II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2022-18501)
Resolución de 31 de octubre de 2022, de la Universitat Politècnica de València, por la que se convocan pruebas selectivas de acceso, por el sistema de promoción interna, a la categoría de Técnico Superior (Subgrupo A1).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 11 de noviembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 153909

ejercicio específico que se convoque y, caso de no superarlo, asistir a los cursos de
perfeccionamiento que a este fin se organicen.
10.4 En la Universitat Politècnica de València estos cursos serán convocados por el
órgano competente, en el plazo de un año desde la toma de posesión, siendo obligatoria
la participación de los mismos en tanto no se obtenga el nivel de conocimiento de
valenciano previsto en el apartado 2 de este artículo.
10.5 Lo establecido en los apartados anteriores no obsta a la exigencia, como
requisito consignado en las relaciones de puestos de trabajo, de iguales o superiores
conocimientos de valenciano para el desempeño de determinados puestos.
11.

Presentación de documentos

11.1 En el plazo de diez días hábiles, contados desde el día siguiente al de la
publicación en el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana» de las relaciones definitivas
de personas aprobadas, las personas aspirantes propuestas deberán remitir al Servicio
de Gestión de Personal de esta Universitat Politècnica de València a través del Registro
General de la Universitat Politècnica de València sito en el edificio 3F, junto a Rectorado
Camino de Vera s/n de Valencia, en el registro de la Escuela Politécnica Superior de
Alcoy sito en la plaza Ferrandiz y Carbonell s/n de Alcoi; en el registro de la Escuela
Politécnica Superior de Gandia sito en la calle Paranimf número 1, del Grao de Gandia o
en cualquiera de las formas establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la
siguiente documentación:
a) Salvo que conste en el expediente personal, fotocopia compulsada o cotejada del título
académico exigible según la presente convocatoria o certificación académica que acredite
haber realizado todos los estudios para la obtención del título. En el caso de titulaciones
obtenidas en el extranjero deberá adjuntarse la credencial que acredite su homologación.
b) Salvo que conste en el expediente personal, fotocopia compulsada o cotejada de
los documentos acreditativos de los requisitos o especialidades, en el caso, de que éstos
figuren en la presente convocatoria.
c) Las personas aspirantes con diversidad funcional, deberán presentar fotocopia
compulsada o cotejada de la certificación de la Conselleria de Igualdad y Políticas
Inclusivas u órganos competentes de otras Administraciones Públicas, que acredite
discapacidad igual o superior al treinta y tres por ciento, así como su capacidad para
desempeñar las funciones que correspondan a las vacantes ofertadas.
d) Certificado médico acreditativo de poseer la capacidad física y psíquica
necesaria para el desempeño de las funciones de las plazas ofertadas. A estos efectos
los reconocimientos se realizarán a través del Servicio Integrado de Prevención y Salud
Laboral de la Universitat Politècnica de València, al objeto de que éste realice el
pertinente reconocimiento médico y expida el certificado médico que proceda.
e) Fotocopia compulsada o cotejada de los documentos acreditativos de la
exención del pago de tasas de conformidad con la solicitud de la persona interesada.
No obstante lo anterior, el órgano convocante podrá solicitar que se vuelva a exigir
una nueva acreditación de aquellos requisitos cuando lo considere conveniente por el
tiempo transcurrido desde su obtención o porque guarde relación directa con las
funciones o tareas del puesto a desempeñar.
11.2 Las personas aspirantes seleccionadas que dentro del plazo establecido en el
punto anterior, y salvo casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación
acreditativa o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no
podrán ser nombradas personal funcionario de carrera, sin perjuicio de la responsabilidad
en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación.
11.3 Con la finalidad de asegurar la cobertura de las vacantes convocadas, cuando
se produzcan renuncias, falta de acreditación de los requisitos exigidos en la
convocatoria para ser nombrado personal funcionario de carrera o concurra alguna de

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