III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Subvenciones. (BOE-A-2022-18583)
Orden ICT/1080/2022, de 7 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del Programa "Generación Digital: Agentes del Cambio", y se procede a su convocatoria en el año 2022, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 272

Sábado 12 de noviembre de 2022

Sec. III. Pág. 154656

está produciendo en el entorno de las pequeñas y medianas empresas («pymes»). Las
ayudas serán gestionadas por las entidades beneficiarias que serán entidades de
formación, a través de programas de formación en el ámbito de la Economía Digital.
Serán acciones formativas que podrán adoptar el formato de microcredenciales y que
serán susceptibles de ser acreditadas posteriormente en el marco de la normativa
autonómica reguladora de la acreditación de competencias profesionales adquiridas por
la experiencia laboral y vías no formales de formación.
La oferta formativa irá dirigida a personas que ya desarrollan su actividad profesional
en pymes o tengan intención de hacerlo, con el fin de incorporarse al mercado laboral
como agentes del cambio, según se desarrolle en la correspondiente convocatoria.
2. La definición de pequeña y mediana empresa (PYME) es la establecida en el
anexo I del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el
que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior
en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado. En particular, se entenderán
incluidas en esta categoría las empresas que empleen a menos de 250 personas y cuyo
volumen de negocio anual no exceda de 50 millones de euros, o su balance general
anual no exceda de 43 millones de euros. El cómputo de los efectivos, formas de cálculo
y límites en el caso de empresas asociadas o vinculadas se efectuará según disponen
los artículos 3 a 6 del anexo I del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17
de junio de 2014.
3. Las subvenciones otorgadas con base en el Programa de Transformación Digital
de Pymes se enmarcan en la inversión C19.I3 Competencias digitales para el empleo,
del Componente 19, Plan Nacional de Capacidades Digitales (digital skills), del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia (en adelante, Plan de Recuperación) del
Gobierno de España, y contribuirán al cumplimiento de los objetivos asociados a esta
medida, de acuerdo con la normativa reguladora del Mecanismo de Recuperación y
Resiliencia y del Plan de Recuperación a nivel europeo y nacional.
Normativa aplicable.

1. Las subvenciones previstas en esta orden se sujetan a lo dispuesto en la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y su Reglamento,
aprobado mediante el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, así como, a las
disposiciones de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, y de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, en lo que resulte de aplicación y el Real
Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y
funcionamiento del sector público por medios electrónico. Será de aplicación también la
Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se
transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del
Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, en caso de que en la
ejecución de las subvenciones se celebren contratos que deban someterse a dicha ley.
2. Las subvenciones se sujetarán, también, a la normativa del Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia, en particular, al Reglamento (UE) n.º 2021/241 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021; al Real Decretoley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la
modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia; a la Orden HFP/1030/2021, de 29 de
septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia, y a la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la
que se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las
Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local para el seguimiento del
cumplimiento de hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las
medidas de los componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia,
así como las demás disposiciones que resulten aplicables.

cve: BOE-A-2022-18583
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 2.