III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-18452)
Resolución de 31 de octubre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe ambiental estratégico del Programa de Cooperación Territorial (Interreg VI-B) Europa Suroccidental 2021-2027, España-Francia-Portugal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 270
Jueves 10 de noviembre de 2022
Sec. III. Pág. 153622
comunicasen, a la vista del documento ambiental estratégico y del borrador del
programa, si consideraban que el programa podía provocar efectos negativos
significativos en el medio ambiente de los respectivos Estados.
En el momento de elaboración de esta resolución, y transcurrido el plazo otorgado
por dicho Ministerio, únicamente se ha recibido contestación a las consultas
transfronterizas del Presidente de la Autoridad Medioambiental de la República
Francesa.
B. Resumen del análisis técnico del expediente según los criterios del Anexo V de
la Ley 21/2013 de evaluación ambiental
B.1
Características del programa.
El objeto, alcance, ámbito y tipo de decisiones que adopta el Programa están
definidos por los reglamentos comunitarios:
– Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de
junio de 2021, por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondo
Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al
Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, así
como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e
Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la
Gestión de Fronteras y la Política de Visados.
– Reglamento (UE) 2021/1058 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de
junio de 2021, relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional y al Fondo de Cohesión.
– Reglamento (UE) 2021/1059 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de
junio de 2021, sobre disposiciones específicas para el objetivo de cooperación territorial
europea (Interreg) que recibe apoyo del Fondo Europeo de Desarrollo Regional y de los
instrumentos de financiación exterior.
Se trata de un programa de cooperación transnacional (Interreg B), que afecta a 3
regiones NUT II del sur de Francia, a las regiones NUT II de la España peninsular,
Baleares, Ceuta y Melilla, a las regiones NUT II de Portugal peninsulares, y al Principado
de Andorra como país tercero.
Los objetivos políticos, objetivos específicos y tipos de operaciones incluidos en el
programa se han reflejado en el Anexo 2 de esta resolución. Para su elaboración, se ha
partido de un análisis territorial y un DAFO del espacio SUDOE, del que deduce los
principales retos y necesidades estratégicas, concretando finalmente su intervención
en 3 objetivos políticos y 9 objetivos específicos, además del objetivo Interreg de reforzar
el impacto del SUDOE en los territorios. El programa también incluye el plan de
financiación, la relación de autoridades del programa y una lista de operaciones de
importancia estratégica, entre otros contenidos.
El borrador del programa que se ha remitido a este órgano ambiental, junto con su
documento ambiental estratégico, está a disposición del público en la sede electrónica
del Departamento (código de plan 2022P004).
Este programa establece un marco para la financiación de operaciones de espectro
relativamente amplio, en buena parte inmateriales, que puede dar soporte a actuaciones
sectoriales de muy diferente naturaleza, orientadas bajo el denominador común de
generar un valor añadido a la escala del espacio SUDOE. En su elaboración y su
diagnóstico se incluyen numerosas referencias al desarrollo sostenible y algunas de las
problemáticas medioambientales y climáticas más importantes.
cve: BOE-A-2022-18452
Verificable en https://www.boe.es
https://sede.miteco.gob.es//portal/site/seMITECO/navSabiaPlanes
Núm. 270
Jueves 10 de noviembre de 2022
Sec. III. Pág. 153622
comunicasen, a la vista del documento ambiental estratégico y del borrador del
programa, si consideraban que el programa podía provocar efectos negativos
significativos en el medio ambiente de los respectivos Estados.
En el momento de elaboración de esta resolución, y transcurrido el plazo otorgado
por dicho Ministerio, únicamente se ha recibido contestación a las consultas
transfronterizas del Presidente de la Autoridad Medioambiental de la República
Francesa.
B. Resumen del análisis técnico del expediente según los criterios del Anexo V de
la Ley 21/2013 de evaluación ambiental
B.1
Características del programa.
El objeto, alcance, ámbito y tipo de decisiones que adopta el Programa están
definidos por los reglamentos comunitarios:
– Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de
junio de 2021, por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondo
Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al
Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, así
como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e
Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la
Gestión de Fronteras y la Política de Visados.
– Reglamento (UE) 2021/1058 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de
junio de 2021, relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional y al Fondo de Cohesión.
– Reglamento (UE) 2021/1059 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de
junio de 2021, sobre disposiciones específicas para el objetivo de cooperación territorial
europea (Interreg) que recibe apoyo del Fondo Europeo de Desarrollo Regional y de los
instrumentos de financiación exterior.
Se trata de un programa de cooperación transnacional (Interreg B), que afecta a 3
regiones NUT II del sur de Francia, a las regiones NUT II de la España peninsular,
Baleares, Ceuta y Melilla, a las regiones NUT II de Portugal peninsulares, y al Principado
de Andorra como país tercero.
Los objetivos políticos, objetivos específicos y tipos de operaciones incluidos en el
programa se han reflejado en el Anexo 2 de esta resolución. Para su elaboración, se ha
partido de un análisis territorial y un DAFO del espacio SUDOE, del que deduce los
principales retos y necesidades estratégicas, concretando finalmente su intervención
en 3 objetivos políticos y 9 objetivos específicos, además del objetivo Interreg de reforzar
el impacto del SUDOE en los territorios. El programa también incluye el plan de
financiación, la relación de autoridades del programa y una lista de operaciones de
importancia estratégica, entre otros contenidos.
El borrador del programa que se ha remitido a este órgano ambiental, junto con su
documento ambiental estratégico, está a disposición del público en la sede electrónica
del Departamento (código de plan 2022P004).
Este programa establece un marco para la financiación de operaciones de espectro
relativamente amplio, en buena parte inmateriales, que puede dar soporte a actuaciones
sectoriales de muy diferente naturaleza, orientadas bajo el denominador común de
generar un valor añadido a la escala del espacio SUDOE. En su elaboración y su
diagnóstico se incluyen numerosas referencias al desarrollo sostenible y algunas de las
problemáticas medioambientales y climáticas más importantes.
cve: BOE-A-2022-18452
Verificable en https://www.boe.es
https://sede.miteco.gob.es//portal/site/seMITECO/navSabiaPlanes