III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-18453)
Resolución de 4 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración ambiental estratégica del Programa operativo del Fondo Europeo Marítimo, de la Pesca y la Acuicultura 2021-2027.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 270

Jueves 10 de noviembre de 2022

Sec. III. Pág. 153642

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
18453

Resolución de 4 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y
Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración ambiental
estratégica del Programa operativo del Fondo Europeo Marítimo, de la Pesca
y la Acuicultura 2021-2027.

El Programa operativo del Fondo Europeo Marítimo, de la Pesca y la Acuicultura
(FEMPA) 2021-2027 ha sido objeto de una evaluación ambiental estratégica ordinaria
siguiendo los artículos 17 a 24 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación
ambiental, procediendo formular su declaración ambiental estratégica de acuerdo con el
artículo 25 de la citada ley.
El promotor y órgano sustantivo del Programa es la Dirección General de Ordenación
Pesquera y Acuicultura del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
Corresponde a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental la resolución
de los procedimientos de evaluación ambiental estratégica de planes y programas de
competencia estatal, de acuerdo con el artículo 7.1.c) del Real Decreto 500/2020, de 28
de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico, y se modifica el Real Decreto 139/2020,
de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los
departamentos ministeriales.
La presente declaración se ha elaborado teniendo en cuenta los principales
documentos generados en la evaluación practicada: el Programa, el Estudio ambiental
estratégico y su Documento de alcance y el resultado de la información pública y de las
consultas efectuadas.
A)

Información sobre el Programa: objeto, alcance, ámbito y decisiones que adopta.

1. Fomentar la pesca sostenible y la recuperación y conservación de los recursos
biológicos acuáticos.
2. Fomentar las actividades sostenibles de Acuicultura, así como la transformación
y comercialización de los productos de la pesca y la acuicultura, contribuyendo así a la
seguridad alimentaria de la Unión.
3. Permitir una economía azul sostenible en las zonas costeras, insulares e
interiores, y fomentar el desarrollo de las comunidades pesqueras y acuícolas.
4. Reforzar la gobernanza internacional de los océanos y hacer de los mares y los
océanos medios protegidos, seguros, limpios y gestionados de manera sostenible.
También incluye su programación financiera, la relación de autoridades del programa
y una lista de operaciones de importancia estratégica, entre otros contenidos.
La versión del Programa que se ha remitido a este órgano ambiental tras la fase de
información pública y las consultas está a disposición del público en la sede electrónica
del Departamento (código de plan 2021P004): https://sede.miteco.gob.es//portal/site/
seMITECO/navSabiaPlanes.

cve: BOE-A-2022-18453
Verificable en https://www.boe.es

El objeto, alcance, ámbito y tipo de decisiones que adopta el Programa son los
definidos por el Reglamento (UE) 2021/1060 de disposiciones comunes para varios
fondos comunitarios y el Reglamento (UE) 2021/1139 que establece el Fondo Europeo
Marítimo, de Pesca y de Acuicultura.
El programa parte de un análisis DAFO del que deduce una serie de necesidades,
estableciendo cuatro prioridades de intervención para el fondo: