II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2022-18443)
Resolución de 3 de noviembre de 2022, de la Universidad de Alcalá, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, de plazas de personal laboral de la categoría de Técnico Especialista.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 270
Jueves 10 de noviembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 153449
En aplicación de las anteriores normas, la puntuación total del proceso selectivo se
calculará con arreglo a la siguiente fórmula:
– Turno de promoción interna:
PTP=0,7*[1*(PET+PEP) /2+1*P2E]/40+0,3*PC/30
– Turno libre:
PTP= 0,7*[0,6*(PEP+PET) /2+0,4*P2E]/40+0,3*PC/30
Donde:
PTP = Puntuación total del proceso.
P2E = Puntuación del segundo ejercicio. Para los aspirantes de promoción interna = 0.
PET = Puntuación de la primera parte del primer ejercicio.
PEP = Puntuación de la segunda parte del primer ejercicio.
PC = Puntuación de la fase de concurso.
Fase de concurso:
a) Fotocopia debidamente compulsada de contrato de trabajo o certificación original
de empresa justificativa de la experiencia manifestada, pudiendo utilizarse, en su defecto
cualquier otro medio de prueba admitido en derecho que acredite la experiencia alegada
en el área y especialidad de que se trate.
b) Certificación original de cotizaciones a la Seguridad Social en la que consten,
expresamente, los períodos y grupo de tarifa.
c) En aquellos casos en que el aspirante haya mantenido una relación jurídicolaboral de carácter temporal con la Universidad, la experiencia se podrá acreditar
mediante certificado original justificativo de la experiencia manifestada que, en todo
caso, deberá ser firmado por el responsable de Recursos Humanos.
d) A los efectos de acreditar la experiencia por cuenta propia, se aportará
certificación de cotizaciones al correspondiente régimen de la Seguridad Social en la que
figure, expresamente, el período de cotización y certificación del alta en el impuesto de
actividades económicas durante el período correspondiente.
e) La experiencia profesional se acreditará mediante certificado original justificativo
de la experiencia manifestada que, en todo caso, deberá ser firmado por el responsable
de Recursos Humanos.
cve: BOE-A-2022-18443
Verificable en https://www.boe.es
10. En La fase de concurso que no será eliminatoria, se valorarán los méritos
acreditados documentalmente.
A tal fin, las personas aspirantes que hubieran superado los ejercicios de la fase de
oposición dispondrán de un plazo de diez hábiles, a contar desde el día siguiente al de la
publicación del Acuerdo del Tribunal por el que se publique la relación definitiva de
personas que han superado dichos ejercicios, para presentar, a través de las vías del
Registro General de la Universidad establecidas en la base cuarta.2, la documentación
acreditativa de los méritos a valorar, referidos siempre al último día de presentación de
solicitudes. Dicha documentación deberá dirigirse a la Gerencia, de acuerdo con el
formulario que se incluye como anexo VIII a la presente convocatoria, en el que
constarán debidamente relacionados y foliados cuantos documentos sean presentados.
En ningún caso, la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá aplicarse para
superar los ejercicios de la fase de oposición.
La experiencia será acreditada, de acuerdo con lo establecido en el artículo 52.4 del
II Convenio Colectivo del personal, con la siguiente documentación:
Núm. 270
Jueves 10 de noviembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 153449
En aplicación de las anteriores normas, la puntuación total del proceso selectivo se
calculará con arreglo a la siguiente fórmula:
– Turno de promoción interna:
PTP=0,7*[1*(PET+PEP) /2+1*P2E]/40+0,3*PC/30
– Turno libre:
PTP= 0,7*[0,6*(PEP+PET) /2+0,4*P2E]/40+0,3*PC/30
Donde:
PTP = Puntuación total del proceso.
P2E = Puntuación del segundo ejercicio. Para los aspirantes de promoción interna = 0.
PET = Puntuación de la primera parte del primer ejercicio.
PEP = Puntuación de la segunda parte del primer ejercicio.
PC = Puntuación de la fase de concurso.
Fase de concurso:
a) Fotocopia debidamente compulsada de contrato de trabajo o certificación original
de empresa justificativa de la experiencia manifestada, pudiendo utilizarse, en su defecto
cualquier otro medio de prueba admitido en derecho que acredite la experiencia alegada
en el área y especialidad de que se trate.
b) Certificación original de cotizaciones a la Seguridad Social en la que consten,
expresamente, los períodos y grupo de tarifa.
c) En aquellos casos en que el aspirante haya mantenido una relación jurídicolaboral de carácter temporal con la Universidad, la experiencia se podrá acreditar
mediante certificado original justificativo de la experiencia manifestada que, en todo
caso, deberá ser firmado por el responsable de Recursos Humanos.
d) A los efectos de acreditar la experiencia por cuenta propia, se aportará
certificación de cotizaciones al correspondiente régimen de la Seguridad Social en la que
figure, expresamente, el período de cotización y certificación del alta en el impuesto de
actividades económicas durante el período correspondiente.
e) La experiencia profesional se acreditará mediante certificado original justificativo
de la experiencia manifestada que, en todo caso, deberá ser firmado por el responsable
de Recursos Humanos.
cve: BOE-A-2022-18443
Verificable en https://www.boe.es
10. En La fase de concurso que no será eliminatoria, se valorarán los méritos
acreditados documentalmente.
A tal fin, las personas aspirantes que hubieran superado los ejercicios de la fase de
oposición dispondrán de un plazo de diez hábiles, a contar desde el día siguiente al de la
publicación del Acuerdo del Tribunal por el que se publique la relación definitiva de
personas que han superado dichos ejercicios, para presentar, a través de las vías del
Registro General de la Universidad establecidas en la base cuarta.2, la documentación
acreditativa de los méritos a valorar, referidos siempre al último día de presentación de
solicitudes. Dicha documentación deberá dirigirse a la Gerencia, de acuerdo con el
formulario que se incluye como anexo VIII a la presente convocatoria, en el que
constarán debidamente relacionados y foliados cuantos documentos sean presentados.
En ningún caso, la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá aplicarse para
superar los ejercicios de la fase de oposición.
La experiencia será acreditada, de acuerdo con lo establecido en el artículo 52.4 del
II Convenio Colectivo del personal, con la siguiente documentación: