III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2022-18587)
Resolución de 10 de noviembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Dirección General del Catastro y el Fondo Español de Garantía Agraria, O.A., para el intercambio de información relativa a parcelas agrícolas y explotaciones agrícolas, ganaderas y de la producción agraria.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 272
Sábado 12 de noviembre de 2022
Sec. III. Pág. 154775
distintos usos, clases de cultivos y aprovechamientos recogidos en los registros
autonómicos de explotaciones agrarias coordinados por el SIEX.
• La cartografía de los recintos SIGPAC y de las parcelas agrícolas registradas en la
plataforma SIEX mediante las Delimitaciones Gráficas de Cultivo (DGC), así como las
declaradas en las solicitudes de ayuda PAC mediante las Líneas de Declaración
Gráfica (LDG).
– Incorporar en el SIGPAC todas las modificaciones efectuadas en la malla catastral
de Catastro, de la manera más automatizada posible para poder cumplir con lo
establecido en el artículo 9.3 del Real Decreto 1077/2014, acometiendo los trabajos de
convergencia y su mantenimiento de manera preferente en los términos municipales
afectados por mayores cambios.
– Prestar a la Dirección General del Catastro el apoyo técnico necesario para el
mantenimiento actualizado de la información, manteniendo los procedimientos
informáticos existentes, estableciendo y poniendo en explotación otros nuevos que
permitan actualizar de forma permanente, tanto el SIGPAC como las distintas bases de
datos vinculadas a los registros de explotaciones agrarias coordinadas a través del SIEX,
con los cambios que se produzcan en el Catastro y viceversa, en su caso.
– Trabajar conjuntamente con la Dirección General del Catastro en la armonización
de las Calificaciones Catastrales y los Usos del SIGPAC, así como de los distintos usos,
clases de cultivos y aprovechamientos con los catálogos del SIEX, incluidos los
productos declarados en las solicitudes de ayuda de la PAC.
– Impulsar los métodos y modelos de intercambio de información reglamentaria de
trascendencia catastral entre la Dirección General del Catastro y el FEGA, a través de SIEX.
– Impulsar las iniciativas dirigidas a facilitar la comunicación entre los solicitantes de
ayudas de la PAC y/o los titulares de explotaciones agrarias y la Dirección General del
Catastro.
– Impulsar la aprobación por las autoridades competentes, tanto de la gestión de las
ayudas de la PAC en el marco del actual período financiero 2021-2027, como de los
registros autonómicos de explotaciones agrarias, de la normativa que obligue a incluir,
tanto en la declaración de superficies de la Solicitud Única como en el registro de las
unidades de producción agrícola, la Referencia Catastral disponible en el SIGPAC,
respecto a las parcelas que conforman la explotación agraria del titular, incluidas
aquellas por las que solicitan ayuda, así como facilitar dicha información a la Dirección
General del Catastro.
– Impulsar la aprobación por las autoridades competentes, tanto de la gestión de las
ayudas de la PAC como de los registros agrarios, de la normativa que permita facilitar al
Catastro los datos de contacto de los titulares de explotaciones agrarias, incluidos los
solicitantes de ayudas de la PAC, necesarios para realizar notificaciones a los
interesados en el marco del procedimiento administrativo de modificación de los datos
catastrales.
Tercera.
Obligaciones de la Dirección General del Catastro.
– Cumplir con lo establecido en el artículo 9.3 del Real Decreto 1077/2014, e
informar de los cambios que se produzcan en la malla parcelaria catastral,
especialmente las incorporaciones de concentraciones parcelarias, grandes obras
civiles, renovaciones catastrales, segregaciones municipales, etc.
– Prestar al FEGA el apoyo técnico necesario para el mantenimiento actualizado de
la información, manteniendo los procedimientos informáticos existentes, estableciendo y
poniendo en explotación otros nuevos que permitan actualizar de forma permanente,
tanto el SIGPAC como las distintas bases de datos vinculadas a los registros
cve: BOE-A-2022-18587
Verificable en https://www.boe.es
Para el cumplimiento del presente convenio, la Dirección General del Catastro se
compromete a desarrollar las siguientes actuaciones:
Núm. 272
Sábado 12 de noviembre de 2022
Sec. III. Pág. 154775
distintos usos, clases de cultivos y aprovechamientos recogidos en los registros
autonómicos de explotaciones agrarias coordinados por el SIEX.
• La cartografía de los recintos SIGPAC y de las parcelas agrícolas registradas en la
plataforma SIEX mediante las Delimitaciones Gráficas de Cultivo (DGC), así como las
declaradas en las solicitudes de ayuda PAC mediante las Líneas de Declaración
Gráfica (LDG).
– Incorporar en el SIGPAC todas las modificaciones efectuadas en la malla catastral
de Catastro, de la manera más automatizada posible para poder cumplir con lo
establecido en el artículo 9.3 del Real Decreto 1077/2014, acometiendo los trabajos de
convergencia y su mantenimiento de manera preferente en los términos municipales
afectados por mayores cambios.
– Prestar a la Dirección General del Catastro el apoyo técnico necesario para el
mantenimiento actualizado de la información, manteniendo los procedimientos
informáticos existentes, estableciendo y poniendo en explotación otros nuevos que
permitan actualizar de forma permanente, tanto el SIGPAC como las distintas bases de
datos vinculadas a los registros de explotaciones agrarias coordinadas a través del SIEX,
con los cambios que se produzcan en el Catastro y viceversa, en su caso.
– Trabajar conjuntamente con la Dirección General del Catastro en la armonización
de las Calificaciones Catastrales y los Usos del SIGPAC, así como de los distintos usos,
clases de cultivos y aprovechamientos con los catálogos del SIEX, incluidos los
productos declarados en las solicitudes de ayuda de la PAC.
– Impulsar los métodos y modelos de intercambio de información reglamentaria de
trascendencia catastral entre la Dirección General del Catastro y el FEGA, a través de SIEX.
– Impulsar las iniciativas dirigidas a facilitar la comunicación entre los solicitantes de
ayudas de la PAC y/o los titulares de explotaciones agrarias y la Dirección General del
Catastro.
– Impulsar la aprobación por las autoridades competentes, tanto de la gestión de las
ayudas de la PAC en el marco del actual período financiero 2021-2027, como de los
registros autonómicos de explotaciones agrarias, de la normativa que obligue a incluir,
tanto en la declaración de superficies de la Solicitud Única como en el registro de las
unidades de producción agrícola, la Referencia Catastral disponible en el SIGPAC,
respecto a las parcelas que conforman la explotación agraria del titular, incluidas
aquellas por las que solicitan ayuda, así como facilitar dicha información a la Dirección
General del Catastro.
– Impulsar la aprobación por las autoridades competentes, tanto de la gestión de las
ayudas de la PAC como de los registros agrarios, de la normativa que permita facilitar al
Catastro los datos de contacto de los titulares de explotaciones agrarias, incluidos los
solicitantes de ayudas de la PAC, necesarios para realizar notificaciones a los
interesados en el marco del procedimiento administrativo de modificación de los datos
catastrales.
Tercera.
Obligaciones de la Dirección General del Catastro.
– Cumplir con lo establecido en el artículo 9.3 del Real Decreto 1077/2014, e
informar de los cambios que se produzcan en la malla parcelaria catastral,
especialmente las incorporaciones de concentraciones parcelarias, grandes obras
civiles, renovaciones catastrales, segregaciones municipales, etc.
– Prestar al FEGA el apoyo técnico necesario para el mantenimiento actualizado de
la información, manteniendo los procedimientos informáticos existentes, estableciendo y
poniendo en explotación otros nuevos que permitan actualizar de forma permanente,
tanto el SIGPAC como las distintas bases de datos vinculadas a los registros
cve: BOE-A-2022-18587
Verificable en https://www.boe.es
Para el cumplimiento del presente convenio, la Dirección General del Catastro se
compromete a desarrollar las siguientes actuaciones: