III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-18453)
Resolución de 4 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración ambiental estratégica del Programa operativo del Fondo Europeo Marítimo, de la Pesca y la Acuicultura 2021-2027.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 10 de noviembre de 2022
Prioridad
P1. Fomentar la pesca sostenible y la
recuperación y conservación de los
recursos biológicos acuáticos.
P2. Fomentar las actividades
sostenibles de acuicultura, así como la
transformación y comercialización de
productos de la pesca y la acuicultura,
contribuyendo así a la seguridad
alimentaria en la Unión.
Objetivo específico
Tipo de operación
Sec. III. Pág. 153664
Condiciones de
elegibilidad
Criterios
de
selección
OE 1.5 Promover condiciones de
competencia equitativas para los productos
de la pesca y la acuicultura de las regiones
ultraperiféricas.
1.5.1 Plan de
Los aplicables al
compensación de la RU de tipo de
Canarias.
intervención
general.
OE 1.6 Contribuir a la protección y la
recuperación de la biodiversidad y los
ecosistemas acuáticos.
1.6.1 Medidas de
protección del medio
marino.
CS5.
1.6.2 Recogida de
CE1.
residuos con la
participación de los
pescadores en el mar y las
playas.
CS5.
1.6.3 Impulso de la
investigación de los
recursos marinos y
sistemas de gobernanza.
CS1, CS2,
CS5.
OE 2.1 Promover actividades acuícolas
sostenibles, especialmente reforzando la
competitividad de la producción acuícola,
garantizando al mismo tiempo que las
actividades sean medioambientalmente
sostenibles a largo plazo.
2.1.1 Innovación en
acuicultura.
CE2B.
2.1.2 Inversiones
CE2A, CE3,
productivas y creación de CE4, CE5, CE6,
empresas en la acuicultura. CE7, CE9.
2.1.3 Inversiones para la
neutralidad climática en la
acuicultura.
CE1, CE2A,
CE3, CE4, CE7.
2.1.4 Contribución de la
acuicultura al buen estado
ambiental y prestación de
servicios ambientales.
CE1, CE2A,
CE3, CE4, CE7.
2.1.5 Reconversión y
certificación a sistemas de
gestión y auditoría
medioambientales y a la
acuicultura ecológica.
2.1.8 Aumento del
potencial de las zonas de
producción acuícola y
medidas de prevención de
daños.
2.2.4 Inversiones en
comercialización y
transformación.
CS3.
CS3, CS5.
CS4.
CE8.
2.1.10 Impulso a la
investigación y mejora del
conocimiento.
OE 2.2 Promover la comercialización, la
calidad y el valor añadido de los productos
de pesca y acuicultura, así como de la
transformación de dichos productos.
CS3.
CS3.
CS3, CS5.
CE1. En nuevas
industrias de
transformación o
ampliaciones
CE2A, CE3,
CE4, CE7.
CS3, CS4.
cve: BOE-A-2022-18453
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 270
Jueves 10 de noviembre de 2022
Prioridad
P1. Fomentar la pesca sostenible y la
recuperación y conservación de los
recursos biológicos acuáticos.
P2. Fomentar las actividades
sostenibles de acuicultura, así como la
transformación y comercialización de
productos de la pesca y la acuicultura,
contribuyendo así a la seguridad
alimentaria en la Unión.
Objetivo específico
Tipo de operación
Sec. III. Pág. 153664
Condiciones de
elegibilidad
Criterios
de
selección
OE 1.5 Promover condiciones de
competencia equitativas para los productos
de la pesca y la acuicultura de las regiones
ultraperiféricas.
1.5.1 Plan de
Los aplicables al
compensación de la RU de tipo de
Canarias.
intervención
general.
OE 1.6 Contribuir a la protección y la
recuperación de la biodiversidad y los
ecosistemas acuáticos.
1.6.1 Medidas de
protección del medio
marino.
CS5.
1.6.2 Recogida de
CE1.
residuos con la
participación de los
pescadores en el mar y las
playas.
CS5.
1.6.3 Impulso de la
investigación de los
recursos marinos y
sistemas de gobernanza.
CS1, CS2,
CS5.
OE 2.1 Promover actividades acuícolas
sostenibles, especialmente reforzando la
competitividad de la producción acuícola,
garantizando al mismo tiempo que las
actividades sean medioambientalmente
sostenibles a largo plazo.
2.1.1 Innovación en
acuicultura.
CE2B.
2.1.2 Inversiones
CE2A, CE3,
productivas y creación de CE4, CE5, CE6,
empresas en la acuicultura. CE7, CE9.
2.1.3 Inversiones para la
neutralidad climática en la
acuicultura.
CE1, CE2A,
CE3, CE4, CE7.
2.1.4 Contribución de la
acuicultura al buen estado
ambiental y prestación de
servicios ambientales.
CE1, CE2A,
CE3, CE4, CE7.
2.1.5 Reconversión y
certificación a sistemas de
gestión y auditoría
medioambientales y a la
acuicultura ecológica.
2.1.8 Aumento del
potencial de las zonas de
producción acuícola y
medidas de prevención de
daños.
2.2.4 Inversiones en
comercialización y
transformación.
CS3.
CS3, CS5.
CS4.
CE8.
2.1.10 Impulso a la
investigación y mejora del
conocimiento.
OE 2.2 Promover la comercialización, la
calidad y el valor añadido de los productos
de pesca y acuicultura, así como de la
transformación de dichos productos.
CS3.
CS3.
CS3, CS5.
CE1. En nuevas
industrias de
transformación o
ampliaciones
CE2A, CE3,
CE4, CE7.
CS3, CS4.
cve: BOE-A-2022-18453
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 270