II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2022-18443)
Resolución de 3 de noviembre de 2022, de la Universidad de Alcalá, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, de plazas de personal laboral de la categoría de Técnico Especialista.
21 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 270

Jueves 10 de noviembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 153450

La documentación aportada para acreditar la experiencia profesional sustitutoria de
la titulación académica, exigida en la Base Segunda, que haya sido estimada no será
valorable para los méritos en la fase de concurso.
Los cursos de formación y perfeccionamiento se acreditarán mediante la
presentación de la certificación, título o diploma correspondiente.
La no presentación de la documentación en el plazo señalado supondrá la no
valoración al aspirante de la fase de concurso.
11. La relación provisional de puntuaciones de méritos será publicada por el
Tribunal y, contra la misma, las personas aspirantes podrán presentar alegaciones ante
el Tribunal en el plazo de tres días hábiles, a contar desde el día siguiente al de su
publicación en la página web. Tras analizar las alegaciones presentadas, en su caso, el
Tribunal hará pública la relación definitiva de puntuaciones, contra la que cabrá
interponer recurso de alzada ante el Gerente de la Universidad de Alcalá en el plazo de
un mes a contar desde el día siguiente a su publicación.
Puntuación final:
12. La relación definitiva de personas aspirantes que han superado el proceso selectivo y,
por tanto, que han obtenido plaza, resultará de la suma de las puntuaciones obtenidas en la
fase de oposición y de las puntuaciones correspondientes a la fase de concurso y encontrarse,
por orden de puntuación, dentro del número máximo de plazas convocadas.
13. Si entre las personas aspirantes que superen el proceso selectivo se produjera
un empate, se seguirán los siguientes criterios de prelación para deshacerlo:
1. Mayor puntuación obtenida en la fase de oposición.
2. Mayor puntuación obtenida en la fase de concurso.
3. Mayor puntuación obtenida en la segunda parte del primer ejercicio de la fase de
oposición.
De persistir el empate, el mismo se dirimirá atendiendo al orden alfabético conforme a la
primera letra del primer apellido empezando por la letra señalada en la base octava.1.
El Tribunal elevará al órgano competente la relación definitiva de aspirantes
aprobados por orden de puntuación como propuesta para dictar la resolución que
resuelve el proceso.
El Tribunal no podrá declarar que ha superado el proceso selectivo un número
superior de aspirantes al de puestos convocados.
Novena.

Resolución del proceso y presentación de documentación.

– Original del Documento Nacional de Identidad o equivalente y, en su caso, de la
demás documentación que fuera precisa a efectos de acreditar el cumplimiento de los
requisitos de edad y nacionalidad.
– Original de la titulación exigida en la base segunda de esta convocatoria.
– Declaración jurada o promesa de no haber sido separado/a mediante expediente
disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado/a
para el ejercicio de funciones públicas. Los aspirantes que no posean la nacionalidad
española deberán presentar, además de la declaración relativa al Estado Español,
declaración jurada o promesa de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena
penal que impidan en su Estado el acceso a la Función Pública.

cve: BOE-A-2022-18443
Verificable en https://www.boe.es

En el plazo de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación,
en la página web, de la relación definitiva de las personas aspirantes que han superado
el proceso selectivo propuesta por el Tribunal, las personas que figuran en la misma
deberán presentar por cualquiera de las vías establecidas en la base cuarta.2, la
documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos en la base
segunda, dirigida al Servicio de Planificación y Gestión de PAS, salvo que haya sido
presentada anteriormente durante el proceso selectivo, que se relacionan a continuación: