de este convenio, el
Comisionado para el Mercado de Tabacos realizará, con cargo a su presupuesto de
gastos 15.104.492N.226.99, la aportación económica máxima anual la siguiente:
Anualidad
Importe máximo anual
–
Euros
2022-2023
(1/10/2022-31/09/2023)
500.000
2023-2024
(1/10/2023-31/09/2024)
500.000
2024-2025
(1/10/2024-31/09/2025)
500.000
2025-2026
(1/10/2025-31/09/2026)
500.000
2. La cantidad prevista en el apartado 1 se reducirá proporcionalmente en función
de los perfiles cubiertos y del tiempo de prestación efectiva de servicio en el
Comisionado para el Mercado de Tabacos por cada uno de los puestos, de conformidad
con la certificación que por el Área de Inspección del Comisionado para el Mercado de
Tabacos se haga de los servicios efectivamente prestados.
cve: BOE-A-2022-18588
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 272