III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Convenios. (BOE-A-2022-18455)
Resolución de 3 de noviembre de 2022, del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, por la que se publica el Convenio con Apordoc. Associaçao pelo documentário de Lisboa, para la planificación y ejecución conjunta de proyectos culturales conjuntos en el ámbito de la investigación, producción y distribución del cine documental y del audiovisual contemporáneo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 270

Jueves 10 de noviembre de 2022

Sec. III. Pág. 153684

Décima. Fuerza mayor.
Ninguna de las partes será responsable por el incumplimiento de las obligaciones
derivadas del convenio cuando dicho incumplimiento se deba a causas de fuerza mayor.
Esto incluye (a título enunciativo, pero no limitativo) incendios, inundaciones, actos
gubernamentales, emergencias nacionales, motines o guerras, huelgas, cierres,
interrupción del trabajo u otras dificultades laborales, y siempre que la circunstancia no
pueda atribuirse a la voluntad, negligencia o falta de medidas de precaución razonables
por la parte afectada.
Undécima.

Comisión mixta de vigilancia y seguimiento.

11.1 Se constituye una Comisión mixta de vigilancia y seguimiento del presente
convenio a la que corresponderá velar por el correcto desarrollo de lo dispuesto en el
mismo, así como la resolución de los eventuales problemas de interpretación y ejecución
que de éste pudieran derivarse.
11.2 La Comisión, de composición paritaria, se reunirá tantas veces como estime
conveniente y estará integrada por tres representantes del MNCARS y tres del EIF,
designados al efecto por cada parte:
– Miembros por parte del MNCARS:
• Jefe de Programas Culturales y Audiovisuales.
• Director de Actividades Públicas.
• Subdirectora artística.
– Miembros por parte de la Asociación:
• Director artístico de DocLisboa.
• Vocal de Apordoc.
• Director de Apordoc.
Duodécima.

Naturaleza jurídica y jurisdicción competente.

12.1 El presente convenio tiene naturaleza administrativa y se rige por los
artículos 47 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público.
12.2 Las controversias que puedan surgir sobre la interpretación, modificación,
ejecución, resolución y efectos que puedan derivarse del presente convenio se
resolverán entre las partes de manera amistosa, en el seno de la Comisión prevista en la
Cláusula precedente. A falta de acuerdo, serán competentes para conocer de las
cuestiones litigiosas los órganos jurisdiccionales del orden contencioso-administrativo.

Este convenio ha sido informado favorablemente por la Abogacía del Estado
Coordinadora del Convenio de Asistencia Jurídica MNCARS Abogacía General del
Estado con fecha de 13 de junio de 2022 y autorizado por la Secretaría General Técnica
del Ministerio de Hacienda con fecha de 14 de septiembre de 2022.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-A-2022-18455
Verificable en https://www.boe.es

Y, en prueba de conformidad, las partes firman este documento en el lugar indicado
en el encabezamiento.–Por el MNCARS, el Director, Manuel J. Borja Villel.– Por la
Asociación, la Tesorera, Cintia Gil y el Vicepresidente, Miguel Ribeiro.