III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Subvenciones. (BOE-A-2022-18584)
Orden ICT/1081/2022, de 7 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el Programa "Generación Digital Pymes: personas de equipos directivos y cualificación de personas empleadas en Pymes", en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y se procede a su convocatoria en el año 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 272
Sábado 12 de noviembre de 2022
Sec. III. Pág. 154744
Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia, la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE) tendrá a su
cargo el ejercicio de las funciones y competencias que le atribuye la normativa europea a
la autoridad de control del Instrumento Europeo de Recuperación. Asimismo, dicho
artículo establece que el Servicio Nacional de Coordinación Antifraude promoverá las
labores de prevención, detección e investigación del fraude que sean precisas.
6. A efectos de dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 22.2.d) del Reglamento
(UE) n.º 2021/241, la Administración y cuantos órganos se contemplan en dicho artículo
podrán recabar en un formato electrónico que permita realizar búsquedas y en una base
de datos única los datos contenidos en dicho artículo, así como acceder a la información
contenida en el Registro de Titularidades Reales, creado por la Orden JUS/319/2018, o
el acceso a otras bases de datos de la Administración que puedan suministrar dichos
datos sobre los titulares reales. También será posible la cesión de información entre
estos sistemas y el Sistema de Fondos Europeos, según las previsiones contenidas en la
normativa europea y nacional aplicable.
Disposición final primera.
Título competencial.
Esta orden se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1. 13.ª de la
Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de
bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica.
Disposición final segunda.
Rango no reglamentario de las convocatorias.
La convocatoria prevista en el capítulo III de esta orden carece de rango
reglamentario. Por ello, contra la convocatoria podrá interponerse recurso ante el orden
jurisdiccional civil de acuerdo con lo indicado en las bases reguladoras.
Disposición final tercera.
Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín
Oficial del Estado».
Madrid, 7 de noviembre de 2022.–La Ministra de Industria, Comercio y Turismo,
María Reyes Maroto Illera.
ANEXO I
Programa Generación Digital PYMES: personas de equipos directivos
a) Ofrecer a las personas de equipos directivos de Pymes los conocimientos y
habilidades necesarias para para impulsar la transformación digital de sus empresas y
con ello mejorar la productividad y sus posibilidades de crecimiento e
internacionalización.
b) Entender cómo la tecnología impacta en los negocios, permitiendo situar al
cliente en el centro para dar solución a sus necesidades, y generar y explotar el dato
para la toma de decisiones del negocio.
c) Disminuir la brecha digital por cuestiones de género incrementando el número de
mujeres matriculadas y formadas en gestión digital de la PYME.
cve: BOE-A-2022-18584
Verificable en https://www.boe.es
La digitalización es hoy la base fundamental donde residen las mayores ganancias
en supervivencia y competitividad para las empresas. Las necesidades de digitalización
en las empresas requieren a su vez de profesionales altamente cualificados que les
ayuden en su transformación digital. Esto pasará por abordar los cambios que deben
producirse en las personas, en las organizaciones y los modelos de negocio, más allá
del uso de una tecnología en concreto.
Los objetivos de este programa son:
Núm. 272
Sábado 12 de noviembre de 2022
Sec. III. Pág. 154744
Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia, la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE) tendrá a su
cargo el ejercicio de las funciones y competencias que le atribuye la normativa europea a
la autoridad de control del Instrumento Europeo de Recuperación. Asimismo, dicho
artículo establece que el Servicio Nacional de Coordinación Antifraude promoverá las
labores de prevención, detección e investigación del fraude que sean precisas.
6. A efectos de dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 22.2.d) del Reglamento
(UE) n.º 2021/241, la Administración y cuantos órganos se contemplan en dicho artículo
podrán recabar en un formato electrónico que permita realizar búsquedas y en una base
de datos única los datos contenidos en dicho artículo, así como acceder a la información
contenida en el Registro de Titularidades Reales, creado por la Orden JUS/319/2018, o
el acceso a otras bases de datos de la Administración que puedan suministrar dichos
datos sobre los titulares reales. También será posible la cesión de información entre
estos sistemas y el Sistema de Fondos Europeos, según las previsiones contenidas en la
normativa europea y nacional aplicable.
Disposición final primera.
Título competencial.
Esta orden se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1. 13.ª de la
Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de
bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica.
Disposición final segunda.
Rango no reglamentario de las convocatorias.
La convocatoria prevista en el capítulo III de esta orden carece de rango
reglamentario. Por ello, contra la convocatoria podrá interponerse recurso ante el orden
jurisdiccional civil de acuerdo con lo indicado en las bases reguladoras.
Disposición final tercera.
Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín
Oficial del Estado».
Madrid, 7 de noviembre de 2022.–La Ministra de Industria, Comercio y Turismo,
María Reyes Maroto Illera.
ANEXO I
Programa Generación Digital PYMES: personas de equipos directivos
a) Ofrecer a las personas de equipos directivos de Pymes los conocimientos y
habilidades necesarias para para impulsar la transformación digital de sus empresas y
con ello mejorar la productividad y sus posibilidades de crecimiento e
internacionalización.
b) Entender cómo la tecnología impacta en los negocios, permitiendo situar al
cliente en el centro para dar solución a sus necesidades, y generar y explotar el dato
para la toma de decisiones del negocio.
c) Disminuir la brecha digital por cuestiones de género incrementando el número de
mujeres matriculadas y formadas en gestión digital de la PYME.
cve: BOE-A-2022-18584
Verificable en https://www.boe.es
La digitalización es hoy la base fundamental donde residen las mayores ganancias
en supervivencia y competitividad para las empresas. Las necesidades de digitalización
en las empresas requieren a su vez de profesionales altamente cualificados que les
ayuden en su transformación digital. Esto pasará por abordar los cambios que deben
producirse en las personas, en las organizaciones y los modelos de negocio, más allá
del uso de una tecnología en concreto.
Los objetivos de este programa son: