III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Subvenciones. (BOE-A-2022-18583)
Orden ICT/1080/2022, de 7 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del Programa "Generación Digital: Agentes del Cambio", y se procede a su convocatoria en el año 2022, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 12 de noviembre de 2022

Sec. III. Pág. 154685

4.º Capilaridad geográfica: Términos municipales en las que impartirá la formación,
diferentes al de su sede principal, para cada región. Puntuación máxima de 18 punto: 2
puntos por cada localidad, hasta un máximo de 18 puntos.
5.º Herramientas de monitorización de objetivos y de resultados. Puntuación
máxima de 8 puntos.
a. Disposición de un programa (software/plataforma) de seguimiento de
indicadores: 4 puntos.
b. Disposición de un programa (software/plataforma) de seguimiento del avance del
aprendizaje de los alumnos: 4 puntos.
6.º Disponer de una relación con el tejido empresarial acreditada, por medio de la
participación del tejido empresarial en Consejo Asesor, Patronato o equivalente, 5
puntos.
c) Metodología y actuaciones propuestas para el desarrollo del programa. Con una
puntuación máxima de 40 puntos, que se distribuirán atendiendo a los siguientes cuatro
parámetros (descritos cada uno de ellos en una memoria de máximo 3 páginas):
1.º Incorporación de mejoras en el desarrollo de la formación. Puntuación máxima
de 12 puntos.
a) Incorporación de visitas de empresas durante el curso. Hasta 4 puntos.
b) Incorporación de herramientas o tecnologías innovadoras para el desarrollo e
impartición de la formación. Hasta 4 puntos.
c) Incorporación de otras mejoras que aporten valor al desarrollo de la formación.
Hasta 4 puntos.
2.º Incorporar retos en la metodología de aprendizaje. Utilización de una
metodología de aprendizaje basada en retos para todos los programas. Puntuación
de 10 puntos.
3.º Incorporar acciones para facilitar la incorporación posterior de los jóvenes al
mercado laboral. Tres puntos por cada acción desarrollada a nivel global y/o local
Puntuación máxima de 12 puntos.
4.º Incorporación del Plan de promoción y captación de alumnos en la región
seleccionada. Un punto por cada actividad o acción de promoción y captación expuesta.
Puntuación máxima de 6 puntos.
2. A los efectos de la valoración técnica, no se admitirán modificaciones en los
programas presentados una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes.
En caso de que se produzca empate entre solicitudes, el orden de prelación se
establecerá, para cada región, atendiendo a la solicitud que tenga mayor puntuación en
la valoración del criterio indicado en el apartado 1.a).1.º Si se mantuviera el empate, se
decidirá a favor de la solicitud que tenga mayor puntuación en la valoración de los
criterios 1.b).4.º, 1.c).3.º, 1.c).1.º y 1.c).2.º por este orden; y si persistiera el empate, éste
se arbitrará finalmente atendiendo al momento de presentación de la solicitud,
favoreciendo al de fecha de registro anterior.
Se establece un umbral de puntuación mínima de 40 puntos.
La acreditación documental del cumplimiento de cada criterio se realizará en el
momento de presentación de la solicitud.
3. En el caso de que durante la ejecución del programa de formación se produzcan
cambios o modificaciones en los criterios indicados anteriormente se entenderá que se
ha producido un incumplimiento de las condiciones de la ayuda concedida, pudiendo
iniciarse un procedimiento de reintegro en los términos establecidos en el artículo 30 de
esta orden.

cve: BOE-A-2022-18583
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Núm. 272