II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2022-18501)
Resolución de 31 de octubre de 2022, de la Universitat Politècnica de València, por la que se convocan pruebas selectivas de acceso, por el sistema de promoción interna, a la categoría de Técnico Superior (Subgrupo A1).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 271
Viernes 11 de noviembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 153907
que se obtenga por la puntuación alcanzada y con preferencia de las que hayan
aprobado mayor número de ejercicios sumándose a tal efecto la puntuación obtenida en
la fase de concurso.
De conformidad con lo establecido en la legislación vigente, atendiendo al Acuerdo en
vigor en esta materia en el ámbito de esta Universitat; así como a los criterios establecidos al
respecto en el ámbito de la Universitat Politècnica se podrá recurrir a esta bolsa de empleo
temporal para efectuar nombramientos provisionales por mejora de empleo.
Esta bolsa de empleo temporal, incluyendo el orden de prioridad se publicará de
conformidad con la base 14.2 de esta convocatoria.
Las personas que conformen esta bolsa de empleo temporal, deberán aportar la misma
documentación que se requiere en esta misma convocatoria a las personas aspirantes
propuestas para su nombramiento como personal funcionario de carrera. Esta documentación
se presentará ante el Servicio de Gestión de Personal, una vez sean llamadas para el
nombramiento como personal funcionario interino, contratos temporales o nombramiento
temporal por mejora de empleo, excepto la referida en el apartado 11.1 punto e) que se
aportará en el plazo de diez días establecida en la misma base 11 de esta convocatoria.
Quienes tuvieran la condición de personal funcionario público o de personal laboral al
servicio de la Universitat Politècnica de València estarán exentos de justificar las
condiciones y requisitos que ya tuvieran anteriormente acreditados ante la misma. En
todo caso deberán presentar obligatoriamente la documentación relativa a: certificación
médica de capacidad física y psíquica; certificación de acreditación discapacidad igual o
superior al treinta y tres por ciento y su capacidad para el desempeño del puesto
ofertado y los documentos acreditativos de la exención del pago de tasas de
conformidad con su solicitud.
Las personas que conformen la bolsa de empleo temporal, que dentro del plazo
establecido en el punto anterior, salvo casos de fuerza mayor, no presentasen la
documentación acreditativa o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los
requisitos exigidos, no podrán ser nombradas personal funcionario interino, personal
contratado temporal o nombradas temporalmente por mejora de empleo, sin perjuicio de
la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de
participación.
Desarrollo de las pruebas selectivas
8.1 Los ejercicios tendrán lugar en la ciudad de Valencia. Este ejercicio de la fase
de oposición, no se realizará hasta que hayan transcurrido un mínimo de cuatro meses a
contar desde la fecha de la publicación de la presente convocatoria. El primer ejercicio
se realizará en el lugar, fecha y hora que se establezca en la resolución por la que se
aprueba y publica en el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana», la lista definitiva de
personas admitidas y excluidas de las pruebas objeto de esta convocatoria, con una
antelación no inferior a diez días hábiles.
8.2 Las personas aspirantes serán convocadas para cada ejercicio en llamamiento
único. Los miembros del tribunal de selección y el personal colaborador, no permitirán el
acceso a la sala, donde se realice el ejercicio, de aquellas personas que comparezcan
una vez concluido el llamamiento de las personas aspirantes convocadas.
8.3 Caso de realizarse el ejercicio en varias sesiones, el orden de intervención de
las personas aspirantes comenzará por la letra «Q», siguiendo el orden alfabético de
apellidos conforme a la Resolución de 19 de octubre de 2022 de la Conselleria de
Justicia, Interior y Administración Pública («Diari Oficial de la Generalitat Valenciana»,
número 9454 de 21 de octubre de 2022).
8.4 Las personas aspirantes deberán acreditar su personalidad mediante la
presentación del documento nacional de identidad, del pasaporte o del permiso de
conducir, sin que para este efecto sean válidas las fotocopias compulsadas o cotejadas
de dichos documentos, así como del ejemplar para la persona interesada de la solicitud
de admisión a las pruebas.
cve: BOE-A-2022-18501
Verificable en https://www.boe.es
8.
Núm. 271
Viernes 11 de noviembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 153907
que se obtenga por la puntuación alcanzada y con preferencia de las que hayan
aprobado mayor número de ejercicios sumándose a tal efecto la puntuación obtenida en
la fase de concurso.
De conformidad con lo establecido en la legislación vigente, atendiendo al Acuerdo en
vigor en esta materia en el ámbito de esta Universitat; así como a los criterios establecidos al
respecto en el ámbito de la Universitat Politècnica se podrá recurrir a esta bolsa de empleo
temporal para efectuar nombramientos provisionales por mejora de empleo.
Esta bolsa de empleo temporal, incluyendo el orden de prioridad se publicará de
conformidad con la base 14.2 de esta convocatoria.
Las personas que conformen esta bolsa de empleo temporal, deberán aportar la misma
documentación que se requiere en esta misma convocatoria a las personas aspirantes
propuestas para su nombramiento como personal funcionario de carrera. Esta documentación
se presentará ante el Servicio de Gestión de Personal, una vez sean llamadas para el
nombramiento como personal funcionario interino, contratos temporales o nombramiento
temporal por mejora de empleo, excepto la referida en el apartado 11.1 punto e) que se
aportará en el plazo de diez días establecida en la misma base 11 de esta convocatoria.
Quienes tuvieran la condición de personal funcionario público o de personal laboral al
servicio de la Universitat Politècnica de València estarán exentos de justificar las
condiciones y requisitos que ya tuvieran anteriormente acreditados ante la misma. En
todo caso deberán presentar obligatoriamente la documentación relativa a: certificación
médica de capacidad física y psíquica; certificación de acreditación discapacidad igual o
superior al treinta y tres por ciento y su capacidad para el desempeño del puesto
ofertado y los documentos acreditativos de la exención del pago de tasas de
conformidad con su solicitud.
Las personas que conformen la bolsa de empleo temporal, que dentro del plazo
establecido en el punto anterior, salvo casos de fuerza mayor, no presentasen la
documentación acreditativa o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los
requisitos exigidos, no podrán ser nombradas personal funcionario interino, personal
contratado temporal o nombradas temporalmente por mejora de empleo, sin perjuicio de
la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de
participación.
Desarrollo de las pruebas selectivas
8.1 Los ejercicios tendrán lugar en la ciudad de Valencia. Este ejercicio de la fase
de oposición, no se realizará hasta que hayan transcurrido un mínimo de cuatro meses a
contar desde la fecha de la publicación de la presente convocatoria. El primer ejercicio
se realizará en el lugar, fecha y hora que se establezca en la resolución por la que se
aprueba y publica en el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana», la lista definitiva de
personas admitidas y excluidas de las pruebas objeto de esta convocatoria, con una
antelación no inferior a diez días hábiles.
8.2 Las personas aspirantes serán convocadas para cada ejercicio en llamamiento
único. Los miembros del tribunal de selección y el personal colaborador, no permitirán el
acceso a la sala, donde se realice el ejercicio, de aquellas personas que comparezcan
una vez concluido el llamamiento de las personas aspirantes convocadas.
8.3 Caso de realizarse el ejercicio en varias sesiones, el orden de intervención de
las personas aspirantes comenzará por la letra «Q», siguiendo el orden alfabético de
apellidos conforme a la Resolución de 19 de octubre de 2022 de la Conselleria de
Justicia, Interior y Administración Pública («Diari Oficial de la Generalitat Valenciana»,
número 9454 de 21 de octubre de 2022).
8.4 Las personas aspirantes deberán acreditar su personalidad mediante la
presentación del documento nacional de identidad, del pasaporte o del permiso de
conducir, sin que para este efecto sean válidas las fotocopias compulsadas o cotejadas
de dichos documentos, así como del ejemplar para la persona interesada de la solicitud
de admisión a las pruebas.
cve: BOE-A-2022-18501
Verificable en https://www.boe.es
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