III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2022-18513)
Resolución de 10 de octubre de 2022, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad de Saldaña, por la que se deniega la inscripción de la representación gráfica de una finca y la consiguiente rectificación de la superficie y linderos, por oposición de un Ayuntamiento al invadir un camino público.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 271
Viernes 11 de noviembre de 2022
Sec. III. Pág. 154021
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
18513
Resolución de 10 de octubre de 2022, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación
del registrador de la propiedad de Saldaña, por la que se deniega la
inscripción de la representación gráfica de una finca y la consiguiente
rectificación de la superficie y linderos, por oposición de un Ayuntamiento al
invadir un camino público.
En el recurso interpuesto por don J. L. E. Y., abogado, en nombre y representación
de doña M. J. P. P., contra la nota de calificación del registrador de la Propiedad de
Saldaña, don Santiago Amor Cacheiro, por la que se deniega la inscripción de la
representación gráfica de una finca y la consiguiente rectificación de la superficie y
linderos, por oposición de un Ayuntamiento al invadir un camino público.
Hechos
I
Mediante instancia privada suscrita en Huesca el día 13 de octubre de 2021, firmada
por don J. L. E. Y., abogado, en nombre y representación de doña M. J. P. P. se solicitaba
la inscripción de la representación gráfica catastral de la finca registral número 2.991 de
Calahorra de Boedo y consecuente rectificación de su descripción.
En el escrito hacía referencia a que el 4 de octubre de 2019, ya se inició un
expediente del artículo 199 de la Ley Hipotecaria anterior, que fue objeto de calificación
registral denegatoria, por oposición del Ayuntamiento de Calahorra, que alegaba la
invasión de un camino de titularidad pública, volviendo a instar el presentante un nuevo
expediente del artículo 199 al negar los hechos, pues entendía que el Ayuntamiento no
denunciaba una invasión del dominio público, y que ésta no se producía, pues no se
pretendía una ampliación de la superficie ocupada por la finca, ni había una modificación
de linderos, sino simplemente una rectificación de la superficie y su coordinación con el
Catastro, sin mover los linderos de la finca, que se mantenían en la misma posición que
ostentaban en la actualidad.
En la instancia privada se alegaba una Resolución de la Dirección General de los
Registros y del Notariado 20 de julio de 2018, en la que se revocaba la calificación del
registrador, pues la senda que era de titularidad municipal, según el Catastro, estaba
fuera de la georreferenciación de la finca que se pretendía inscribir, como ocurrió en el
expediente del artículo 199 de la Ley Hipotecaria anterior relativo a la misma finca, que
obtuvo una calificación denegatoria en el año 2019.
Presentada dicha instancia en el Registro de la Propiedad de Saldaña, fue objeto de
la siguiente nota de calificación:
«Santiago Amor Cacheiro, registrador del Registro de la Propiedad de Saldaña y su
partido, provincia de Palencia, Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.
Manifiesto:
Que la precedente instancia, suscrita por don J. L. E. Y., fue presentada en este
Registro de la Propiedad a las catorce horas y cincuenta minutos, del día veintiuno de
octubre de dos mil veintiuno, con el Asiento número 612 del Diario 77, y examinados los
cve: BOE-A-2022-18513
Verificable en https://www.boe.es
II
Núm. 271
Viernes 11 de noviembre de 2022
Sec. III. Pág. 154021
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
18513
Resolución de 10 de octubre de 2022, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación
del registrador de la propiedad de Saldaña, por la que se deniega la
inscripción de la representación gráfica de una finca y la consiguiente
rectificación de la superficie y linderos, por oposición de un Ayuntamiento al
invadir un camino público.
En el recurso interpuesto por don J. L. E. Y., abogado, en nombre y representación
de doña M. J. P. P., contra la nota de calificación del registrador de la Propiedad de
Saldaña, don Santiago Amor Cacheiro, por la que se deniega la inscripción de la
representación gráfica de una finca y la consiguiente rectificación de la superficie y
linderos, por oposición de un Ayuntamiento al invadir un camino público.
Hechos
I
Mediante instancia privada suscrita en Huesca el día 13 de octubre de 2021, firmada
por don J. L. E. Y., abogado, en nombre y representación de doña M. J. P. P. se solicitaba
la inscripción de la representación gráfica catastral de la finca registral número 2.991 de
Calahorra de Boedo y consecuente rectificación de su descripción.
En el escrito hacía referencia a que el 4 de octubre de 2019, ya se inició un
expediente del artículo 199 de la Ley Hipotecaria anterior, que fue objeto de calificación
registral denegatoria, por oposición del Ayuntamiento de Calahorra, que alegaba la
invasión de un camino de titularidad pública, volviendo a instar el presentante un nuevo
expediente del artículo 199 al negar los hechos, pues entendía que el Ayuntamiento no
denunciaba una invasión del dominio público, y que ésta no se producía, pues no se
pretendía una ampliación de la superficie ocupada por la finca, ni había una modificación
de linderos, sino simplemente una rectificación de la superficie y su coordinación con el
Catastro, sin mover los linderos de la finca, que se mantenían en la misma posición que
ostentaban en la actualidad.
En la instancia privada se alegaba una Resolución de la Dirección General de los
Registros y del Notariado 20 de julio de 2018, en la que se revocaba la calificación del
registrador, pues la senda que era de titularidad municipal, según el Catastro, estaba
fuera de la georreferenciación de la finca que se pretendía inscribir, como ocurrió en el
expediente del artículo 199 de la Ley Hipotecaria anterior relativo a la misma finca, que
obtuvo una calificación denegatoria en el año 2019.
Presentada dicha instancia en el Registro de la Propiedad de Saldaña, fue objeto de
la siguiente nota de calificación:
«Santiago Amor Cacheiro, registrador del Registro de la Propiedad de Saldaña y su
partido, provincia de Palencia, Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.
Manifiesto:
Que la precedente instancia, suscrita por don J. L. E. Y., fue presentada en este
Registro de la Propiedad a las catorce horas y cincuenta minutos, del día veintiuno de
octubre de dos mil veintiuno, con el Asiento número 612 del Diario 77, y examinados los
cve: BOE-A-2022-18513
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