III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2022-18588)
Resolución de 10 de noviembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad y el Comisionado para el Mercado de Tabacos, en materia de vigilancia, inspección y control del mercado de tabacos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 272
Sábado 12 de noviembre de 2022
Sec. III. Pág. 154783
Mercado de Tabacos a este personal por todo el territorio nacional será el previsto en la
normativa vigente, de acuerdo con lo establecido en este convenio. La autorización de
las comisiones de servicio corresponderá al General Jefe al mando de la Jefatura Fiscal
y de Fronteras, a propuesta del Coordinador del Área de Inspección del Comisionado
para el Mercado de Tabacos, o personas en quienes deleguen.
4. El personal de la Guardia Civil en la reserva adscrito a este convenio participará
en los planes y actividades de formación que se organicen por el Comisionado para el
Mercado de Tabacos que contribuyan a la mejora de la prestación de los servicios.
Cuarta. Compromisos del Comisionado para el Mercado de Tabacos.
El Comisionado para el Mercado de Tabacos se compromete a:
a) Abonar el pago por los servicios prestados de acuerdo con lo previsto en la
cláusula sexta y el anexo de este convenio.
b) Proporcionar las instalaciones, equipamiento, mobiliario, medios técnicos e
informáticos adecuados, así como los accesos a bases de datos y aplicaciones que
permitan la prestación del servicio objeto de este convenio por el personal de la Guardia
Civil que se adscriba en la sede del Comisionado para el Mercado de Tabacos.
c) Organizar, impulsar y participar en las actividades formativas dirigidas al personal
de la Guardia Civil que contribuyan a la mejora de la prestación de los servicios objeto de
este convenio, con cargo a la aplicación presupuestaria 15.104.492N.226.06.
d) Proporcionar la información, documentación, muestras de productos de tabaco
para el adiestramiento del servicio cinológico y el apoyo necesarios para el ejercicio de
las funciones objeto del presente convenio.
Quinta.
Interlocución.
1. Con carácter general, la interlocución y relación ordinaria entre el Comisionado
para el Mercado de Tabacos y el personal de la Guardia Civil adscrito a este convenio se
llevará a cabo a través de los siguientes representantes:
a) Por parte del Comisionado para el Mercado de Tabacos, el Coordinador del Área
de Inspección o el funcionario en quien delegue.
b) Por parte de la Dirección General de la Guardia Civil, el funcionario de mayor
rango de entre los destinados en el Comisionado para el Mercado de Tabacos. En caso
de existir varios de igual rango, el de mayor antigüedad.
2. Asimismo, para coadyuvar a esta interlocución, se designará por la Dirección
General de la Guardia Civil un oficial del Servicio Fiscal de la Jefatura Fiscal y de
Fronteras como enlace con el Comisionado para el Mercado de Tabacos.
1. El Comisionado para el Mercado de Tabacos realizará con cargo a sus créditos
presupuestarios la aportación económica que figura en el anexo de este convenio,
destinada a cofinanciar las actividades del personal de la Guardia Civil en situación de
reserva destinado en el Comisionado para el Mercado de Tabacos, en las cuantías
previstas que se especifican en ese anexo, quedando condicionado a la existencia de
crédito adecuado y suficiente. La aplicación presupuestaria es 15.104.492N.226.99.
2. La aportación del Comisionado para el Mercado de Tabacos a la Dirección
General de la Guardia Civil se efectuará mediante los oportunos ingresos en el Tesoro
Público a favor de la Dirección General de la Guardia Civil de los importes que figuren en
las certificaciones emitidas por los órganos competentes de dicha Dirección General, y
validadas por el Área de Inspección del Comisionado para el Mercado de Tabacos. El
Comisionado para el Mercado de Tabacos ingresará mensualmente el importe
correspondiente a los puestos cubiertos, de acuerdo con las cantidades establecidas en
cve: BOE-A-2022-18588
Verificable en https://www.boe.es
Sexta. Financiación y pago.
Núm. 272
Sábado 12 de noviembre de 2022
Sec. III. Pág. 154783
Mercado de Tabacos a este personal por todo el territorio nacional será el previsto en la
normativa vigente, de acuerdo con lo establecido en este convenio. La autorización de
las comisiones de servicio corresponderá al General Jefe al mando de la Jefatura Fiscal
y de Fronteras, a propuesta del Coordinador del Área de Inspección del Comisionado
para el Mercado de Tabacos, o personas en quienes deleguen.
4. El personal de la Guardia Civil en la reserva adscrito a este convenio participará
en los planes y actividades de formación que se organicen por el Comisionado para el
Mercado de Tabacos que contribuyan a la mejora de la prestación de los servicios.
Cuarta. Compromisos del Comisionado para el Mercado de Tabacos.
El Comisionado para el Mercado de Tabacos se compromete a:
a) Abonar el pago por los servicios prestados de acuerdo con lo previsto en la
cláusula sexta y el anexo de este convenio.
b) Proporcionar las instalaciones, equipamiento, mobiliario, medios técnicos e
informáticos adecuados, así como los accesos a bases de datos y aplicaciones que
permitan la prestación del servicio objeto de este convenio por el personal de la Guardia
Civil que se adscriba en la sede del Comisionado para el Mercado de Tabacos.
c) Organizar, impulsar y participar en las actividades formativas dirigidas al personal
de la Guardia Civil que contribuyan a la mejora de la prestación de los servicios objeto de
este convenio, con cargo a la aplicación presupuestaria 15.104.492N.226.06.
d) Proporcionar la información, documentación, muestras de productos de tabaco
para el adiestramiento del servicio cinológico y el apoyo necesarios para el ejercicio de
las funciones objeto del presente convenio.
Quinta.
Interlocución.
1. Con carácter general, la interlocución y relación ordinaria entre el Comisionado
para el Mercado de Tabacos y el personal de la Guardia Civil adscrito a este convenio se
llevará a cabo a través de los siguientes representantes:
a) Por parte del Comisionado para el Mercado de Tabacos, el Coordinador del Área
de Inspección o el funcionario en quien delegue.
b) Por parte de la Dirección General de la Guardia Civil, el funcionario de mayor
rango de entre los destinados en el Comisionado para el Mercado de Tabacos. En caso
de existir varios de igual rango, el de mayor antigüedad.
2. Asimismo, para coadyuvar a esta interlocución, se designará por la Dirección
General de la Guardia Civil un oficial del Servicio Fiscal de la Jefatura Fiscal y de
Fronteras como enlace con el Comisionado para el Mercado de Tabacos.
1. El Comisionado para el Mercado de Tabacos realizará con cargo a sus créditos
presupuestarios la aportación económica que figura en el anexo de este convenio,
destinada a cofinanciar las actividades del personal de la Guardia Civil en situación de
reserva destinado en el Comisionado para el Mercado de Tabacos, en las cuantías
previstas que se especifican en ese anexo, quedando condicionado a la existencia de
crédito adecuado y suficiente. La aplicación presupuestaria es 15.104.492N.226.99.
2. La aportación del Comisionado para el Mercado de Tabacos a la Dirección
General de la Guardia Civil se efectuará mediante los oportunos ingresos en el Tesoro
Público a favor de la Dirección General de la Guardia Civil de los importes que figuren en
las certificaciones emitidas por los órganos competentes de dicha Dirección General, y
validadas por el Área de Inspección del Comisionado para el Mercado de Tabacos. El
Comisionado para el Mercado de Tabacos ingresará mensualmente el importe
correspondiente a los puestos cubiertos, de acuerdo con las cantidades establecidas en
cve: BOE-A-2022-18588
Verificable en https://www.boe.es
Sexta. Financiación y pago.