III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2022-18506)
Resolución de 10 de octubre de 2022, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa de la registradora de la propiedad de Móstoles n.º 3 a inscribir una escritura de compraventa.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 271
Viernes 11 de noviembre de 2022
Sec. III. Pág. 153956
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
18506
Resolución de 10 de octubre de 2022, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa de la
registradora de la propiedad de Móstoles n.º 3 a inscribir una escritura de
compraventa.
En el recurso interpuesto por doña María del Pilar López-Contreras Conde, notaria
de Madrid, contra la negativa de la registradora de la Propiedad de Móstoles número 3,
doña Ana María Araiz Rodríguez, a inscribir una escritura de compraventa.
Hechos
I
En escritura autorizada el día 3 de mayo de 2022 por doña María del Pilar LópezContreras Conde, notaria de Madrid, con el número 1.071 de protocolo, se formalizaba
un contrato de compraventa y, respecto del pago del precio, se pactaba lo siguiente:
«Segunda.
Precio.
– 1.000 euros confiesa la parte vendedora haberlos recibido mediante transferencia
bancaria realizada el día 24 de febrero de 2022 por Don F. J. F. G., que ha mediado en la
celebración de la presente compraventa, previa transferencia realizada por la parte
compradora al citado intermediario el día 15 de febrero de 2022, desde y a las cuentas
que figuran en el justificante que igualmente queda unido a esta matriz.
– 3.500 euros confiesa la parte vendedora haberlos recibido de la compradora
mediante transferencia bancaria realizada el día 25 de febrero de 2022, desde y a las
cuentas que figuran en el justificante que queda unido a esta matriz.
– 7.000 euros se compromete la parte compradora a satisfacerlos a continuación de
este acto mediante transferencia que se realizará vía Banco de España, con cargo a la
cuenta número (…) a la cuenta número (…) abierta a nombre de Don F. J. F. G., que ha
mediado en la celebración de la presente compraventa, cuyo justificante quedará unido a
esta matriz tan pronto como se me aporte, sin necesidad de diligencia especial.
– 6.000 euros se compromete la parte compradora a satisfacerlos a continuación de
este acto mediante transferencia que se realizará vía Banco de España, con cargo a la
cuenta número (…) a la cuenta número (…) abierta a nombre de Martínez Buitrago
Servicios Financieros, S.L., que ha mediado en la celebración de la presente
compraventa, cuyo justificante quedará unido a esta matriz tan pronto como se me
aporte, sin necesidad de diligencia especial.
– 4.885,48 euros los retiene la compradora para pagar el primer préstamo
hipotecario reseñado en el apartado de cargas, que se compromete a realizar mediante
transferencia vía Banco de España con cargo a la cuenta número (…) abierta a su
nombre en Deutsche Bank, cuyo justificante quedará unido a esta matriz sin necesidad
de diligencia especial tan pronto como se me aporte.
– 3.606 euros los retiene la compradora para pagar el segundo préstamo hipotecario
reseñado en el apartado de cargas, que se compromete a realizar mediante
transferencia vía Banco de España con cargo a la cuenta número (…) abierta a su
cve: BOE-A-2022-18506
Verificable en https://www.boe.es
Es precio de venta la cantidad de doscientos ocho mil euros (208.000 €), que se
satisface de la siguiente forma:
Núm. 271
Viernes 11 de noviembre de 2022
Sec. III. Pág. 153956
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
18506
Resolución de 10 de octubre de 2022, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa de la
registradora de la propiedad de Móstoles n.º 3 a inscribir una escritura de
compraventa.
En el recurso interpuesto por doña María del Pilar López-Contreras Conde, notaria
de Madrid, contra la negativa de la registradora de la Propiedad de Móstoles número 3,
doña Ana María Araiz Rodríguez, a inscribir una escritura de compraventa.
Hechos
I
En escritura autorizada el día 3 de mayo de 2022 por doña María del Pilar LópezContreras Conde, notaria de Madrid, con el número 1.071 de protocolo, se formalizaba
un contrato de compraventa y, respecto del pago del precio, se pactaba lo siguiente:
«Segunda.
Precio.
– 1.000 euros confiesa la parte vendedora haberlos recibido mediante transferencia
bancaria realizada el día 24 de febrero de 2022 por Don F. J. F. G., que ha mediado en la
celebración de la presente compraventa, previa transferencia realizada por la parte
compradora al citado intermediario el día 15 de febrero de 2022, desde y a las cuentas
que figuran en el justificante que igualmente queda unido a esta matriz.
– 3.500 euros confiesa la parte vendedora haberlos recibido de la compradora
mediante transferencia bancaria realizada el día 25 de febrero de 2022, desde y a las
cuentas que figuran en el justificante que queda unido a esta matriz.
– 7.000 euros se compromete la parte compradora a satisfacerlos a continuación de
este acto mediante transferencia que se realizará vía Banco de España, con cargo a la
cuenta número (…) a la cuenta número (…) abierta a nombre de Don F. J. F. G., que ha
mediado en la celebración de la presente compraventa, cuyo justificante quedará unido a
esta matriz tan pronto como se me aporte, sin necesidad de diligencia especial.
– 6.000 euros se compromete la parte compradora a satisfacerlos a continuación de
este acto mediante transferencia que se realizará vía Banco de España, con cargo a la
cuenta número (…) a la cuenta número (…) abierta a nombre de Martínez Buitrago
Servicios Financieros, S.L., que ha mediado en la celebración de la presente
compraventa, cuyo justificante quedará unido a esta matriz tan pronto como se me
aporte, sin necesidad de diligencia especial.
– 4.885,48 euros los retiene la compradora para pagar el primer préstamo
hipotecario reseñado en el apartado de cargas, que se compromete a realizar mediante
transferencia vía Banco de España con cargo a la cuenta número (…) abierta a su
nombre en Deutsche Bank, cuyo justificante quedará unido a esta matriz sin necesidad
de diligencia especial tan pronto como se me aporte.
– 3.606 euros los retiene la compradora para pagar el segundo préstamo hipotecario
reseñado en el apartado de cargas, que se compromete a realizar mediante
transferencia vía Banco de España con cargo a la cuenta número (…) abierta a su
cve: BOE-A-2022-18506
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Es precio de venta la cantidad de doscientos ocho mil euros (208.000 €), que se
satisface de la siguiente forma: